¿Mesas de partes virtuales con horario? Indecopi advierte que es ilegal fijar horarios para recibir documentos
Precisa que la Ley del Procedimiento Administrativo General no establece restricciones horarias para la recepción de documentos por medios digitales.
El reciente pronunciamiento declaró ilegal la práctica de la Municipalidad Distrital de Ate, que disponía que los documentos enviados fuera del horario de atención virtual sean considerados como presentados al siguiente día hábil, pese a haber sido remitidos en la misma fecha.
Según explicó la Sala, la Ley del Procedimiento Administrativo General no establece restricciones horarias para la recepción de documentos por medios digitales, ni permite modificar la fecha de presentación en función de un horario fijado por la entidad.
En esa línea, precisó que no es legal que una institución habilite canales virtuales para recibir documentos, pero limite sus efectos a un horario de atención, ya que ello afecta el derecho de los ciudadanos a realizar trámites.
Desde el 2021, la Sala ha emitido al menos 14 pronunciamientos similares contra distintas entidades públicas, lo que evidencia que esta práctica aún persiste y puede afectar a un número indeterminado de ciudadanos.
El Indecopi indicó que este tipo de decisiones busca alertar tanto a la ciudadanía como a las instituciones públicas, a fin de evitar la imposición de barreras burocráticas en el uso de herramientas digitales.
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