Aprobación del Acuerdo de Comercio Electrónico fortalece integración del Perú en la economía digital
Herramienta tiene como objetivo facilitar el comercio digital, fortalecer la confianza y generar nuevas oportunidades para las mipymes.
Este logro es parte de las reuniones que se desarrollan en la Decimocuarta Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en Yehudé, Camerún, donde el Perú se unió a 65 miembros de la OMC que adoptaron esta decisión, y que, en conjunto, representan cerca del 70 % del comercio mundial.
“En un contexto en el que más del 60 % del PBI mundial está vinculado a transacciones digitales, este acuerdo ha sido diseñado para facilitar el comercio electrónico, fortalecer la confianza en el entorno digital y reducir la fragmentación regulatoria que dificulta su expansión. En particular, busca establecer compromisos globales que permitan aprovechar plenamente el potencial de la economía digital”, manifestó el viceministro de Comercio Exterior, César Llona, quien participa en representación del ministro, José Reyes.
Bajo este instrumento, el Perú asume, por primera vez, compromisos en materia de comercio digital con diversos socios comerciales de América, Europa y Asia, ampliando así las oportunidades de integración en mercados clave.
El Acuerdo de Comercio Electrónico de la OMC ofrece importantes oportunidades para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) al permitir internacionalizar servicios de manera digital, sin necesidad de establecer presencia física en el exterior. Asimismo, incorpora un compromiso permanente de no imponer derechos de aduana a las transmisiones electrónicas, dando certeza y previsibilidad a las empresas que participan en el comercio digital transfronterizo.
Carácter vinculante
- Durante la Decimocuarta Conferencia Ministerial de la OMC (CM14), se adoptó una Declaración, junto con disposiciones interinas y mecanismos de arbitraje, que permitirán la entrada en vigor del acuerdo como instrumento plurilateral una vez que más de 45 miembros completen sus procedimientos internos. Este instrumento comercial tendrá carácter vinculante entre sus participantes hasta su eventual incorporación al marco de la OMC.
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