Derecho
Para ello, la entidad recaudadora dispuso la publicación de la propuesta normativa modificatoria con su exposición de motivos, en su sede digital (www.sunat.gob.pe), por el plazo de 15 días calendario, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general.
A la par, dispuso que los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general podrán presentarse en las unidades de recepción documental de la Sunat y en la Mesa de Partes Virtual-Sunat; o enviarse a bmeza@sunat.gob.pe con indicación del proyecto normativo.
La Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera estará a cargo de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presentan, detalla la Resolución de Superintendencia N° 000368-2025/Sunat.
Pautas
El citado procedimiento general fija las pautas para la ejecución de acciones de control extraordinario orientadas a la prevención, detección y represión de los delitos aduaneros y tráfico ilícito de mercancías.
Así como del incumplimiento de las disposiciones tributario-aduaneras y otras regulaciones de control aduanero.