Observación electoral 2026: conoce la norma que regula las garantías de la misión de la OEA
Buscan asegurar la independencia y el adecuado desarrollo de la misión de observación.
La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 013-2026-RE, que aprueba el “Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los privilegios e inmunidades de los observadores”.
El acuerdo fue suscrito el 14 de enero de 2026 entre el Gobierno peruano y la Organización de los Estados Americanos (OEA). Su finalidad es garantizar las condiciones necesarias para que la misión de observación internacional pueda desempeñar sus funciones durante las elecciones generales previstas para el 12 de abril de 2026 y, de ser necesario, en una eventual segunda vuelta presidencial programada para el 7 de junio del mismo año.
De acuerdo con la norma, los observadores acreditados contarán con determinados privilegios e inmunidades durante el ejercicio de sus labores, conforme a los estándares habituales aplicados por la OEA en procesos electorales de los países miembros. Estas garantías buscan asegurar la independencia y el adecuado desarrollo de la misión de observación.
Asimismo, el decreto dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú publique el texto íntegro del acuerdo y la fecha de su entrada en vigor en el Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de lo establecido por la Ley N.º 26647.