Rimac: 3% del IGV generado en el distrito será para proyectos de inversión y conservación
Estos recursos serán de uso exclusivo para financiar proyectos de inversión pública y proyectos de inversión de optimización, ampliación marginal, rehabilitación y reposición (IOARR), identificados en el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima.
Así lo establece la Ley N° 32552, Ley que modifica la Ley N° 31980 -Ley de creación de un régimen especial para el Centro Histórico de Lima, a fin de proteger su patrimonio cultural y fomentar su desarrollo integral y sostenible- para otorgar seguridad jurídica al comercio regulado y asignar recursos al distrito del Rímac.
La norma precisa que la ejecución de los proyectos de inversión que se financian con estos recursos en la jurisdicción distrital deberá contar con la opinión previa, favorable y vinculante del órgano de planificación, gestión y recuperación del Centro Histórico de Lima.
Hasta un 20% del monto referido podrá ser utilizado para financiar proyectos de vivienda de interés social para la venta, alquiler o alojamiento temporal con fines de destugurización de inmuebles de Patrimonio Cultural de la Nación, según lo dispuesto en el artículo 45, recalca.
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