• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

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Inscripción de listas al Senado: JNE dispone nueva competencia material. Revisa los detalles

De acuerdo con la norma, se deja sin efecto la competencia material asignada al Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 2 mediante el subnumeral 1.2 de la Resolución N.º 0624-2025-JNE, de fecha 11 de noviembre de 2025, precisada posteriormente por la Resolución N.º 0715-2025-JNE, del 5 de diciembre de 2025, en el marco de las Elecciones Generales 2026.

Asimismo, se modifica la Resolución N.º 0624-2025-JNE en lo referido a la elección de senadores correspondientes al distrito electoral único nacional y, en consecuencia, se asigna al Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 la siguiente competencia material:

-Recepción de solicitudes de inscripción de listas.

-Calificación de listas y candidatos.

-Fiscalización y procedimiento sancionador sobre la Declaración Jurada de Hoja de Vida.

-Resolución de tachas y exclusiones.

-Trámite de renuncia y retiro de candidatos.

-Fiscalización y procedimiento sancionador contemplado en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP).

-Resolución, en primera instancia, de pedidos de nulidad total referidos a este tipo de elección.

De igual manera, el JNE dispone que las solicitudes de inscripción de listas de candidatos a senadores por el distrito electoral único nacional que sean presentadas ante el Jurado Electoral Especial de Lima Oeste 2 sean derivadas al Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2.

Finalmente, se precisa que el Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 mantiene la competencia material respecto de las listas de candidatos a representantes ante el Parlamento Andino, así como de las listas de candidatos a senadores y diputados por el distrito electoral de peruanos residentes en el extranjero, conforme a lo establecido en la Resolución N.º 0624-2025-JNE.