Policía podrá revisar dispositivos digitales con aval fiscal en delitos graves y en penales
Gobierno agiliza autorización para revisión de equipos informáticos en casos de flagrancia por sicariato, extorsión y secuestro
Esta norma modifica el Código Procesal Penal y dispone que, en el caso de detención en flagrancia delictiva por la comisión de los delitos de extorsión, sicariato o secuestro, el efectivo policial, con autorización previa del Ministerio Público, está facultado para revisar la información contenida en los equipos informáticos hallados en posesión del detenido.
De la misma forma, esta facultad puede ejecutarse dentro del establecimiento penitenciario cuando, en operativos inopinados, se hallen equipos informáticos.
El decreto promulgado precisa que la autorización se dispone cuando resulte indispensable para cumplir los fines de esclarecimiento del hecho y que, término del acto de investigación, el fiscal requiere al juez competente la correspondiente resolución confirmatoria.
De esta forma, se atiende la dificultad que existía para revisar los dispositivos informáticos incautados en flagrancia delictiva o en establecimientos penitenciarios, dado que solamente ello se podía realizar a través de una orden judicial, lo que generaba un riesgo inminente porque la información digital contenida podría ser eliminada de manera remota, encriptada o destruida físicamente mientras se espera la emisión de la autorización judicial.