• DOMINGO 5
  • de abril de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 29 de marzo al 4 de abril del 2026


Domingo 29 de marzo del 2026

MINISTERIO DEL AMBIENTE
Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el año 2026” del Ministerio del Ambiente

El Ministerio del Ambiente (Minam) aprobó su “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el año 2026” mediante la Resolución Ministerial Nº D000096-2026-MINAM.

Dicho plan ha sido elaborado en base a la información proporcionada por las unidades de organización del Minan y organismos adscritos, en el contexto de la Directiva Nº 001-2024-PCM-SD.

En consecuencia, se dispuso la publicación del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales para el año 2026” del Minam, en la sede digital de este portafolio (www.gob.pe/minam). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2026”

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2026”, mediante la Resolución Ministerial Nº 078-2026-MINCETUR.

Dicha estrategia tiene como objeto establecer las condiciones para el otorgamiento de subvenciones concursables a favor de las unidades económicas artesanales, integradas por
personas naturales con negocio (artesanos) y personas jurídicas (asociaciones de artesanos, empresas de la actividad artesanal o cooperativas artesanales), que realicen actividades de producción, promoción, comercialización y/o articulación comercial de la artesanía, así como establecer las disposiciones operativas para el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de la referida Estrategia.

El Mincetur encarga a la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo del Mincetur, la difusión, la implementación, el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de las metas de la Estrategia aprobada.

En consecuencia, se dispone la publicación de la citada Estrategia en el Portal Web Institucional del Mincetur (www.gob.pe/mincetur). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Aprueban el Documento Técnico: “Plan Nacional de Telesalud 2026”

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó el Documento Técnico: “Plan Nacional de Telesalud 2026” mediante la Resolución Ministerial Nº 293-2026/MINSA.

Dicho documento técnico se elaboró con la finalidad de contribuir con el acceso equitativo y oportuno a los servicios de salud, a través de la Telesalud; disminuyendo la morbimortalidad en la población a escala nacional.

En ese contexto, el Minsa encarga a la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, en el marco de sus funciones, la difusión, asistencia técnica, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento del plan nacional aprobado.

Además, encarga a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de aquel plan nacional en la sede digital del Minsa (www.gob.pe/minsa). Conozca la norma aquí


Lunes 30 de marzo del 2026

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban la Hoja de Ruta de Economía Circular en el Sector Turismo al 2030

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) aprobó la “Hoja de Ruta de Economía Circular en el Sector Turismo al 2030” mediante el Decreto Supremo N° 003-2026-MINCETUR.

Dicha Hoja de Ruta tiene como finalidad contribuir al incremento de la productividad, competitividad y sostenibilidad del sector turismo, mediante la transición sistémica, justa, efectiva, coherente y coordinada hacia un turismo circular.

La Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, a través de la Dirección de Asuntos Ambientales Turísticos del Viceministerio de Turismo del Mincetur será el órgano encargado de
articular la implementación, cumplimiento y seguimiento de la "Hoja de Ruta de Economía Circular en el Sector Turismo al 2030" con las dependencias y organismos públicos adscritos del Mincetur, así como con las entidades externas identificadas como responsables en la referida Hoja de Ruta.

Por ende, se dispone la publicación de la citada Hoja de Ruta en la Plataforma Digital Única
del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en las sedes digitales del Mincetur (www.gob.pe/mincetur) y del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban el procedimiento para la consolidación de la información del Catastro Fiscal

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el “Procedimiento para la consolidación de la información del Catastro Fiscal”, mediante la Resolución Ministerial N° 145-2026-EF/15.

De esta manera, dicho portafolio establece el procedimiento que regula la consolidación de la información del Catastro Fiscal en los Gobiernos Locales, con el fin de integrar y estandarizar la información de trascendencia fiscal relacionada con predios urbanos y rurales, proveniente de los Gobiernos Locales y de otras entidades que generen o administren registros de predios o información fiscal relacionada a estos.

El Catastro Fiscal constituye un inventario de información de trascendencia fiscal que comprende las características básicas de los predios que hagan posible su identificación y valorización. Por su naturaleza de exclusivo uso fiscal, el Catastro Fiscal no se encuentra regulado por la Ley Nº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el registro de predios.

