• JUEVES 26
  • de marzo de 2026

Derecho

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DERECHO

El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, jueves 26 de marzo del 2026


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia en 12 distritos y ocho centros poblados de provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 27 de marzo de 2026, el Estado de Emergencia declarado en doce (12) distritos y ocho (8) centros poblados de cuatro provincias pertenecientes a los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín y Cusco, mediante el Decreto Supremo Nº 040-2026-PCM.

Asimismo, prorrogó por el mismo lapso el Estado de Emergencia declarado en la franja territorial denominada “Eje Energético del Gas de Camisea”, la cual abarca una distancia de ocho (8) kilómetros a cada lado del Sistema de Transporte de Gas Natural y Líquidos de Gas Natural, desde el Centro Poblado Nuevo Mundo en el distrito de Megantoni, de la provincia de La Convención, departamento de Cusco, hasta el distrito de Anco en la provincia de La Mar, departamento de Ayacucho.

También, el citado poder del Estado prorrogó el Estado de Emergencia declarado en la franja territorial denominada “Corredor Operacional Fluvial - Terrestre del Ene”; que abarca un
espacio territorial hacia ambas márgenes del Río Ene, cuyos límites se detallan en el mencionado  decreto supremo. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Declaran por 60 días el Estado de Emergencia en las provincias de Trujillo y Virú del departamento de La Libertad

Declaran por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en las provincias deTrujillo y Virú del departamento de La Libertad, para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 041-2026-PCM por lo que se establece que la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determinará las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.

Durante el Estado de Emergencia en las circunscripciones señaladas se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2
de la Constitución Política del Perú.

Para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se deberá solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación de acuerdo al artículo 4 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, y la normatividad vigente. 

Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo.


PODER EJECUTIVO
Aprueban la Directiva Nacional de Movilización para la Defensa Nacional y el Orden Interno

El Poder Ejecutivo aprobó la Directiva Nº 001-2026-SIDENA-COSEDENA, denominada “Directiva Nacional de Movilización para la Defensa Nacional y el Orden Interno”, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2026-PCM.

Por ende, se dispuso también publicar la citada directiva en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Defensa, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, del Ministerio de Relaciones Exteriores. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Aprueban la Política General de Gobierno: Seguridad Ciudadana, Continuidad Económica y Transición Democrática

El Poder Ejecutivo aprobó la Política General de Gobierno: Seguridad Ciudadana, Continuidad Económica y Transición Democrática, que incluye ejes y lineamientos, para el presente mandato presidencial a julio de 2026.

Fue mediante el Decreto Supremo N° 043-2026-PCM con el cual se precisa que la Política General de Gobierno: Seguridad Ciudadana, Continuidad Económica y Transición Democrática es de aplicación inmediata por todas las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales
y locales y sus entidades adscritas, las universidades públicas, las mancomunidades regionales y municipales y el resto de entidades del Estado de acuerdo a lo señalado en el artículo 3 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018
PCM, en el contexto de sus competencias.

La Política General de Gobierno: Seguridad Ciudadana, Continuidad Económica y Transición Democrática se desarrollará sobre los ejes Seguridad Ciudadana, Continuidad Económica y Transición Democrática, los cuales se encuentran interrelacionados y guardan consistencia con el marco de políticas y planes del país. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Declaran de interés nacional la realización del evento deportivo internacional “IRONMAN 70.3 LIMA - PERÚ 2026”

El Ministerio de Educación (Minedu) declaró de interés nacional la realización del evento deportivo internacional “IRONMAN 70.3 LIMA – PERÚ 2026”, a llevarse a cabo en la ciudad de Lima de la República del Perú, el 26 de abril de 2026, con la finalidad de constituir una plataforma de especial relevancia para el desempeño de nuestros deportistas de alta competencia, dada su trascendencia a nivel internacional.

El “IRONMAN 70.3 LIMA – PERÚ 2026” constituye un evento deportivo internacional organizado por la Federación Deportiva Nacional de Triatlón (FEDENATRI), cuya realización contará con el respaldo de la Corporación Mundial de Triatlón (WTC, por sus siglas en inglés), en el cual se prevé la participación de más de 1500 triatletas, provenientes de los cinco continentes, acompañados de delegaciones técnicas, árbitros, jueces y autoridades deportivas internacionales, cifra que incluye aproximadamente a 600 deportistas peruanos; contribuyendo así a la promoción de este deporte en nuestro país y la obtención de un impacto económico y social positivo en el territorio peruano, detalla el Decreto Supremo Nº 004-2026-MINEDU.

Por ende, todos los organismos públicos de los diversos sectores y niveles de gobierno cuyo ejercicio de competencias incida en la organización y realización del evento deportivo internacional “IRONMAN 70.3 LIMA – PERÚ 2026” a llevarse a cabo en la ciudad de Lima de la República del Perú, el 26 de abril del 2026, participarán de manera conjunta, coordinada, oportuna y con respeto de la diversidad cultural y lingüística del país. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo Integral de la provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco”

El Ministerio de Energía y Minas creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza
temporal denominado “Mesa Técnica para el Desarrollo Integral de la provincia de Chumbivilcas, departamento de Cusco”, dependiente de dicho portafolio.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 130-2026-MINEM/DM con el cual se precisa que este Grupo de Trabajo Multisectorial, que contará con una Secretaría Técnica, tiene por objeto fortalecer la articulación entre los distintos niveles de gobierno y la ciudadanía, con la finalidad de coordinar, promover y realizar el seguimiento a las entidades competentes, para el cierre de brechas en la provincia de Chumbivilcas, departamento del Cusco, principalmente en los ejes de minero - energético, educación, salud, transportes, agricultura y riego, y vivienda, construcción y saneamiento.

