• VIERNES 20
  • de marzo de 2026

Política

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Hoy vence plazo para entrega de informe financiero de campaña de organizaciones y candidatos

Primera entrega obligatoria a la ONPE puede ser presencial o virtual.

 La fecha límite de esta primera entrega es el viernes 20 de marzo, de acuerdo a lo establecido por la Resolución Gerencial N.° 000001-2026-GSFP/ONPE.

El informe se puede presentar a través del portal digital de financiamiento  CLARIDAD  o en una de las mesas de partes ubicadas en la sede central institucional, las oficinas regionales de coordinación (ORC) y las oficinas descentralizadas de procesos electorales (ODPE). En estas mesas de partes presenciales, la ONPE amplió el horario de atención: el miércoles 18 y el jueves 19 hasta las 8 p. m. y el viernes 20 hasta las 11:59 p. m.

La presentación de los dos informes de campaña es obligatoria –según lo dispuesto por la Ley de Organizaciones Políticas (Ley n.° 28094)– y su plazo de presentación ha sido regulado por el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, que fue modificado mediante la Resolución Jefatural n.° 000057-2025-JN/ONPE. Por las organizaciones políticas, pueden presentarlos su tesorero, inscrito en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) y su representante legal.

En lo que se refiere a los candidatos, la información puede presentarla el candidato o su responsable de campaña, debidamente acreditado. La obligación alcanza a los ciudadanos cuyas candidaturas hayan sido inscritas en un Jurado Electoral Especial, aunque no hayan continuado en la contienda electoral como consecuencia de una renuncia, exclusión o tacha.

La primera entrega comprende las actividades económico-financieras desarrolladas entre el 26 de marzo de 2025 –cuando fueron convocados los comicios– y el 13 de marzo de 2026, periodo que incluye las elecciones primarias. Por esta razón, los partidos políticos que hayan realizado elecciones primarias deben transparentar el origen y destino de los recursos obtenidos y utilizados durante el proceso.

La segunda entrega abarcará el periodo comprendido desde el 14 de marzo hasta que sea publicada en El Peruano la resolución del Jurado Nacional de Elecciones que dé por concluido el proceso. El plazo para esta entrega es de 15 días hábiles posteriores a dicha publicación.

En caso el candidato incumpla esta obligación legal, podría ser sancionado con una multa no menor de una (1) ni mayor de cinco (5) unidades impositivas tributarias (UIT), según el artículo 36-B de la Ley de Organizaciones Políticas. Y, si el incumplimiento es de las organizaciones políticas, la infracción es considerada muy grave y la sanción que le corresponde es una multa no menor de treinta y uno (31) ni mayor de cien (100) UIT y la pérdida del financiamiento público directo.

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