En ese contexto, se fijan dos modalidades para iniciar el procedimiento de consolidación de la información del Catastro Fiscal. Una por Estrategia y otra por solicitud. La primera aplica a los Gobiernos Locales seleccionados en el marco de la Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal, la cual se aprueba anualmente mediante Resolución Ministerial. En tanto que la modalidad por solicitud aplica a los Gobiernos Locales que deseen ser incorporados al Catastro Fiscal. 

El Procedimiento para la consolidación de la información del Catastro Fiscal se compone de diez (10) fases, cada una diseñada para asegurar el cumplimiento de los estándares establecidos en artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de catastro fiscal y dicta otras disposiciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 226-2023-EF y, garantizar una validación óptima de la información generada.

Además, este procedimiento aplica a las dos modalidades referidas, aunque su ejecución puede estar sujeta a restricciones especificas según lo señalado en cada fase. 

Las fases del citado procedimiento son:. Inducción y recopilación de información, Diagnóstico, Acondicionamiento de la Base gráfica, Acondicionamiento del padrón predial, Vinculación, Aplicación de procesos de control de calidad, Asignación del Código Predial Único y publicación, Asignación de usuarios a la Plataforma, Validación técnica interinstitucional y De la identificación y el cierre de brechas. Conozca la norma aquí


RENIEC
Admiten el Documento Nacional de Identidad - DNI de menor de edad, para los efectos de sufragar en las Elecciones Generales 2026, a realizarse el día domingo 12 de abril de 2026

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) admitió el Documento Nacional de Identidad - DNI de menor de edad, para los efectos de sufragar en las Elecciones Generales 2026, a realizarse el día domingo 12 de abril de 2026.

Fue mediante la Resolución Jefatural N° 000039-2026/JNAC/RENIEC con la cual se precisa que ello solo surtirá efectos para el ejercicio del derecho constitucional al sufragio en las Elecciones
Generales 2026.

El Reniec dispuso poner esta medida en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones - JNE y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE. Conozca la norma aquí


Martes 31 de marzo del 2026

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Formalizan la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial para el diseño del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Seguridad Ciudadana y la Lucha contra la Criminalidad

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) formalizó la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, para el diseño del Programa Presupuestal orientado a Resultados (PPoR) de Seguridad Ciudadana y la Lucha contra la Criminalidad, con el objeto de desarrollar los contenidos técnicos del PPoR, dependiente de dicho portafolio; con una duración de trescientos treinta (330) días calendario contados a partir de su instalación o hasta culminar la labor encomendada.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 146-2026-EF/10 con la cual se establece que el citado Grupo de Trabajo Multisectorial, que estará presidido por el titular del MEF y que contará con una Secretaría Técnica, se instalará ,con la participación de los miembros titulares, previa convocatoria de la Secretaría Técnica, dentro del plazo de los siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada Resolución. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban el documento denominado “Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal 2026”

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el documento denominado “Estrategia
de Gestión del Catastro Fiscal 2026”, mediante la Resolución Ministerial N° 148-2026-EF/15.

Dicho documento determina las metas, plazos y objetivos establecidos para el año fiscal en curso respecto a la incorporación obligatoria de gobiernos locales al Catastro Fiscal, así como otros aspectos relacionados para la consolidación, mantenimiento y actualización del mismo.

El Catastro Fiscal, cuyas características y usos se establecieron por intermedio del Decreto Legislativo N° 1557, constituye un inventario de información de trascendencia fiscal que comprende las características básicas de los predios que hagan posible su identificación y valorización. Por su naturaleza de exclusivo uso fiscal, el Catastro Fiscal no se encuentra regulado por la Ley Nº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el registro de predios.

En ese contexto, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 226-2023-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, establece que la implementación del Catastro Fiscal, así como su Plataforma, es de obligatorio cumplimiento para los gobiernos locales; precisando, que dicha implementación se realiza de manera progresiva conforme a lo establecido en la Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal que apruebe anualmente el MEF durante el primer trimestre de cada año fiscal. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Crean el Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, denominado “Mesa de Trabajo para promover el trabajo decente y abordar la formalización laboral en las cadenas de suministro de la actividad agrícola de exportación”

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) creó el Grupo de Trabajo, de naturaleza temporal, dependiente de dicho portafolio, denominado “Mesa de Trabajo para promover el trabajo decente y abordar la formalización laboral en las cadenas de suministro de la actividad agrícola de exportación”.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 076-2026-TR con la cual se establece que aquel Grupo de Trabajo, que estará presidido por un representante del Despacho Viceministerial de Trabajo, tiene por objeto abordar y articular los planteamientos del sector empresarial sobre
promoción del trabajo decente y la formalización laboral, a través de las cadenas de suministro, en la actividad agrícola de exportación.

