• MARTES 17
  • de marzo de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, martes 17 de marzo del 2026


MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban “Guía para el tratamiento de los conflictos socioambientales en el sector ambiental”

El Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó la “Guía para el tratamiento de los conflictos socioambientales en el sector ambiental”, mediante la Resolución Ministerial Nº D000081-2026-MINAM.

Dicho documento orientador se aprueba habiendo considerado los aportes y comentarios técnicos formulados por las unidades orgánicas, programas y proyectos del Minam; así como los aportes y comentarios de sus organismos públicos adscritos y de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

El Minam dispuso la publicación de la citada guía en su sede digital (www.gob.pe/minam). 


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban formato del “Permiso para la exportación de especímenes, productos y subproductos de flora y fauna silvestre NO CITES” 

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, mediante el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor), aprobó el formato del “Permiso para la exportación de especímenes, productos y subproductos de flora y fauna silvestre NO CITES”.

Fue por intermedio de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000070-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE con la cual se establece que dicho formato entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a la comunicación oficial que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo remita a la
Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre del Serfor, mediante la cual se informe la habilitación de la emisión electrónica del referido formato a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

En ese contexto, se dispuso que la emisión del “Permiso para la exportación de especímenes, productos y subproductos de flora y fauna silvestre NO CITES”, se realice vía electrónica a través de la VUCE. Excepcionalmente, podrá emitirse en formato físico únicamente en el caso de
administrados extranjeros cuya identidad digital no pueda ser autenticada por dicho sistema, y solo hasta que se habilite la funcionalidad correspondiente en la VUCE.


A la par, se dispuso la publicación del formato de aquel permiso en el portal web institucional del Serfor (www.gob.pe/serfor). Conozca la norma aquí


RENIEC
Amplían hasta el 31 de diciembre del 2026 la campaña nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad

El Registro Nacional de Identificación y Edtado Civil (Reniec) aprobó la ampliación de
la campaña a nivel nacional de masificación del DNI Electrónico para mayores y menores de edad, considerando el costo del DNI Convencional establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Reniec para los procedimientos de inscripción,
renovación, rectificación de datos y duplicado, hasta el 31 de diciembre del 2026, la cual fue inicialmente aprobada mediante la Resolución Jefatural Nº 000144-2025/JNAC/RENIEC (27AGO2025), cuya primera ampliación se aprobó mediante Resolución Jefatural Nº 000217-2025/JNAC/RENIEC (30DIC2025).


De acuerdo con la Resolución Jefatural Nº 000031-2026/JNAC/RENIEC se dispone la aplicación de las mismas disposiciones administrativas establecidas en el artículo segundo de la Resolución Jefatural Nº 000144 2025/JNAC/RENIEC (27AGO2025).

Además, se encarga el cumplimiento y la implementación de las medidas aprobadas a la Dirección de Registros de Identificación; la Dirección de Servicios Registrales, la Dirección de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y a las Oficinas de Tecnologías de la Información, de Administración y Finanzas y de Planeamiento, Presupuesto y Modernización. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL INTERIOR 
Aprueban “Características de los medios de defensa a emplearse por el personal de serenazgo municipal”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 16 de marzo del 2026)

El Ministerio del Interior aprobó el documento denominado “Características de los medios de defensa a emplearse por el personal de serenazgo municipal”, mediante la Resolución Ministerial Nº 0323-2026-IN.

Las disposiciones contenidas en dicho documento serán de cumplimiento obligatorio para todas las municipalidades provinciales y distritales que cuenten con servicios de serenazgo
municipal.

Además, tales disposiciones se financiarán con cargo al presupuesto institucional de las entidades competentes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

La Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior se encargará de la difusión y capacitación del contenido del mencionado documento.

En ese contexto, el citado portafolio dispuso la difusión del documento aprobado, en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (https://conasec.mininter.gob.pe). 
Conozca la norma aquí


OSINERGMIN
Amplían hasta el 21 de marzo del año en curso las medidas excepcionales y transitorias aprobadas para facilitar el abastecimiento de combustibles durante la situación de emergencia del suministro de gas natural
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 16 de marzo del 2026)

El Organismo Supervisor de la Inversion en Energía y Minería (Osinergmin) amplió la vigencia de las medidas excepcionales y transitorias aprobadas mediante la Resolución de Consejo
Directivo Nº 040-2026-OS/CD
para facilitar el abastecimiento de combustibles durante la situación de emergencia del suministro de gas natural, por un periodo adicional de siete (07) días calendario, contado desde el día siguiente de la culminación de la vigencia de dichas medidas, plazo que vencerá el 21 de marzo de 2026.

De acuerdo con la Resolución de Consejo Directivo N° 48-2026-OS/CD la ampliación de la vigencia de aquellas medidas excepcionales y transitorias obedece a que subsisten efectos derivados de las restricciones en el suministro de gas natural, particularmente en lo referido a la recomposición de inventarios de combustibles y a la normalización progresiva de las condiciones de abastecimiento en el mercado de hidrocarburos, lo cual hace necesario mantener temporalmente determinadas facilidades operativas que permitan asegurar la continuidad y
estabilidad del suministro energético. 
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OSIPTEL
Aprueban medidas extraordinarias y temporales para fortalecer la seguridaden la contratación y  gestión del servicio público móvil
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 16 de marzo del 2026)

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) aprobó medidas extraordinarias y temporales destinadas a fortalecer la seguridad en la contratación y gestión del
servicio público móvil, durante la vigencia del Estado de Emergencia establecido por el Decreto Supremo Nº 027-2026-PCM y normas que la modifiquen o amplíen sus alcances, mediante la entrega de información relevante al usuario sobre sus servicios públicos móviles contratados,
la regularización de registros inconsistentes y otras acciones orientadas a garantizar la correcta prestación del servicio.

De acuerdo con la Resolución Nº 000024-2026-CD/OSIPTEL las medidas extraordinarias y temporales aprobadas tienen por ende como finalidad asegurar la adecuada identificación de los abonados y la veracidad, consistencia y actualización de la información contenida en los registros de contratación del servicio público móvil, garantizando la trazabilidad, seguridad y uso responsable del servicio, así como la oportuna detección y corrección de irregularidades durante su contratación y gestión.

Entre las medidas extraordinarias y temporales aprobadas figura un procedimiento sumarísimo para la ejecución de la baja de los servicios públicos móviles por registros inconsistentes. Asimismo, reglas temporales para la contratación del servicio público móvil, disposiciones sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones y un régimen sancionador.

Las medidas extraordinarias y temporales aprobadas son aplicables en todo el país a las empresas operadoras del servicio público móvil, los abonados y usuarios del servicio público móvil, así como al Osiptel. Conozca la norma aquí



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