• SÁBADO 18
  • de abril de 2026

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El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, jueves 8 de Enero del 2026

Poder Judicial dispone conformación de las Salas Supremas para el año judicial 2026

La Presidencia del Poder Judicial oficializó la conformación de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República para el año judicial 2026, mediante la Resolución Administrativa N.° 000001-2026-P-PJ, en ejercicio de la atribución prevista en el numeral 5 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

La resolución establece la integración de las Salas Civiles, Penales y de Derecho Constitucional y Social, tanto permanentes como transitorias, así como la continuidad del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. En el ámbito civil, se ratifica la Sala Civil Permanente, presidida por la jueza suprema Ana María Aranda Rodríguez, y la Sala Civil Transitoria, bajo la presidencia de Carlos Giovani Arias Lazarte, cuya prórroga había sido dispuesta previamente por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

En materia constitucional y social, se dispone la conformación de una Sala Permanente y cinco Salas Transitorias, cada una con presidencias definidas, asegurando la continuidad del servicio jurisdiccional especializado. Estas salas habían sido prorrogadas de manera escalonada entre noviembre de 2025 y enero de 2026, conforme a diversas resoluciones administrativas del Consejo Ejecutivo, en atención a la carga procesal existente.

En el fuero penal, la Sala Penal Permanente continuará bajo la presidencia del juez supremo Víctor Roberto Prado Saldarriaga, mientras que la Sala Penal Transitoria y la Sala Penal Especial también mantienen su funcionamiento, esta última encargada de conocer procesos de especial relevancia. Asimismo, se ratifica al juez supremo Juan Carlos Checkley Soria como titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.

La resolución precisa, además, que los jueces supremos provisionales deberán culminar la carga procesal pendiente conforme a ley, y que los magistrados Elvia Barrios Alvarado y Ramiro Antonio Bustamante Zegarra continuarán integrando el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Con esta medida, la Presidencia del Poder Judicial busca garantizar la estabilidad institucional, la continuidad del servicio de justicia y una adecuada distribución de los despachos supremos durante el año judicial 2026.



Aprueban Directiva de Integridad del Programa de Alimentación Escolar

La Dirección Ejecutiva del Programa de Alimentación Escolar (PAE) aprobó la Directiva de Integridad del Programa de Alimentación Escolar, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 000007-2026-MIDIS/PAE-DE. 

La norma, identificada como Directiva N.° 001-2026-MIDIS/PAE, Versión N.° 01, establece lineamientos obligatorios para fortalecer la ética, la transparencia y la prevención de la corrupción en la gestión del programa.

El PAE fue creado por el Decreto Supremo N.° 008-2025-MIDIS, posteriormente modificado por el Decreto Supremo N.° 009-2025-MIDIS, como un programa adscrito al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Su finalidad es brindar un servicio de alimentación nutritivo, saludable y complementario a estudiantes de instituciones educativas públicas a nivel nacional, así como a programas no escolarizados de educación inicial, priorizando la calidad, la pertinencia territorial y cultural y la promoción de hábitos saludables.

La nueva directiva se sustenta en el marco de la Ley N.° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, que impone a los servidores civiles el deber de actuar con transparencia, responsabilidad y respeto a la función pública. Asimismo, se articula con el Modelo de Integridad aprobado por el Decreto Supremo N.° 148-2024-PCM, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del sector público, y con las medidas de integridad y lucha contra la corrupción establecidas en el Decreto Supremo N.° 042-2018-PCM.



Gobierno modifica reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas

El Poder Ejecutivo modificó el Reglamento de la Ley N.º 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, con el objetivo de fortalecer la eficiencia, predictibilidad y agilidad de los procesos de contratación estatal, así como optimizar la interacción entre las entidades públicas y los proveedores.

La norma se enmarca en el Sistema Nacional de Abastecimiento regulado por el Decreto Legislativo N.º 1439, reforzando una gestión articulada y orientada a resultados en las fases de programación, adquisiciones y administración de bienes, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N.º 001-2026-EF.

Entre los principales ajustes, se fortalece el rol de la Dirección de Estrategia de Contrataciones (DEC) y de los compradores públicos, quienes deberán contar con certificación obligatoria a cargo del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), en los niveles básico, intermedio o avanzado. Asimismo, se consolida el Registro de Compradores Públicos, que permitirá transparentar la experiencia y el desempeño de estos funcionarios en los procesos de contratación.

En relación con los proveedores, la norma introduce precisiones para la inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), permitiendo acreditar experiencia derivada de procesos de reorganización societaria, bajo los criterios que establecerá el OECE mediante directiva. Además, se perfecciona el mecanismo de valoración de la reputación, incorporando indicadores como el cumplimiento de plazos y la aplicación de penalidades, con el fin de fortalecer la evaluación objetiva del desempeño contractual.