Los integrantes que conformarán el citado Grupo de Trabajo así como sus representantes alternos, se acreditarán mediante comunicación escrita a su Secretaría Técnica dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución ministerial.

Por ende, el referido Grupo de Trabajo se instalará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la citada resolución ministerial.

Tendrá una vigencia por un período de seis (6) meses, contados a partir del día siguiente de su
instalación, pudiendo prorrogarse dicho plazo por un período adicional. 

Cumplido dicho plazo, el citado Grupo de Trabajo deberá presentar su informe final sobre las acciones desarrolladas con las recomendaciones pertinentes, en concordancia con su objeto.


INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Aprueban el documento normativo denominado “Documento Técnico: Buenas Prácticas Ergonómicas para la Manipulación Manual de Cargas”

El Instituto Nacional de Salud (INS) aprobó el Documento Normativo denominado “Documento Técnico: Buenas Prácticas Ergonómicas para la Manipulación Manual de Cargas” mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000077-2026-INS/PE.

Dicho Documento Normativo establece criterios técnicos para la aplicación de buenas prácticas de trabajo en la manipulación manual de cargas, buscando prevenir los riesgos que implica dicha manipulación en el trabajador, asegurando su salud integral.

El INS encarga al Centro Nacional de Salud Ocupacional y Protección del Ambiente la difusión del Documento Técnico aprobado.

Para tal efecto, se encarga a la Unidad de Comunicación e Imagen Institucional que proceda a
publicar el citado Documento Técnico en el Portal Institucional del INS (www.ins.gob.pe).
Conozca la norma aquí


SUNAT
Regulan la emisión electrónica del documento autorizado emitido por servicios aeroportuarios prestados a favor de pasajeros

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) reguló la emisión electrónica del documento autorizado emitido por servicios aeroportuarios prestados a favor de pasajeros y del documento de atribución, designó emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica, modificó la normativa de ese sistema y otros.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia Nº 000048-2026/SUNAT con lo cual se busca ampliar el uso del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes relacionadas con la emisión de comprobantes de pago, e incluir nueva información en las propuestas que se ponen a disposición del contribuyente mediante el Sistema Integrado de Registros Electrónicos, regulado por la Resolución de Superintendencia Nº 000112-2021/SUNAT, permitiendo optimizar el control por parte de la Sunat. Conozca la norma aquí


SUNAT
Aprueban el programa para el envío de información a la Sunat denominado PEI WEB

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó el programa para el envío de información a la SUNAT denominado PEI WEB que reemplaza al programa de envío de información a que se refiere la Resolución de Superintendencia N° 159
2017/SUNAT y establece la obligación de informar a través del nuevo programa dos documentos autorizados

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000049-2026/SUNAT con la cual se precisa que la medida tiene por finalidad brindar mayores facilidades a los contribuyentes para enviar la
información que se encuentren obligados a proporcionar a la entidad recaudadora, así como mejorar el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias relacionadas con dicha
información. Conozca la norma aquí


PODER JUDICIAL
Prorrogan por tres meses el funcionamiento de la Primera, Tercera y Cuarta Salas de Derecho Constitucional y Social Transitorias; y la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República

La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) prorrogó, a partir del 1 de abril del 2026 y por el término de tres meses, el funcionamiento de la Primera, Tercera y Cuarta Salas de Derecho Constitucional y Social Transitorias; y la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente.

Fue mediante la Resolución Administrativa N° 000038-2026-P-CE-PJ debido a que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver en los mencionados órganos jurisdiccionales. Conozca la norma aquí


Miércoles 1 de abril del 2026

MINISTERIO DEL AMBIENTE
Disponen la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que crea el Área de Conservación Regional Aguas Calientes Maquia

El Ministerio del Ambiente (Minam) dispuso la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que crea el Área de Conservación Regional Aguas Calientes Maquia, así como de su Exposición de Motivos y Expediente Técnico, en la sede digital de dicho portafolio (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam).

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° D000100-2026-MINAM se establece un plazo de quince (15) días calendario contado a partir del día siguiente de la publicación de esta norma en el Diario Oficial “El Peruano”, para recibir comentarios, aportes u opiniones de los interesados.

