El objetivo es mejorar la calidad de vida de las personas y proteger la fauna silvestre, mediante un uso eficiente y sostenible de la luz. Según Vito Verna, socio del área Ambiental de CMS Grau, los principales ejes del reglamento son la prevención de riesgos a la salud por exposición lumínica excesiva, la eficiencia energética, la seguridad vial y la preservación del paisaje nocturno.
Autorización obligatoria y plazos de adecuación
Uno de los puntos más relevantes de la norma es la obligación de contar con una autorización de operación para proyectos lumínicos vinculados a elementos de publicidad exterior (EPE).
“Esta exigencia alcanza tanto a entidades públicas como privadas que instalen, operen o retiren estructuras luminosas de 12 m² o más, así como a proyectos de iluminación vial o de infraestructuras deportivas, industriales o de servicios”, explica Vito Verna de de CMS Grau.
Los titulares que ya cuenten con EPE luminosos o iluminados deberán regularizar su situación en un plazo máximo de tres años, es decir, hasta el 13 de noviembre de 2028. Durante ese periodo, deberán adecuar sus sistemas a los nuevos estándares de luminancia y eficiencia energética, que serán definidos mediante decreto supremo en los próximos seis meses.
Horarios y gestión de residuos
El reglamento también establece un horario obligatorio de apagado entre la medianoche y las 7:00 a.m., aplicable a todos los EPE luminosos e iluminados. Con ello, el MINAM busca reducir la contaminación lumínica y contribuir al ahorro energético.
Asimismo, se incorpora la gestión integral de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos asociados a proyectos lumínicos, bajo el principio de Responsabilidad Extendida del Productor (REP). “Los titulares deberán garantizar el reciclaje, la reutilización o la disposición final adecuada de los componentes de iluminación, contribuyendo así a una economía circular”, añade Verna.
Fiscalización y sanciones
La fiscalización recaerá en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC y en los gobiernos regionales y locales, según la ubicación del elemento publicitario., mientras que las infracciones podrán ser sancionadas con multas de hasta 234 UIT, además de medidas correctivas como el retiro del anuncio.