Derecho
Se trata de la Ley N° 32535, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, que proscribe toda forma de discriminación basada en el sexo y promueve la igualdad en los ámbitos político, laboral, económico, social, cultural y en cualquier otra esfera, conforme a la Constitución.
Directrices
En ese contexto, se define la discriminación como cualquier tipo de distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de las personas, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre la mujer y el hombre, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, laboral, económica, social, cultural o en cualquier otra, en concordancia con lo establecido en la Constitución.
En materia laboral, se determinan algunos lineamientos del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, como garantizar el derecho a un trabajo productivo, ejercido en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana, incorporando medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral, entre mujeres y hombres, en el acceso al empleo, en la formación, promoción y condiciones de trabajo, y en una idéntica remuneración por trabajo de igual valor, detalla el laboralista César Puntriano Rosas.
También, añade, se promueve la prevención y sanción del hostigamiento sexual en el ámbito laboral, la conciliación de la vida familiar y laboral, la formalización de las trabajadoras de la economía informal en las zonas urbanas y rurales.
Asimismo, se fijan lineamientos para garantizar un trato no discriminatorio hacia las personas trabajadoras del hogar, promoviendo el cumplimiento de sus derechos laborales, advierte Puntriano.
OIT
Puntriano considera necesario tomar en cuenta que el Convenio 190 de la OIT, ratificado por el Perú, indica que la violencia y el acoso por motivos de género afectan de manera desproporcionada a las mujeres y las niñas, y reconoce la importancia de un enfoque inclusivo e integrado, con perspectiva de género, para erradicar estas conductas y promover el trabajo decente. El laboralista muestra su preocupación que esta perspectiva sea dejada de lado.