Los comentarios, aportes u opiniones sobre el citado proyecto deberán remitirse por escrito al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), sito en Calle Diecisiete 355, Urb. El Palomar, Distrito de San Isidro, Provincia y Departamento de Lima; o a la dirección electrónica acraguascalientesmaquia@sernanp.gob.pe; siendo la Dirección de Desarrollo Estratégico del Sernanp la encargada de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Disponen la publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la actualización de 9 formatos de Fichas Técnicas Ambientales para proyectos y actividades en curso que presentan superposición con Áreas Naturales Protegidas, Zonas de Amortiguamiento y Áreas de Conservación Regional

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego dispuso la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la actualización de nueve (09) formatos de Fichas Técnicas Ambientales para proyectos y actividades en curso que presentan superposición con Áreas Naturales Protegidas (ANP), Zonas de Amortiguamiento (ZA) y Áreas de Conservación Regional (ACR), en el marco de lo establecido en la Séptima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Agrario y de Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2024-MIDAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 005-2025-MIDAGRI, y los nueve (09) formatos de Fichas Técnicas Ambientales que se actualizan, en la sede digital del citado portafolio: www.gob.pe/midagri.

Esto, con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios y/o aportes de la ciudadanía, dentro del plazo de diez (10) días útiles, detalla la Resolución Ministerial N° 0104-2026-MIDAGRI.

Las observaciones, comentarios y/o aportes referidos al proyecto de Resolución Ministerial y los nueve (09) formatos de Fichas Técnicas Ambientales citados, deberán remitirse utilizando el “Formato de Observaciones, Comentarios y/o Aportes” , o vía correo electrónico a la dirección consultas_dgaaa@midagri.gob.pe.

La Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios se encargará de la recepción, consolidación, sistematización y análisis de los comentarios, aportes, opiniones y sugerencias, según corresponda, respecto del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la actualización de nueve (09) formatos de Fichas Técnicas Ambientales para proyectos y actividades en curso que presentan superposición con ANP, ZA y ACR, y los nueve (09) formatos de Fichas Técnicas
Ambientales que se actualizan, a fin de elaborar la propuesta final de dichos instrumentos

El mencionado portafolio dispuso la publicación del referido proyecto de Resolución Ministerial, en su sede digital (www.gob.pe/midagri). Conozca la norma aquí


INEI
Aprueban los Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana,
correspondientes al mes de marzo 2026

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) aprobó el Índice de Precios al Consumidor a Nivel Nacional (Base: Dic. 2021 = 100) correspondiente al mes de marzo 2026, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada, mediante la Resolución Jefatural N° 082-2026-INEI.

AÑO / MES

NÚMERO ÍNDICE

BASE: Dic. 2021= 100

VARIACIÓN PORCENTUAL

MENSUAL

ACUMULADA

2026

ENERO

FEBRERO

MARZO

116,02

116,72

119,20

0,12

0,60

2,13

0,12

0,72

2,87


Además, aprobó el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: Dic. 2021 =
100), correspondiente al mes de marzo 2026, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada.

AÑO / MES

NÚMERO ÍNDICE

BASE: Dic. 2021 = 100

VARIACIÓN PORCENTUAL

MENSUAL

ACUMULADA

2026

ENERO

FEBRERO

MARZO

116,01

116,81

119,59

0,10

0,69

2,38

0,10

0,79

3,19





INEI
Aprueban Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de
marzo de 2026

El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) aprobó el Índice de Precios al Por
Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de marzo de 2026, así como su variación porcentual mensual y acumulada, mediante la Resolución Jefatural N° 083-2026-INEI.

AÑO / MES

NÚMERO ÍNDICE

(BASE: DICIEMBRE 2013=100)

VARIACIÓN PORCENTUAL

MENSUAL

ACUMULADA

2026

ENERO

FEBRERO

MARZO

126,084356

126,568178

130,501607

0,07

0,38

3,11

0,07

0,45

3,57


Conozca la norma aquí


OECE
Aprueban la publicación del proyecto de “Directiva de Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley N° 31589 para la reactivación de obras públicas paralizadas”, versión 2

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) aprobó la publicación del proyecto de Directiva N° 010-2025-OECE-CD “Directiva de Bases estándar para los procedimientos especiales de selección a convocar en el marco de la Ley N° 31589 para la
reactivación de obras públicas paralizadas”, versión 2, su exposición de motivos y el proyecto de Resolución que formaliza su aprobación, en la sede digital de dicho organismo (www.gob.pe/oece), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones.

