• SÁBADO 4
  • de abril de 2026

Derecho

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Estas son las principales decisiones jurisprudenciales del 4 al 10 de Enero del 2026


Martes 6 de Enero del 2026

Corte Suprema: La coordinación no prueba vínculo laboral

La rendición de gastos por viaje, envío de correos electrónicos, reportes e informes de actividades por parte de quien brinda sus servicios mediante una locación de servicios, constituyen mecanismos de coordinación que no acreditan de inmediato un vínculo laboral por desnaturalización de dicho contrato civil.

Este constituye el principal lineamiento jurisprudencial que se desprende de la sentencia recaída en la Casación Laboral N.º 25807-2023 Lima emitida por la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia que declara fundada aquel recurso interpuesto dentro de un proceso ordinario de desnaturalización de contratos y otros.

De esta manera, dicho colegiado precisa que la coordinación no acredita una contratación laboral.

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Miércoles 7 de Enero del 2026

Inasistencias durante huelga ilegal resultan sancionables

Las inasistencias de los trabajadores en el caso de una huelga declarada ilegal autorizan la aplicación de sanciones a los huelguistas, las cuales no pueden consistir en el despido.

Así lo precisó la Corte Suprema de Justicia mediante la sentencia recaída en la Casación Laboral N.° 18045-2023 Loreto, emitida por su Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, con la cual actualiza la doctrina jurisprudencial que fijó respecto a la interpretación del literal b) del artículo 77° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (LRCT), aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2003-TR. concordante con el artículo 39° del Reglamento de la Ley de Fomento del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-96-TR.

Dicha actualización doctrinaria jurisprudencial de obligatorio cumplimiento por las instancias inferiores, se efectúa tras declarar infundado aquel recurso interpuesto dentro de un proceso abreviado de nulidad de despido.

De esta manera, la citada sala del máximo tribunal del Poder Judicial (PJ) descarta el despido como sanción por inasistencias de los trabajadores huelguistas en el caso de una huelga declarada ilegal. 
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Sábado 10 de Enero del 2026

Ley minera: Corte Suprema de Justicia avala deducción de gastos de desarrollo

La Corte Suprema concluyó que la Ley General de Minería no contiene una exigencia formal que restrinja la facultad del contribuyente de optar por la deducción inmediata de los gastos de desarrollo o su amortización.

Así lo advierte el tributarista Percy Bardales al dar cuenta de la sentencia correspondiente a la Casación N° 30198-2024-Lima, emitida por su Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, con la cual declara fundado aquel recurso interpuesto dentro de un proceso contencioso administrativo. Conozca la nota aquí

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