• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

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¿Tu entidad debe designar un Oficial de Datos Personales? Infórmate y cumple la ley

MINJUSDH refuerza la protección de datos personales con nueva directiva y metodología de cálculo de multas

Se trata de la directiva que regula la designación, el desempeño y las funciones del Oficial de Datos Personales, así como de la nueva metodología para el cálculo de multas en materia de protección de datos personales.

La directiva, aprobada mediante Resolución Directoral n.° 100-JUS-DGTAIPD, establece reglas claras para determinar cuándo corresponde la designación obligatoria de un Oficial de Datos Personales en entidades públicas y empresas. Este profesional es reconocido como responsable de asesorar y supervisar el uso correcto de los datos personales, además de promover una cultura de protección dentro de las organizaciones.

La norma delimita de manera precisa los supuestos en los que resulta obligatoria dicha designación, especialmente cuando se realizan tratamientos de grandes volúmenes de datos personales. Para ello, se establecen criterios determinantes como el número de titulares, la sensibilidad y tipología de los datos, la finalidad del tratamiento o el riesgo asociado, así como criterios moduladores complementarios, entre ellos la frecuencia, duración, continuidad y demarcación territorial del tratamiento.

Asimismo, la directiva adopta un enfoque proporcional, garantizando que las micro y pequeñas empresas que no realizan tratamientos intensivos o de alto impacto no enfrenten cargas regulatorias innecesarias.

Por otro lado, mediante Resolución Ministerial n.° 476-2025-JUS, se aprobó la nueva metodología para el cálculo de multas, con el objetivo de brindar mayor transparencia y predictibilidad a las sanciones aplicables por el incumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales y su reglamento.

Este instrumento incorpora los cambios introducidos por el reglamento actualizado en 2024 y asegura que la determinación de sanciones se realice con criterios técnicos y objetivos.