• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Derecho

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Ejecutivo recibe facultades legislativas

La norma, además, establece que el Poder Legislativo delega dicha facultad por un plazo de 60 días calendario, contados desde la entrada en vigor de la ley, dentro de los alcances de los artículos 101 y 104 de la Constitución Política del Perú y de los artículos 5, 72, 76 y 90 del Reglamento del Congreso.

Las medidas que se emitan no podrán afectar la autonomía ni las competencias del Poder Legislativo, de los gobiernos regionales y locales ni de los organismos constitucionales autónomos.

Tampoco deberán vulnerar derechos fundamentales ni incidir en procesos judiciales en trámite, bajo responsabilidad política o funcional, conforme a ley.