De acuerdo con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000070-2026-OECE-PRE se dispone que los comentarios, aportes u opiniones al proyecto sean recibidos a través de la Mesa de Partes del OECE, ubicada en Av. Punta del Este s/n Edificio “El Regidor” N° 108, Piso 1,  Jesús María, y en la sección https://www.gob.pe/institucion/oece/colecciones/62325-proyectos-normativos-prepublicados de la sede digital del OECE.

La Dirección Técnico Normativa del OECE se encargará de recibir, sistematizar y analizar los
comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


SUNAT
Disponen la publicación en la sede digital de la SUNAT del proyecto de resolución de superintendencia que modifica el procedimiento específico “Inspección no intrusiva de mercancía” CONTROL-PE.00.10 (versión 1) y el procedimiento general “Exportación definitiva” DESPA-PG.02 (versión 7)
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 31 de marzo del 2026)

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica el procedimiento
específico “Inspección no intrusiva de mercancía” CONTROL-PE.00.10 (versión 1) y el procedimiento general “Exportación defi nitiva” DESPA-PG.02 (versión 7), con su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de dicha entidad recaudadora (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recibir los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000054-2026/SUNAT con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general puedan presentarse en las unidades de recepción documental de la Sunat y en la Mesa de Partes Virtual-SUNAT; o, enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: ccruzg@sunat.gob.pe con indicación del proyecto normativo.

La Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera de la Sunat se encargará de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones. Conozca la norma aquí


Jueves 2 de Mayo del 2026

CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32572: Establecen las capitales de los distritos de Iñapari y Tahuamanu de la provincia de Tahuamanu, y de los distritos de Las Piedras y Tambopata de la provincia de Tambopata, del departamento de Madre de Dios

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32572, Ley que establece las capitales de los distritos de Iñapari y Tahuamanu de la provincia de Tahuamanu, y de los distritos de Las Piedras y Tambopata de la provincia de Tambopata, del departamento de Madre de Dios.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, la capital del distrito de Iñapari, provincia de Tahuamanu, departamento de Madre de Dios, es el centro poblado de Iñapari, en la coordenada UTM 436,990.1 m E y 8 790,041.7 m N de referencia.

El centro poblado de Iñapari ha sido identificado en la Cartografía Básica Oficial: Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Iñapari, Perú, 1:100,000, 1º edición, serie J631, hoja 2949 (22-x). Lima, Perú.

En tanto, la capital del distrito de Tahuamanu, provincia de Tahuamanu, departamento de Madre de Dios, es el centro poblado de San Lorenzo, en la coordenada UTM 464,945 m E y 8'733,721.4 m N de referencia.

El centro poblado de San Lorenzo ha sido identificado en la Cartografía Básica Oficial: Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). San Lorenzo, Perú, 1:100,000, 1º edición, serie  J631, hoja 3048 (23-y). Lima, Perú.

Además, la capital del distrito de Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, es el centro poblado de Planchón, en la coordenada UTM 483,657.9 m E y 8'642,571.8 m N de referencia.

El centro poblado de Planchón ha sido identificado en la Cartografía Básica Oficial: Instituto
Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Alegría, Perú, 1:100,000, 1º edición, serie J631,
hoja 3046 (25-y). Lima, Perú.

Mientras, la capital del distrito de Tambopata, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, es el centro poblado de Puerto Maldonado, en la coordenada UTM 480,811.3 m E y 8'607,798.1 m N de referencia.

El centro poblado de Puerto Maldonado ha sido identificado en la Cartografía Básica Oficial:
Instituto Geográfico Nacional (sin fecha de impresión). Puerto Maldonado, Perú, 1:100,000.
1º edición, serie J631, hoja 3045 (26-y). Lima, Perú. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 3257: Ley de saneamiento de límites y tramos de las provincias de Contralmirante Villar, Tumbes y Zarumilla, y algunos de sus distritos, del departamento de Tumbes

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32573, Ley de saneamiento de límites y tramos de las provincias de Contralmirante Villar, Tumbes y Zarumilla, y algunos de sus distritos, del departamento de Tumbes.

