El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, viernes 27 de marzo del 2026
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Resolución Legislativa N° 32569: Aprueban Convención para Lograr la Unificación Internacional y el Perfeccionamiento del Sistema Métrico suscrita en París, República Francesa, el 20 de mayo de 1875 (la “Convención del Metro”) y enmendada por la Cuarta Conferencia General de Pesos y Medidas, reunida en París, República Francesa, el 17 de octubre de 1907, así como por la Convención suscrita en Sèvres, República Francesa, el 6 de octubre de 1921
El Poder Ejecutivo publicó la Resolución Legislativa que aprueba la Convención para Lograr la Unificación Internacional y el Perfeccionamiento del Sistema Métrico suscrita en París, República Francesa, el 20 de mayo de 1875 (la “Convención del Metro”) y enmendada por la Cuarta Conferencia General de Pesos y Medidas, reunida en París, República Francesa, el 17 de octubre de 1907, así como por la Convención suscrita en Sèvres, República Francesa, el 6 de octubre de 1921.
Se trata de la Resolución Legislativa N° 32569, aprobada por el Congreso de la República.
Ley N° 32570: Modifican “Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo”, a fin de promover la alimentación saludable en condiciones de salubridad
El Congreso de la República publicó la Ley N° 32570, Ley que modifica la Ley N° 30198, “Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo”, a fin de promover la alimentación saludable en condiciones de salubridad.
De acuerdo con la norma, aprobada por el Poder Legislativo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) es el encargado de establecer los criterios técnicos para la capacitación y promoción sobre el expendio de bebidas naturales y tradicionales, así como de otros productos complementarios de su actividad comercial como sánguches y similares, para la formalización, el acceso adecuado a la información con carácter gratuito y público, y la promoción, difusión y reconocimiento de los derechos sociolaborales relacionados a los expendedores o vendedores de bebidas naturales y tradicionales.
Los gobiernos locales asegurarán que la capacitación contemple, como mínimo, los siguientes temas: a) buenas prácticas en la manipulación de alimentos, b) valor nutritivo de las preparaciones, c) técnicas culinarias en la preparación de los alimentos, d) propiedades de los alimentos medicinales, granos y semillas tradicionales, e) mecanismos para la formalización de proyectos y f) manejo de residuos. Los temas podrán ser ampliados según las necesidades y el perfil nutricional de la población.
Además,los gobiernos locales ejecutarán la capacitación dirigida a los expendedores o vendedores en la vía pública de bebidas naturales y tradicionales, así como de sánguches nutritivos elaborados con insumos nacionales, que se encuentren asociados o agrupados formalmente. La capacitación se realizará en coordinación con los ministerios competentes, a fin de contar con los profesionales o especialistas necesarios.
La vestimenta de los expendedores o vendedores y la presentación de los módulos de venta en la vía pública de bebidas naturales y tradicionales, así como de otros productos complementarios de su actividad comercial como sánguches y similares se rigirán bajo las normas sanitarias vigentes de manipulación de alimentos o las normas sanitarias para restaurantes y servicios afines. En ningún caso podrá exigirse el uso de colores afines a partidos políticos o al gobierno local del lugar donde venden sus productos alimenticios, con excepción del escudo o distintivo de cada gobierno local.
El Registro Nacional de Emolienteros del Perú (RNEP) estará a cargo del MTPE, con la información que recaben los gobiernos locales en virtud del Registro de Emolienteros implementado dentro de su jurisdicción y con la colaboración de los gobiernos regionales en la emisión de información necesaria respecto de su organización, sindicalización y registro.
Así, la norma modificatoria incorpora los artículos 6, 7 y 8 en la Ley que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo.
Ley N° 32571: Declaran de interés nacional y necesidad pública la creación del puerto espacial
El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32571, Ley que declara de interés nacional y necesidad pública la creación del puerto espacial.
De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se declara de interés nacional y necesidad pública la creación del puerto espacial en territorio peruano, con la finalidad de posicionar al Perú como líder regional en el ámbito espacial.
