Matrícula escolar 2026: Indecopi recuerda qué cobros están permitidos y cuáles no en colegios privados
Está prohibido condicionar la matrícula al pago de rifas, bingos o colectas.
Así, los colegios solo pueden cobrar tres conceptos:
-Cuota de ingreso: una sola vez y solo para alumnos nuevos.
-Matrícula: cuyo monto no debe ser mayor a una pensión, y
-Pensión mensual: que no se puede cobrar por adelantado.
-El regulador recuerda que está terminantemente prohibido el cobro de bingos, rifas, colectas o “cuotas voluntarias”.
Al respecto, Milagros Pozo directora de fiscalización del Indecopi, declaró en el videopodcast de la institución que este año tienen programada la supervisión de medio millar de colegios privados a nivel nacional, para garantizar el derecho de los padres de familia a un cobro justo.
Recordó que la mayoría de colegios sancionados en campañas anteriores es por cobros indebidos, por lo que hizo un llamado a los padres de familias a denunciar estos actos.
A propósito del proceso de matrícula, Pozo también recordó que los colegios privados están obligados 30 días antes de terminar el año escolar y 30 días antes del proceso de matrícula a informar los nuevos montos de la pensión, matrícula y los servicios que se van a dar ese año lectivo, si habrá asistencia psicológica, por ejemplo, de manera que los padres de familia estén informados de estas condiciones.
En el caso de que el colegio decida denegar la matrícula a un alumno por impago de las pensiones, la funcionaria recordó que esto debe estar contemplado previamente tanto en el informe que debe dar al colegio en los plazos indicados como en el contrato que firma el padre de familia al momento de la matrícula anterior.
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