Derecho
De acuerdo con la Resolución Ministerial N.º D000081-2026-Minam, la medida busca fortalecer la intervención del Estado en escenarios de tensión vinculados con problemáticas ambientales, herramientas de prevención, diálogo y seguimiento de acuerdos.
En ese contexto, el documento tiene como objeto definir criterios claros para la actuación de los servidores civiles del sector ambiental, que deberán implementar orientaciones específicas en coordinación con las distintas unidades del Minam, así como con sus organismos adscritos y entidades de los niveles nacional, regional y local. De este modo, se busca asegurar una respuesta articulada y coherente frente a los conflictos que impactan territorios y poblaciones.
La guía es de cumplimiento obligatorio para todas las dependencias del sector ambiental, en el marco de sus competencias, y también orienta las relaciones de coordinación interinstitucional. Su finalidad es optimizar la gestión de los conflictos socioambientales mediante procesos estructurados que permitan no solo atender las controversias, sino también prevenir su escalamiento.
Uno de los ejes más relevantes de la norma es la incorporación de diversos enfoques que orientan los procesos de diálogo. Entre ellos destaca el enfoque de derechos humanos, que reconoce el carácter universal, indivisible e irrenunciable de estos derechos, así como la obligación del Estado de garantizarlos sin discriminación. Este principio se articula con el enfoque territorial, que propone una mirada integral del desarrollo considerando dimensiones sociales, económicas, ambientales e institucionales propias de cada espacio geográfico.
Asimismo, la interculturalidad adquiere un papel clave al promover el reconocimiento de las distintas visiones culturales y concepciones de desarrollo de los pueblos indígenas y la población afroperuana. En esta línea, el enfoque de género permite identificar desigualdades estructurales, impulsando medidas que garanticen su participación en igualdad de condiciones y erradiquen toda forma de discriminación.
La guía también incorpora el enfoque de no discriminación racial, orientado a enfrentar el racismo presente en diversas instituciones, así como el enfoque interseccional, que permite analizar cómo múltiples factores –como edad u origen étnico– inciden en el acceso a derechos. A ello se suma el enfoque transformativo, que plantea la gestión de conflictos como una oportunidad para mejorar las relaciones entre el Estado, empresas y comunidades, promoviendo el desarrollo sostenible.
Actuación estatal
En cuanto a la intervención del Estado, la nueva guía distingue tres momentos importantes: prevención, tratamiento y seguimiento de los compromisos asumidos. El primero se centra en identificar conflictos potenciales mediante herramientas como las Redes de Alerta Temprana, con el objetivo de evitar su activación o escalamiento. Luego, el tratamiento implica abordar los conflictos ya manifestados mediante mecanismos institucionales, principalmente espacios de diálogo entre los actores involucrados.
Finalmente, el seguimiento busca garantizar el cumplimiento de los acuerdos alcanzados, así como monitorear factores que dieron origen al conflicto, especialmente los problemas ambientales subyacentes. Este proceso continuo permite fortalecer las soluciones adoptadas y prevenir nuevas tensiones.
De acuerdo con el documento de gestión, toda esta actuación se desarrolla en un marco de diálogo participativo, donde se promueve la intervención activa de los diversos actores, con especial énfasis en la participación de las mujeres.