• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Derecho

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El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, sábado 13 de diciembre del 2025

Minsa: proyecto de reglamento de la Ley N° 31972, Ley que fortalece la vigilancia, prevención y control de las infecciones asociadas a la atención de la salud (IAAS)

Un plazo de 30 días calendario tendrán los interesados para enviar sus comentarios sobre el proyecto de Reglamento de la Ley N° 31972, Ley que fortalece la vigilancia, prevención y control de las infecciones asociadas a la atención de la salud (IAAS) como componente de la Política Nacional de Salud Pública, de su exposición de motivos y del decreto supremo que lo aprueba, que publicó el Ministerio de Salud (Minsa).

La propuesta se encuentra en la sede digital del citado portafolio a efecto de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía.

Los aportes se podrán enviar mediante el correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe. o presentar en la mesa de partes presencial del Minsa ubicada en la avenida Salaverry N° 801, Jesús María, de lunes a viernes de 8:30 horas a 16:30.

La Resolución Ministerial N° 908-2025/Minsa encarga al Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta final de reglamento. Conozca la norma aquí


Minsa: se crea grupo de trabajo que evaluará y abordará temas relacionados a productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, así como a servicios de salud.

El Ministerio de Salud (Minsa) creó un grupo de trabajo multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de evaluar y abordar temas relacionados con productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, así como con servicios de salud, incidiendo en sus aspectos operativos, y la normatividad vigente vinculada con el sector salud.

La Resolución Ministerial N° 916-2025/Minsa precisa que, además, el grupo de trabajo formulará recomendaciones sobre acciones y medidas de mejora en los procesos, aspectos operativos y normatividad orientadas a la calidad, seguridad y eficacia de los productos y dispositivos, así como a la mejor atención de los usuarios de los servicios mencionados.

Además, elaborará y presentará el informe final al titular del Ministerio de Salud, detallando los resultados de la evaluación, las acciones realizadas, las recomendaciones planteadas, y las propuestas normativas correspondientes, si fuera el caso.

Para el cumplimiento de sus funciones, el grupo de trabajo podrá acordar la conformación de subgrupos de trabajo, según las necesidades que identifique. Conozca la norma aquí


Cancillería: publican Acuerdo operativo para la adopción de un procedimiento de control migratorio simplificado entre Perú y Chile

El Acuerdo operativo para la adopción de un procedimiento de control migratorio simplificado sobre la base del Acuerdo marco para la implementación de sistemas de control integrado y de cooperación para la facilitación del tránsito en los pasos de frontera habilitados, entre las repúblicas del Perú y Chile, publicó el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El documento tiene por objeto establecer y regular un procedimiento de control migratorio simplificado en las áreas de control integrado, que facilite y agilice la movilidad de personas por la frontera, respetando los correspondientes marcos jurídicos de las dos naciones y de conformidad con sus respectivas legislaciones, que coadyuve a la seguridad nacional, seguridad pública y el orden interno de ambos Estados.

El procedimiento se efectuará por medio de la implementación de procesos administrativos y operativos compatibles, a través de la intercomunicación de los sistemas informáticos de control migratorio de cada país. 

Para tal fin, se efectuará el envío simultáneo y automático de consultas y/o registros mediante servicios web o la herramienta informática que resulte más adecuada para ambos países, a los distintos sistemas que contienen los datos migratorios de cada nación, a efectos de la verificación de la existencia o inexistencia de impedimentos respecto de las personas que se sometan al control migratorio. Conozca la norma aquí