El Ministerio de Defensa será el sector encargado de coordinar las diferentes acciones para la implementación de dicha ley, en el contexto de su competencia. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
Aprueban la “Guía de Turismo Accesible, Turismo para Todos”
El Ministerio de Comercio Exterior (Mincetur) aprobó la “Guía de Turismo Accesible, Turismo para Todos”, mediante la Resolución Ministerial Nº 0074-2026-MINCETUR.
Dicha guía tiene como objeto promover la implementación del marco normativo en temas de accesibilidad y establecer el desarrollo de buenas prácticas para la creación y adaptación de servicios turísticos accesibles, innovadores, seguros y de calidad, en base a las características y necesidades de las personas con discapacidad, personas adultas mayores y personas con movilidad reducida.
Por ende, el Mincetur dispuso la publicación de la citada guía en el Portal Web Institucional del mencionado portafolio (www.gob.pe/mincetur). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban Reglamento de Participación Ciudadana en la evaluación ambiental de los proyectos de inversión y actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobó el Reglamento de Participación Ciudadana en la evaluación ambiental de los proyectos de inversión y actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2026-VIVIENDA.
La norma reglamentaria establece el marco jurídico predictible que regula la participación ciudadana en los procesos de evaluación ambiental para fortalecer el derecho a la participación, optimizando la gestión socioambiental y promoviendo relaciones armoniosas entre la población, el Estado y los titulares de los proyectos de inversión y actividades de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento.
El Reglamento de Participación Ciudadana en la evaluación ambiental de los proyectos de inversión y actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, consta de cuarenta y dos artículos, tres Disposiciones Complementarias Finales, una Disposición Complementaria Transitoria y un Anexo. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Aprueban la primera convocatoria a escala nacional del Programa Techo Propio para el año 2026 para el otorgamiento de hasta 14,880 Bonos Familiares Habitacionales en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanemiento aprobó la primera convocatoria a escala nacional del Programa Techo Propio para el año 2026, para el otorgamiento de hasta catorce mil ochocientos ochenta Bonos Familiares Habitacionales en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, dirigida a la población que cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo para acceder al Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 071-2024-VIVIENDA; así como, a las Entidades Técnicas con registro vigente.
Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 102-2026-VIVIENDA por la cual se establece que para la convocatoria aprobada, el valor del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción de Viviendas en Sitio Propio será de 6 Unidades Impositivas Tributarias, salvo para los departamentos señalados en el cuadro que se detalla en el cual se establecen porcentajes
Autorizan ejecución del Registro Nacional de Municipalidades 2026 y aprueban formularios para el levantamiento de información estadística
El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) autorizó la ejecución del Registro Nacional de Municipalidades 2026, que se ejecutará a partir del 1 de abril al 8 de mayo del 2026 en el país, con la finalidad de actualizar la información estadística de las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados del país, a cargo de su Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales.
Fue mediante la Resolución Jefatural N° 077-2026-INEI con la cual se aprueba el Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales; y el Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, que serán diligenciados en el Registro Nacional de Municipalidades 2026, los cuales serán remitidos a todas las municipalidades del país, mediante el correo electrónico o mesa de partes virtual en formato PDF para su diligenciamiento por el Alcalde u otro funcionario municipal que delegue.
Los Formularios, también estarán disponibles en la página Web del INEI https://www.gob.pe/inei, para su diligenciamiento en la Plataforma en Línea.
Para acceder a la Plataforma se deberá ingresar la clave de acceso que será proporcionada mediante oficio dirigido al Alcalde. Conozca la norma aquí
OEFA
Aprueban la “Metodología para el cálculo de multas y aplicación de los factores de graduación de multas en el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó la “Metodología para el cálculo de multas y aplicación de los factores de graduación de multas en el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA”, mediante la Resolución del Consejo Directivo
Nº 00005-2026-OEFA/CD.
Dicha metodología establece los criterios para el cálculo de multas y la aplicación de factores de graduación respecto de las infracciones cuya sanción pecuniaria no puede superar el monto máximo previsto en la normativa aplicable.