El reglamento también apuesta por una mayor planificación y diálogo con el mercado. Se regulan instrumentos como la segmentación de contrataciones, el anuncio de contratación futura y la difusión del requerimiento, orientados a anticipar información y mejorar la calidad de las bases.

Finalmente, se refuerzan las competencias de la DEC y del OECE en etapas clave del procedimiento de selección, consolidando un modelo de contratación pública más técnico, transparente y orientado al valor por dinero, con impacto directo en los tres niveles de gobierno.


Ley Nº 32546: Crean la Universidad Nacional de Pataz para fortalecer el acceso a la educación superior en La Libertad

El Congreso de la República aprobó la Ley N.º 32546, mediante la cual se crea la Universidad Nacional de Pataz (UNP), con sede en la provincia de Pataz, departamento de La Libertad. La norma, promulgada por el Poder Ejecutivo, establece una nueva institución de educación superior pública con personería jurídica de derecho público interno, orientada a cerrar brechas educativas y promover el desarrollo regional.

De acuerdo con la ley, la UNP se regirá por los principios y estándares previstos en la Ley N.º 30220, Ley Universitaria. Su estructura académica estará conformada por departamentos académicos, escuelas profesionales, unidades de investigación y programas de posgrado, los cuales serán definidos al momento de establecer su régimen académico formal.

La Universidad Nacional de Pataz, además, se constituye como pliego presupuestal propio, autorizándose al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar transferencias presupuestarias desde el Pliego 10 del Ministerio de Educación. El financiamiento para su implementación y funcionamiento se realizará, asimismo, con recursos directamente recaudados, donaciones, canon y regalías mineras, así como aportes gestionados ante los distintos niveles de gobierno.

La oferta académica inicial contempla tres facultades: Ciencias de la Salud, Ingeniería y Ciencias Empresariales. Entre las carreras destacan Medicina Humana, Ingeniería de Minas, Ingeniería Ambiental, Administración, Contabilidad y Economía, en atención a la demanda laboral local, regional y nacional. La ley también faculta a la UNP a ampliar su oferta educativa, siempre que se respeten los criterios de calidad universitaria.


Congreso declara de interés nacional creación de nuevas filiales universitarias en seis regiones

El Congreso de la República aprobó la Ley N.º 32545, mediante la cual se declara de interés nacional la creación de diversas filiales universitarias en los departamentos de Amazonas, Puno, San Martín, Tumbes, Apurímac y Huancavelica, con el objetivo de ampliar el acceso a la educación superior pública y descentralizar la oferta académica en el país.

La norma, promulgada por el Presidente de la República, establece en su artículo único la priorización de nueve filiales de universidades nacionales en zonas estratégicas y, en varios casos, históricamente postergadas. Entre ellas destacan una filial de la Universidad Nacional de Ingeniería en Amazonas y otra de la Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía de Bagua en la provincia de Condorcanqui, con énfasis en la atención a poblaciones indígenas y amazónicas.

En el sur del país, la ley contempla tres filiales en el departamento de Puno, dos de la Universidad Nacional del Altiplano en Carabaya e Ilave, y una de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann también en Ilave. Asimismo, se dispone la creación de una filial de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú en San Martín, fortaleciendo la formación artística descentralizada.

La iniciativa incluye además una filial de la Universidad Nacional de Tumbes en Zarumilla, una de la Universidad Nacional José María Arguedas en Antabamba (Apurímac) y otra de la Universidad Nacional de Huancavelica en Surcubamba (Tayacaja).

La ley encarga al Ministerio de Educación, en coordinación con las universidades involucradas, los gobiernos regionales y locales, y la SUNEDU, la ejecución de las acciones necesarias para la creación de estas filiales, respetando el marco de calidad y licenciamiento vigente. La medida representa un paso relevante en la política de inclusión y desarrollo educativo territorial.


Congreso declara de interés nacional la recuperación de la goleta Virgen de la Covadonga
El Congreso de la República promulgó la Ley N.º 32548, mediante la cual se declara de interés nacional la recuperación y restauración de los restos de la goleta Virgen de la Covadonga, embarcación hundida el 13 de septiembre de 1880 en el litoral del distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima.
La norma reconoce que los restos de la goleta, hundida por patriotas peruanos durante la Guerra del Pacífico, constituyen parte del patrimonio cultural subacuático del país, con un alto valor histórico y cultural para la República del Perú. La recuperación y restauración de la nave se realizará en la medida en que su estado de conservación lo permita.
De acuerdo con la ley, el Ministerio de Cultura será la entidad encargada de coordinar las acciones necesarias para este fin, en articulación con el Ministerio de Defensa, el Gobierno Regional de Lima y la Municipalidad Distrital de Chancay, respetando las competencias de cada institución.
La declaratoria de interés nacional busca promover la protección, investigación y puesta en valor de este importante vestigio histórico, así como fortalecer la memoria histórica y la identidad cultural vinculada a los hechos ocurridos durante el conflicto bélico del siglo XIX.