Política
Mediante el Decreto Supremo N.° 327-2025-EF se aprobó el incremento mensual de 53 soles para los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes del Decreto Legislativo N.° 728 del Gobierno nacional y de los gobiernos regionales, así como para los de la Ley N.° 30057-Ley del Servicio Civil.
También se aprobó un aumento mensual de 100 soles para los servidores, directivos y funcionarios de los regímenes del Decreto Legislativo N.° 1057 y de la Ley N.° 29709-Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.
Asimismo, mediante el Decreto Supremo N.º 325-2025-EF se aprobó el incremento mensual de 100 soles para los servidores, directivos y funcionarios del régimen del Decreto Legislativo N.° 728 de los gobiernos locales.
El incremento mensual constituye base de cálculo para los beneficios laborales de los servidores, directivos y funcionarios, según corresponda. Por ejemplo, en el régimen laboral del Decreto Legislativo N.° 728, el incremento mensual es base de cálculo para las gratificaciones por Fiestas Patrias y por Navidad; bonificación extraordinaria de julio y diciembre, y la compensación por tiempo de servicios. En el régimen laboral de la Ley N.° 30057, el incremento mensual se incorpora a los aguinaldos por Fiestas Patrias y por Navidad, y a la compensación por tiempo de servicios. En el régimen laboral de la Ley N.° 29709, el incremento mensual se incorpora a los aguinaldos por Fiestas Patrias y por Navidad, y a la compensación por tiempo de servicios al concluir la relación laboral.
Detalles
Además, vía Decreto Supremo N.° 326-2025-EF se aprobó el concepto ‘Negociación colectiva centralizada 2025-2026’.
Esta comprende un aumento mensual de 100 soles para los servidores administrativos sujetos al régimen del Decreto Legislativo N.° 276 (Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público).
Es decir, para funcionario, profesional, técnico y auxiliar de los gobiernos locales y sus organismos públicos descentralizados.