• MIÉRCOLES 20
  • de mayo de 2026

Política

FOTOGRAFIA

Comicios regionales y municipales: plazo para inscribir alianzas electorales vence este sábado

Las organizaciones políticas inscritas tienen plazo hasta las 23:59 de mañana para hacer alianzas entre sí, bajo una denominación y símbolo común, de acuerdo con la Ley N° 28094

El sábado 17, de acuerdo con el cronograma de las ERM 2026 (aprobado por el Pleno del JNE mediante Resolución N.º 0632-2025-JNE y modificado por Resolución N.° 0003-2026-JNE), es el plazo límite para que las organizaciones políticas realicen dicho trámite ante la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) de la institución.

Los representantes de las organizaciones políticas pueden presentar sus solicitudes de inscripción de alianzas electorales en la Mesa de Partes de la sede central, ubicada en el jirón Cusco N° 653- Cercado de Lima, así como en las sedes de las OD en todos los departamentos del país y en la Provincia Constitucional del Callao. 

En el caso de la Mesa de Partes y Orientación de la OD de Ancash, con sede en la ciudad de Chimbote, de manera excepcional las solicitudes que pudieran presentarse se atenderán en el Jurado Electoral Especial del Santa, ubicado en Las Gavitas Mz. Z, Lt. 8, Nuevo Chimbote. 

El artículo 15 de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley N.º 28094) señala que las organizaciones políticas inscritas pueden hacer alianzas entre ellas, bajo una misma denominación y símbolo común, para poder participar en cualquier tipo de elección popular. 

La alianza debe inscribirse en la DNROP. A tales efectos, presenta el acta de constitución correspondiente y su reglamento electoral. 

La norma establece que el acta debe contener, además, el proceso electoral en el que se participa, órganos de gobierno, denominación, símbolo,  declaración expresa de objetivos, acuerdos que regulan el proceso de democracia interna, la definición de los órganos o autoridades que tomarán las decisiones de índole económico-financiera y su relación con la tesorería de la alianza. 

Asimismo, la designación de los personeros legales y técnicos de la alianza, la designación del tesorero y de los tesoreros descentralizados quienes tienen a su cargo la ejecución de las decisiones económico-financieras, la forma de distribución del financiamiento público directo que le corresponda a la alianza, entre otros.

Lea también en El Peruano