• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

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Indecopi dispone sancionar a entidades financieras por retiros no autorizados de una cuenta de fondos mutuos

La investigación determinó que el BCP abrió una cuenta de ahorros y emitió una tarjeta de débito a nombre de la consumidora sin que esta lo solicitara o autorizara. Esto contraviene las normas que prohíben modificar los términos de un servicio sin el consentimiento expreso del cliente. Por esta falta, se impuso una multa de 11.60 UIT.

En tanto Credicorp SAF, entidad del mismo grupo empresarial, permitió cinco retiros no autorizados de la cuenta de fondos mutuos de la afectada, sin aplicar las medidas de seguridad necesarias para proteger dichos fondos. Estos fueron transferidos a la cuenta abierta irregularmente por el BCP. Esta acción vulneró el deber de idoneidad, resultando en una multa de 22.97 UIT.

Además de las multas, el Indecopi dictó medidas correctivas a favor de la consumidora afectada. Así, Credicorp SAF, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles, debe devolver a la consumidora los 60,000 soles retirados de forma indebida, más los intereses legales correspondientes. Mientras que el BCP debe eliminar la cuenta de ahorros y cancelar la tarjeta de débito que fueron emitidas sin autorización de la consumidora.

Esta decisión de primera instancia puede ser apelada por las entidades financieras ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.


La Resolución Pública Nº 0228-2025/INDECOPI-CHT puede ser consultada en el enlace:


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