La norma, aprobada por el Congreso de la República, sanea los siguientes límites y tramos de las provincias de Contralmirante Villar, Tumbes y Zarumilla, y algunos de sus distritos, del departamento de Tumbes:

1. Colindancias interprovinciales:
1.1 Límite interprovincial Tumbes – Zarumilla.
1.2 Tramo interprovincial Contralmirante Villar –Tumbes.
2. Provincia de Contralmirante Villar:
2.1 Límite interdistrital Casitas – Zorritos.
3. Provincia de Tumbes:
3.1 Límite interdistrital Corrales – La Cruz.
3.2 Límite interdistrital La Cruz – San Jacinto.
3.3 Límite interdistrital Corrales – San Jacinto.
3.4 Tramo interdistrital Corrales – Tumbes.
3.5 Tramo interdistrital San Jacinto – San Juan de la Virgen.
4. Provincia de Zarumilla:
4.1 Límite interdistrital Matapalo – Papayal.
4.2 Límite interdistrital Papayal – Zarumilla.
4.3 Dos (2) tramos del límite interdistrital Aguas Verdes – Zarumilla.
4.4 Tramo interdistrital Aguas Verdes – Papayal.

Por ende, se delimitan los límites y tramos de las provincias de Contralmirante Villar, Tumbes y Zarumilla, y algunos de sus distritos, del departamento de Tumbes, según las memorias descriptivas que se detallan. Conozca la norma aquí


CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ley N° 32574: Declaran de interés nacional el Circuito Ecoturístico Bajo Tambopata “Kiajabaki Bame”, ubicado en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios

El Poder Ejecutivo publicó la Ley N° 32574, Ley que declara de interés nacional el Circuito Ecoturístico Bajo Tambopata “Kiajabaki Bame”, ubicado en la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios.

De acuerdo con la norma, aprobada por el Congreso de la República, se declara de interés nacional el Circuito Ecoturístico Bajo Tambopata “Kiajabaki Bame”, el cual está ubicado desde el kilómetro cero hasta el kilómetro quince en los sectores de Isuyama, La Joya, Chonta y Bajo Tambopata, en el departamento de Madre de Dios, con la fi nalidad de garantizar la promoción, conservación y cuidado de los bosques primarios, la fauna silvestre y la valorización económica y cultural de la artesanía manual originaria de los pobladores de Madre de Dios. 

Para tal fin, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio del Ambiente y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones realizarán las coordinaciones con el Gobierno Regional de Madre de Dios y con la Municipalidad Provincial de Tambopata, en el marco de sus respectivas competencias y atribuciones, con la participación de las comunidades locales, los
pueblos indígenas u originarios y los representantes de la sociedad civil organizada. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia en 179 distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales

El Poder Ejecutivo prorrogó el Estado de Emergencia en 179 distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco,
Piura, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, declarado mediante el Decreto Supremo Nº 019-2026-PCM, por el término
de sesenta (60) días calendario, a partir del 6 de abril de 2026, con la finalidad de continuar con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 048-2026-PCM con el cual se establece que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco, Piura, San
Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali y los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego,
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, continuarán con la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentados en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad

El Poder Ejecutivo prorrogó, a partir del 6 de abril de 2026 y por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en la provincia de Pataz del departamento de La Libertad, mediante el Decreto Supremo Nº 049-2026-PCM.

Las Fuerzas Armadas continuarán manteniendo el control del orden interno con la finalidad de hacer frente al accionar de las organizaciones criminales dedicadas a la minería ilegal y otras amenazas que califican como otras situaciones de violencia, en aplicación del artículo 15 del Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. 

La Policía Nacional del Perú continuará apoyando a las Fuerzas Armadas para el logro de dicho objetivo en la zona declarada en Estado de Emergencia.

Durante la prórroga de la declaratoria del Estado de Emergencia en la circunscripción señalada se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto

El Poder Ejecutivo prorrogó a partir del 6 de abril de 2026, el Estado de Emergencia en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castilla del departamento de Loreto, por el término de sesenta (60) días calendario, para hacer frente al accionar de los grupos hostiles y de otras amenazas conexas y, asimismo, reforzar el control migratorio y fronterizo.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 050-2026-PCM con el cual se establece que durante la vigencia de la prórroga del Estado de Emergencia a que se aplicará lo dispuesto en el numeral 1)
del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24), literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEFENSA
Modifican el Reglamento del Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, para mejorar aspectos que permitan fortalecer el actuar de las Fuerzas Armadas en los distintos escenarios que permiten su intervención en el control del orden interno

El Ministerio de Defensa modifció los artículos 3, 4, 5, 11, 18, 26, 29, 30, 31, 34, 35, 43 y el nombre del Capítulo V del Título II del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, aprobado con Decreto Supremo Nº 003-2020-DE.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 003-2026-DE para mejorar aspectos que permitan fortalecer el actuar de las Fuerzas Armadas en los distintos escenarios que permiten su
intervención en el control del orden interno, optimizando los niveles de comando de la fuerza para el cumplimiento de la misión asignada.

