• LUNES 9
  • de marzo de 2026

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¿Tu entidad debe aplicar teletrabajo? SERVIR adopta medidas por emergencia de gas

Disponen teletrabajo obligatorio en Lima y Callao

La medida fue formalizada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 000040-2026-SERVIR-PE, que recoge el acuerdo del Consejo Directivo de la institución. La disposición regirá desde el 9 hasta el 14 de marzo de 2026, periodo durante el cual los servidores civiles deberán realizar sus labores bajo la modalidad de teletrabajo total. Concluido este plazo, el personal retornará a su modalidad de trabajo habitual.

SERVIR precisó que los titulares de las entidades públicas deberán garantizar la continuidad de los servicios a la ciudadanía. Para ello, podrán disponer que determinadas actividades estrictamente necesarias se mantengan de manera presencial o mediante teletrabajo parcial, estableciendo turnos u otros mecanismos que aseguren la operatividad institucional.

Entre las entidades que deberán mantener funciones esenciales se encuentran los organismos electorales —JNE, ONPE y RENIEC—, establecimientos de salud del MINSA y EsSalud, así como organismos de fiscalización y supervisión como Indecopi, Sunafil, ATU y Osinergmin. También se incluyen los Centros de Emergencia Mujer del Programa Aurora y entidades vinculadas a actividades logísticas del transporte aéreo, portuario y terrestre.

Durante la vigencia de la medida, las Oficinas de Recursos Humanos podrán ajustar temporalmente funciones, promover el uso de vacaciones o compensación de horas acumuladas cuando el teletrabajo no sea aplicable, y facilitar el uso de bicicletas o la asistencia presencial para quienes residan cerca de sus centros de labores.

SERVIR indicó que esta disposición excepcional no requiere modificar los planes de implementación de teletrabajo vigentes en cada entidad pública.