Derecho

Periodista
pbuendia@editoraperu.com.pe
Así lo plantea el proyecto de ‘Reglamento de notificación obligatoria vía casilla electrónica de la Superintendencia Nacional de Salud’, cuyo texto publicó el Ministerio de Salud (Minsa), mediante Resolución N.° 235-2026/Minsa, para recibir los aportes de los interesados.
Sistema
De acuerdo con la propuesta, el reglamento tendrá por objeto establecer disposiciones sobre el uso obligatorio de la notificación vía casilla electrónica de los actos y actuaciones administrativos de la citada institución, por intermedio de su Sistema de Notificación Electrónica.
La finalidad es optimizar la eficiencia, eficacia y celeridad de los actos, mediante la notificación vía casilla electrónica, garantizando el derecho a la debida notificación implícito en el procedimiento administrativo a favor de los administrados, remarca.
Para tal fin, recalca, Susalud cuenta con un Sistema de Notificación Electrónica por su sistema web, que permite la transmisión y almacenamiento de la información de notificaciones vía casilla electrónica, con confidencialidad, integridad y disponibilidad de la notificación diligenciada electrónicamente.
La notificación por casilla electrónica se aplicará a todas las unidades de organización, los órganos desconcentrados, los órganos resolutivos y dependencias de Susalud, que participan en las actuaciones y/o procedimientos administrativos de competencia de la entidad, detalla.
Se suman las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS), y las Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS).
El proyecto menciona también los usuarios de servicios de salud, apoderados, representantes, terceros legitimados o terceros que participan en las actuaciones y/o procedimientos administrativos de competencia de Susalud.
La propuesta incluye, además, a las personas naturales o jurídicas que producto de la realización o conducción de los procedimientos y/o actuaciones administrativos de la citada institución, requieran ser notificadas.
Según la iniciativa, entre los actos y actuaciones administrativos incluidos en el procedimiento figuran los emitidos en el contexto de los procedimientos administrativos; y de actividades para la atención de consultas y denuncias.
Además, las actividades de fiscalización de oficio o a instancia de parte; los procedimientos administrativos disciplinarios seguidos ante Susalud; dentro de los procedimientos de ejecución coactiva; y otros a cargo de la entidad, anota.
Revisión
El proyecto precisa que el usuario de la casilla electrónica tendrá como obligaciones revisarla periódicamente a efectos de tomar conocimiento de los documentos, comunicaciones, actuaciones administrativas y/o actos administrativos que se le notifiquen. Nadie podrá desconocer la recepción, validez y efectos de esas notificaciones por el hecho de no verificar su casilla oportunamente, advierte.
A la par, subraya, deberá mantener operativo su correo electrónico y/o servicio de mensajería, a efectos de recibir las alertas del Sistema de Notificación Electrónica; así como adoptar las medidas de seguridad y confidencialidad en el uso del nombre de usuario y de la clave de acceso a la casilla electrónica que se le asigne, pues será de su exclusiva responsabilidad la utilización no autorizada o inadecuada de las credenciales.
Asignación
Por su parte, Susalud deberá crear y asignar las casillas electrónicas para los usuarios del Sistema de Notificación Electrónica, la cual se constituirá en un domicilio digital para la notificación de los actos y actuaciones administrativos emitidos en el contexto de sus funciones y competencias.
Otra de sus obligaciones será brindar asistencia técnica necesaria mediante sus canales de atención indicados; y resolver consultas del administrado relacionadas con la creación y uso de la casilla electrónica. La entidad también implementará, desarrollará y mantendrá actualizado y operativo el Sistema de Notificación Electrónica; y comunicará en tiempo real al administrado sobre cualquier contingencia respecto a este sistema, puntualiza.
Contenidos
Las notificaciones vía casilla electrónica de Susalud consignarán el texto íntegro del acto o actuación administrativos, incluyéndose su motivación; así como la identificación del procedimiento dentro del cual haya sido dictado, indica la propuesta.
Se consignarán también las unidades de organización, órganos resolutivos, dependencias y/o los órganos desconcentrados de la superintendencia de los cuales procederá el acto o actuación administrativos y su dirección; así también la fecha de vigencia de estos y la mención de que se agota la vía administrativa, de corresponder.
El proyecto de reglamento señala que cuando se trate de una notificación dirigida a terceros, se agregará, además, cualquier otra información que pueda ser importante para proteger los intereses y derechos de este.
La expresión de los recursos que proceden, el órgano ante el cual deben presentarse los recursos y el plazo para interponerlos, se incluirán en la notificación, anota.
Aportes
El proyecto se encuentra en la sede digital del Minsa (https://www.gob.pe/institucion/minsa/normas-legales) para recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía.
Los aportes se enviarán al correo webmaster@minsa.gob.pe o presentarán en la mesa de partes ubicada en la avenida Salaverry N.° 801, Jesús María, de lunes a viernes, de 8:30 horas a 16:30 horas, durante 15 días calendario.