Promulgan ley que refuerza el control sobre colegios privados y combate la informalidad
Norma establece obligaciones específicas para los directores de estas instituciones y fortalece el rol fiscalizador del Minedu.
Se trata de la Ley 26549 , publicada en el Diario Oficial El Peruano, que modifica la Ley 26549, Ley de los Centros Educativos Privados, con el objetivo de establecer precisiones y ampliar disposiciones orientadas a combatir la informalidad en la prestación de servicios educativos en el Perú.
La ley precisa el marco legal que regula las autorizaciones básicas para el funcionamiento de los centros educativos privados; establece obligaciones específicas para los directores de estas instituciones y fortalece el rol fiscalizador del Ministerio de Educación, a través de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL) y las direcciones regionales de educación, encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa vigente y sancionar posibles irregularidades.
Asimismo, el texto promulgado amplía las obligaciones de información hacia los padres de familia, regula los procesos de matrícula, pensiones y cierre de servicios educativos, y fija sanciones diferenciadas (leves, graves y muy graves) para quienes operen sin autorización o incumplan las condiciones básicas del servicio educativo.
El Ejecutivo había observado previamente la autógrafa al advertir supuestas redundancias normativas, conflictos de competencia, retrocesos vinculados al silencio administrativo, riesgos para la calidad educativa y eventuales afectaciones al derecho del consumidor.
Sin embargo, durante el debate del pleno el pasado 12 de marzo, el presidente de la Comisión de Educación del Congreso, Segundo Montalvo, informó que las observaciones habían sido analizadas y desvirtuadas por la comisión que preside.
De acuerdo con el presidente de la comisión, la insistencia legislativa responde a la necesidad de enfrentar la informalidad que persiste en el sector educativo privado y de garantizar estándares adecuados para la prestación de los servicios educativos.
Tras el debate, el Pleno del Congreso respaldó la propuesta con 71 votos a favor, 4 en contra y 17 abstenciones, resultado que permitió aprobar la insistencia sin requerir segunda votación.
La ley es promulgada por el presidente encargado del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi; y el segundo vicepresidente del Congreso, Waldemar Cerrón.
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