Derecho
Dicha resolución se emitió en el contexto del procedimiento de evaluación integral y ratificación previsto en el artículo 154 de la Constitución Política del Perú.
El pleno de la JNJ también declaró infundado el extremo del recurso referido a la presunta vulneración del principio ne bis in idem, alegado por el recurrente. El colegiado concluyó que los argumentos expuestos no acreditaban la afectación de dicho principio, por lo que no correspondía modificar la decisión adoptada previamente por la institución.
La JNJ dispuso declarar agotada la vía administrativa en el presente procedimiento, ordenando el archivo del caso conforme a lo establecido en la normativa vigente.
La Fiscalía Militar Policial impulsa un plan de prevención mediante charlas de capacitación dirigidas al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) March 18, 2026
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