• JUEVES 2
  • de abril de 2026

Economía

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Gobierno aprueba aumento de sueldos a servidores públicos de diferentes regímenes laborales

Medida beneficiará a trabajadores de municipalidades, gobiernos regionales y Gobierno Central.

A través de diferentes normas publicadas en el Diario Oficial El Peruano, se ha dispuesto este incremento que será de aplicación a partir del 1 de enero de 2026.

En ese sentido, el Decreto Supremo Nº 325-2025-EF aprueba el incremento mensual de los servidores, directivos y funcionarios del régimen del Decreto Legislativo N° 728 de los gobiernos locales en S/ 100. Para ello, se precisa que el salario no debe superar los S/ 15,600 mensuales.

Además, mediante Decreto Supremo Nº 326-2025-EF, bajo el concepto de “Negociación colectiva centralizada 2025-2026”, los funcionarios, profesionales, técnicos y auxiliares de los gobiernos locales y sus organismos públicos descentralizados, sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, también percibirán un monto adicional de S/ 100.

En dicho caso, la norma también indica que, si el ingreso mensual supera los S/ 15 600, el monto del aumento se ajustará a dicho límite.

Del mismo modo, el Decreto Supremo Nº 327-2025-EF establece que los servidores, directivos y funcionarios del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales obtendrán un aumento de S/ 100 si se encuentran bajo los regímenes laborales Decreto Legislativo N° 1057 y Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria. En tanto, el aumento será de S/ 53 para quienes se encuentren bajo el Decreto Legislativo N° 728 y Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil.

Monto Único Consolidado

El Gobierno también aprobó el nuevo Monto Único Consolidado (MUC) que perciben los servidores del régimen del Decreto Legislativo N° 276. Mediante el Decreto Supremo Nº 328-2025-EF, se precisa que esto se aplique a los grupos ocupacionales Funcionario, Profesional, Técnico y Auxiliar de las entidades del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales.

En el caso de los funcionarios, el MUC se establece en S/ 1,758 para el nivel máximo remunerativo (F-8); para profesionales, S/ 1,582 en el nivel remunerativo SPA; para técnicos, S/ 1,442 en el nivel remunerativo STA; y para auxiliares, S/ 1,416 en el nivel remunerativo SAA.

El financiamiento de lo establecido en todos los decretos supremos se realizará con carga a los respectivos presupuestos institucionales de cada organización pública. Además, estas medidas han sido refrendadas por el presidente de la república, José Jerí, y la ministra de Economía y Finanzas, Denisse Miralles.

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