Derecho
Así lo expuso el juez supremo Manuel Luján Túpez durante el 11° Periodo de Sesiones de la Conferencia de los Estados Parte (CoSP) de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), llevada a cabo en la ciudad de Doha, Catar.
“Ha sido todo un desafío para el Perú la implementación del artículo 54 de la CNUCC, hemos logrado recuperar 201 millones 385,616 dólares en seis años, a pesar que se ponen en duda los alcances procesales en el tiempo, así como la necesidad de la sentencia previa”, señaló.
El citado artículo establece los referidos mecanismos y plantea a los Estados Parte considerar la adopción de medidas necesarias para permitir la confiscación de los bienes de origen ilícito sin una condena penal previa.
Red internacional
Luján Túpez sostuvo que para ello se requiere unir esfuerzos en una Red Internacional de Extinción de Dominio que permita la coordinación y el apoyo mutuo internacional con otras iniciativas.
Ante los miembros del mencionado foro recordó que, en el 2007, el Perú implementó mecanismos no tradicionales de recuperación de activos como el proceso penal de pérdida de dominio para delitos de enriquecimiento ilícito, lavado de activos o blanqueo de capitales.
El magistrado señaló que la implementación de la CNUCC en el Estado peruano requiere un alto nivel de coordinación, desde la sensibilización y capacitación para el correcto entendimiento de sus alcances hasta que los activos decomisados sean distribuidos para atender las necesidades esenciales.
Luján Túpez resaltó los logros obtenidos con la implementación del proceso de extinción de dominio en el sistema judicial de Perú.
Al respecto dijo que, en el 2019, el Poder Judicial peruano adoptó este proceso, cumpliendo así las Recomendaciones del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Composición Abierta sobre el Examen de la Aplicación de la CNUCC.
Además, indicó, la judicatura peruana asumió a plenitud los artículos 13, 54 y 63 de la referida convención.