TC: Edad mínima de imputabilidad penal es de 18 años
Declara inconstitucionalidad de las reformas que determinan la incorporación de los adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables en el sistema penal.
Por lo tanto, la sentencia del colegiado recaída en los Expedientes 00008-2025-PI/TC, 00012-2025-PI/TC, 00014-2025-PI/TC y 00023-2025-PI/TC (Acumulados) precisa que la edad mínima de imputabilidad penal es de 18 años.
En este contexto, los adolescentes de 16 y 17 años a los que se les atribuya la comisión de una infracción a la ley penal, deberán ser juzgados y sancionados en el sistema penal juvenil, en los términos previstos en el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.
Además, señala que toda alusión a las personas desde los 16 años incluidas en el artículo IV del Título Preliminar y en los artículos 11.4, 63.2, 63-A.1, 63-B.1, 63-C primer párrafo y 63-D.1 del Código de Ejecución Penal aprobado por el Decreto Legislativo 654, deberán entenderse como referidas a personas de 18 años en adelante.
Código
El marco normativo aplicable a los adolescentes de 16 y 17 años para la medida socioeducativa de internación es, en tanto no se aprueba alguna reforma por parte del legislador, el previsto en el artículo 163.1 del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, recalca.
El TC dispuso que todos los procesos tramitados de acuerdo con el Código Procesal Penal de 2004 en contra de adolescentes de 16 y 17 años, a partir de la entrada en vigor de la Ley 32330, se deberán archivar, a fin de que las investigaciones sean reconducidas a los órganos competentes a tenor de lo dispuesto en el Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes (Decreto Legislativo 1348), conforme a su normativa. vigente, y en el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes (Ley 27337), en lo que fuere aplicable.
Será en estos nuevos procesos, bajo la dirección del fiscal y juez de familia, en los que se deberá determinar la situación jurídica de los adolescentes investigados, así como las medidas de coerción aplicables conforme al caso concreto, recalca.
El TC indica también que los adolescentes de 16 y 17 años que se encuentren a la fecha en establecimientos penitenciarios regidos por el Instituto Nacional Penitenciario deberán ser trasladados de manera inmediata a los centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación que determina el Programa Nacional de Centros Juveniles (Pronacej), según corresponda.
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El Ministerio de Salud aprobó la Norma Técnica de Salud N.° 240-MINSA/DGIESP-2026, orientada a la prevención y control de las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), mediante la Resolución Ministerial N.° 035-2026/MINSA. https://t.co/A6L7wGRLESpic.twitter.com/pqK6IgIBwo