El citado Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y tendrá una vigencia de trecientos sesenta y cinco (365) días calendario, contados a partir de su instalación, plazo a cuyo término deberá presentar al Titular del Ministerio de Energía y Minas un informe final, conteniendo las actividades
desarrolladas y sus resultados. 
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MINISTERIO DE SALUD
Crean Grupo de Trabajo Multisectorial para evaluar temas relacionados al abastecimiento y suministro de productos farmacéuticos y dispositivos médicos, priorizando aquellos vinculados con el tratamiento de las enfermedades oncológicas en el país

El Ministerio de Salud (Minsa) creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente de dicho portafolio, con el objeto de evaluar temas relacionados al abastecimiento
y suministro de productos farmacéuticos y dispositivos médicos, priorizando aquellos vinculados con el tratamiento de las enfermedades oncológicas en el país.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 280-2026/MINSA con la cual se precisa que los representantes titulares y alternos de este Grupo de Trabajo Multisectorial, que estará presidido por un representante del despacho ministerial del Minsa, serán acreditados a través de comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del mimo Grupo de Trabajo Multisectorial, en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la mencionada Resolución Ministerial. 

El Grupo de Trabajo Multisectorial se instalará en un plazo que no exceda de tres (03) días hábiles, contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación
de sus miembros y, tendrá
 una vigencia de noventa (90) días calendario contados desde el día de su instalación, plazo en el cual presentará al titular del Minsa el informe final detallando los resultados de las acciones realizadas, y las recomendaciones planteadas. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban primera convocatoria del Programa Techo Propio en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, con recursos del canon de la Municipalidad Distrital de San Marcos, para el otorgamiento de hasta 138 Bonos Familiares Habitacionales

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó la primera convocatoria del Programa Techo Propio en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, con recursos del canon de la Municipalidad Distrital de San Marcos, para el otorgamiento de hasta
ciento treinta y ocho Bonos Familiares Habitacionales en el distrito de San Marcos de la provincia de Huari del departamento de Áncash, dirigida a la población que cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo para Acceder al Bono Familiar Habitacional
en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, aprobado por la Resolución Ministerial N° 071-2024-VIVIENDA; así como, a las Entidades Técnicas con código de registro vigente.

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 100-2026-VIVIENDA el valor del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio para la presente convocatoria es S/ 75,000.00 (Setenta y cinco mil y 00/100 soles), y el ahorro mínimo es S/ 1.00 (Uno y 00/100 sol), montos que se establecen en el Convenio de transferencia de recursos entre la Municipalidad Distrital de San Marcos, el Fondo MIVIVIENDA S.A. y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Convenio N° 067-2025-VIVIENDA, suscrito en el marco del artículo 12 de los Procedimientos para la intervención del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con recursos que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
reciban por concepto de Canon, aprobado por el Decreto Supremo N° 024-2019-VIVIENDA.
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CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32568: Autorizan el nombramiento al régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de fomento del empleo, a los trabajadores del Seguro Social de Salud - EsSalud beneficiarios de la Ley N° 31539, y al régimen laboral bajo el Decreto Legislativo N° 1057 Contrato Administrativo de Servicios a plazo Indeterminado - CAS beneficiarios de la Ley N° 31538
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 25 de marzo del 2026)

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32568, Ley que autoriza el nombramiento al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, Ley de fomento del empleo, a los trabajadores del Seguro Social de Salud - EsSalud beneficiarios de la Ley N° 31539, y al régimen laboral bajo el Decreto Legislativo 1057 Contrato Administrativo de Servicios a plazo Indeterminado - CAS beneficiarios de la Ley N° 31538.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se autoriza entonces el
nombramiento e incorporación al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, a los profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de salud y personal administrativo, contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, en el marco de la Ley Nº 31538 y Ley Nº 31539, del Ministerio de Salud (Minsa) y EsSalud que cumplan con las condiciones y
requisitos establecidos en la propia norma.

El proceso de nombramiento al Régimen del Decreto Legislativo N° 728 y CAS Decreto Legislativo N° 276 comprendido en esta ley, se iniciará a los treinta (30) días hábiles de su entrada en vigencia, conforme a la disponibilidad presupuestal y la normativa vigente de cada entidad señalada. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE CULTURA
Aprueban el “Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu - Parque Arqueológico
Nacional 2026 - 2031” Machupicchu
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 25 de marzo del 2026)

El Ministerio de Cultura aprobó el “Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu - Parque Arqueológico Nacional Machupicchu, 2026 - 2031”, respecto a las competencias
del sector cultura, mediante la Resolución Ministerial Nº 000075-2026-MC.

Por tanto, dicho portafolio dispuso la publicación del citado plan en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura). Conozca la norma aquí

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