Ley N.° 32564: nuevas modificaciones a la normativa sobre el uso de los símbolos patrios
Así lo precisa la Ley N.° 32564, que modifica los artículos 11, 16 y 24 de la Ley N° 32251, Ley que unifica y armoniza la regulación de los símbolos de la patria, símbolos del Estado y emblemas nacionales, con relación al uso del escudo de armas y de la lema nacional en las monedas y billetes.
El primero de los artículos mencionados subraya que el escudo de armas, creado mediante Ley del 25 de febrero de 1825, es la insignia que simboliza a las Fuerzas Armadas, a la Policía Nacional y a la República del Perú.
Está compuesto por el blasón y el timbre del escudo nacional. Lleva por soportes una rama de palma con dos puntas dobladas a la derecha y una de laurel con ocho bayas rojas a la izquierda, entrelazadas en la parte inferior por una cinta con la secuencia de colores rojo, blanco y rojo, detalla.
El escudo de armas representa la identidad visual de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú. Se utiliza solo en la bandera de guerra, en sus escudos institucionales, en los uniformes y en condecoraciones oficiales. Asimismo, podrá ser usado por el Banco Central de Reserva del Perú en los billetes y monedas que emita, indica.
Respecto al Artículo 16, la ley remarca que el lema nacional “Firme y feliz por la unión”, creada por la Resolución Legislativa del 25 de febrero de 1825, es el emblema nacional que consiste en la divisa acuñada que representa el ideal de la independencia y fundación de la República del Perú y forma parte de la identidad visual de las entidades del Estado. Su creación es de autor anónimo, explica.
Sobre el Artículo 24, Uso del escudo nacional y del gran sello del Estado en documentos oficiales, además de lo citado, la norma establece que los sellos postales, documentos de identidad, licencias de conducir, pasaportes, carnés de extranjería, carnés universitarios y técnicos, y todos los documentos de identificación oficiales del Estado que en adelante se elaboren o impriman, ostentarán el escudo nacional, puntualiza.
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