En ese contexto, se aplicará a los administrados sujetos a fiscalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Sinefa), involucra a toda persona natural o jurídica, pública o privada que desarrolla una actividad que se encuentra bajo el ámbito de competencia del OEFA, aun cuando no cuenten con permisos, autorizaciones ni títulos habilitantes para el ejercicio de las mismas.
En el caso de las personas jurídicas de derecho público, se diferencian las empresas públicas de los organismos de derecho público que prestan servicio en beneficio de la ciudadanía en donde existe imposibilidadde omisión. Conozca la norma aquí
SERNANP
Aprueban tarifas promocionales para el ingreso a Áreas Naturales Protegidas de administración nacional durante el periodo del 2 al 5 de abril del 2026
El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) aprobó aprobó tarifas promocionales para el ingreso a Áreas Naturales Protegidas de administración nacional durante el periodo del 2 al 5 de abril del 2026, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000077-2026-SERNANP/PE.
De acuerdo con la norma, se aprueban tarifas promocionales, conforme a la tarifa que se adquiera, consistente en permitir el ingreso dos (02) visitantes por el precio de uno (01), a las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional, que se detallan a aplicarse en el periodo del 2 al 5 de abril del 2026 y de manera exclusiva a los tickets digitales adquiridos mediante la plataforma web: www.visitaareasnaturales.sernanp.gob.pe. Conozca la norma aquí
SUNAT
Regulan el pago y/o la compensación del IGV e IPM que gravan la utlización de servicios prestados por no domiciliados y del IGV e IPM retenidos por operaciones en las que se emite la liquidación de compra y modifica el Declara Fácil 617 - Otras retenciones y la normativa sobre la reversión de dicha liquidación
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció disposiciones relativas al pago y/o la compensación del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto de Promoción Municipal (IPM) que gravan la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados y al pago del IGV y del IPM retenidos por operaciones en las que se emiten liquidaciones de compra y pólizas de adjudicación con ocasión del remate o subasta de bienes; y modificó el plazo para efectuar la reversión de la liquidación de compra electrónica.
Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000047-2026/SUNAT que tiene por finalidad que, tratándose del IGV y del IPM que gravan la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados y del IGV e IPM retenidos por operaciones en las que se emite la liquidación de compra, el pago y/o la compensación de dicho impuesto con el saldo a favor materia del beneficio se vinculen al comprobante de pago u operación, según sea el caso, así como que se reduzca el plazo para efectuar la reversión de la liquidación de compra electrónica; lo cual permitirá que la propuesta de registro de compras electrónico contenga información adicional evitando así que el contribuyente deba colocarla y, además, se reduzca la posibilidad de modificar la información relativa a las liquidaciones de compra electrónicas. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Crean el “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el objeto de culminar diagnóstico territorial participativo y proponer mejoras en las prestaciones sociales de los programas sociales del MIDIS en las comunidades nativas de las Cuencas del Río Corrientes, Tigre, Pastaza y Marañón en la Amazonia Peruana, y según el informe final del Grupo de Trabajo creado mediante Resolución Ministerial Nº 119-2021-MIDIS”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del jueves 26 de marzo del 2026)
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) creó el “Grupo de Trabajo de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el objeto de culminar diagnóstico territorial participativo y proponer mejoras en las prestaciones sociales de los programas sociales del MIDIS en las comunidades nativas de las Cuencas del Río Corrientes, Tigre, Pastaza y Marañón en la Amazonia Peruana, y según el informe final del Grupo de Trabajo creado mediante Resolución Ministerial Nº 119-2021-MIDIS”
Fue mediante la Resolución Ministerial Nº D000089-2026-MIDIS con la cual se establece que dicho Grupo de Trabajo, que estará presidido por el Viceministro de Prestaciones, se instalará en el plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la citada Resolución Ministerial.
El Grupo de Trabajo tendrá un plazo de vigencia de trescientos sesenta (360) días calendario contados desde su instalación. Sin embargo, mediante su Presidencia podrá solicitar una ampliación de plazo en caso lo considere necesario, debiendo sustentar dicha solicitud ante la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, para su posterior remisión al Despacho Ministerial del MIDIS, y en caso la ampliación sea mayor a dos (02) años, deberá solicitar opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública.