• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Derecho

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INDECOPI PROTEGE AL CONSUMIDOR

Proveedores deben verificar identidad

Multan a supermercado por pagos no reconocidos.

Según la resolución, los hechos se originaron en diciembre del 2023, cuando un cliente advirtió la existencia de dos consumos no autorizados con su tarjeta de crédito, por los montos de 3,980 y 23,789 soles, realizados en un establecimiento de la citada cadena de supermercados. Ante esta situación, el consumidor presentó el reclamo correspondiente, alegando que no había efectuado dichas compras ni autorizado a terceros para hacerlo.

Luego de analizar el caso, la Comisión del Indecopi de La Libertad concluyó, en primera instancia, que Plaza Vea no cumplió con las medidas de seguridad establecidas en el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito. En particular, determinó que el establecimiento omitió la verificación de la identidad del usuario, procedimiento esencial para garantizar la legitimidad y validez de una transacción con tarjetas de pago.

La empresa apeló la decisión señalando que las operaciones cuestionadas se realizaron mediante el uso del PIN secreto, el cual –a su criterio– constituye un mecanismo suficiente de autenticación del titular. No obstante, en segunda instancia, la Sala precisó que el uso del PIN no exonera a los negocios de su obligación de verificar, de manera previa y fehaciente, la identidad del titular de la tarjeta, conforme al Reglamento de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Educación

De otro lado, La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Puno (ORI Puno) sancionó de oficio con una multa total de 9 UIT, equivalente a 48,150 soles, a la promotora de la Institución Educativa Privada El Castillo de la Gran Familia, por infringir el Código del Consumidor. La sanción se sustenta en incumplimientos vinculados a la sana convivencia escolar, la prevención de la violencia, la atención adecuada a los estudiantes durante el periodo lectivo 2024 y la falta del Libro de Reclamaciones. Como medidas correctivas, la promotora deberá implementar el comité de convivencia democrática, incorporar un psicólogo titulado y habilitado, difundir las normas de convivencia, registrar incidencias de violencia, afiliarse al portal SiseVe y contar con el Libro de Reclamaciones dentro de los plazos establecidos.