De esta manera también se adecúa dicha norma reglamentaria a las modificaciones efectuadas a través de la Ley Nº 31522 y la Ley Nº 32307, al Decreto Legislativo N° 1095. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban “Normas sobre la neutralidad y transparencia en el Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social, en sus programas nacionales y en el organismo adscrito"

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó la Directiva N° 003-2026-MIDIS denominada “Normas sobre la neutralidad y transparencia en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en sus programas nacionales y en el organismo adscrito”, y derogó diversos actos resolutivos, mediante la Resolución Ministerial Nº D000092-2026-MIDIS.

Dicha directiva constituye una actualización conforme a lo establecido en el numeral 5.4.1.4 de la
Directiva N° 003-2022-MIDIS “Catálogo de Documentos Oficiales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”.

El citado portafolio dispuso la publicación de la directiva aprobada en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Aprueban Estrategia Nacional para la Formalización Laboral 2026-2040

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó la “Estrategia Nacional para la
Formalización Laboral 2026-2040”, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2026-TR.

La “Estrategia Nacional para la Formalización Laboral 2026-2040” tiene como finalidad incrementar la formalidad laboral en el país, de manera sostenida y territorialmente diferenciada,
mediante la implementación de acciones coordinadasnentre las entidades del sector público y demás actores involucrados en la materia.

El MTPE dispuso la publicación de dicha estrategia en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en las sedes digitales de los ministerios
cuyos titulares lo refrendan. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Declaran en emergencia el servicio de transporte terrestre en los sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad

El Ministerio de Tranportes y Comunicaciones (MTC) declaró en emergencia el servicio de
transporte terrestre en los sectores de las vías costeras correspondientes a los balnearios de Las Delicias, Buenos Aires y Huanchaco, ubicados en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertada por el estado de daño concreto, progresivo y localizado en esos sectores que comprometen la continuidad y seguridad del servicio público de transporte.

Fue mediante la Resolución Ministerial N° 168-2026-MTC/01.02 con la cual se precisa que el plazo de vigencia de la emergencia se sujeta a lo establecido en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1704, Decreto que autoriza a declarar en Emergencia y establecer medidas orientadas a restablecer el servicio público de transporte.

La Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, en el marco de sus funciones,
adoptará las acciones e intervenciones que resulten necesarias para preservar y superar las restricciones en el servicio de transporte terrestre que se presta en los sectores de las vías costeras indicadas. Conozca la norma aquí


ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN
Disponen publicación del proyecto normativo denominado: “Guía para la conservación preventiva de documentos en soporte papel”

El Archivo General de la Nación (AGN) dispuso la publicación del proyecto normativo denominado: “Guía para la conservación preventiva de documentos en soporte papel”; así como la exposición de motivos, en la sede digital de esta institución (www.agn.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones del público en general.

Fue mediante la Resolución Jefatural N° 000091-2026-AGN/JEF con la cual se dispone que los comentarios, aportes u opiniones del público en general, pueden ser presentados en físico a través de la mesa de partes presencial, ubicado en Jirón Camaná 125 y Pasaje Piura s/n - Cercado de Lima; así como, a través del enlace: https://facilita.gob.pe/t/52449; o por medio de mesa de partes virtual del AGN https://mesadepartes.agn.gob.pe:8171/.

La Unidad Funcional de Normativas e Innovación Archivística de la Dirección de Desarrollo
de Políticas Archivísticas delAGN se encargará de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí


COFOPRI
Aprueban formato denominado “Instrumento de Transferencia” de áreas en riesgo a favor de la Municipalidad Provincial

El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) aprobó el formato denominado INSTRUMENTO DE TRANSFERENCIA, a ser utilizado para la transferencia de áreas en riesgo, a favor de la Municipalidad Provincial.

Fue mediante la Resolución Gerencia General N° D000022-2026-COFOPRI-GG con la cual se dispone que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo; y, la Oficina de Sistemas realicen las acciones correspondientes a fin de que dicho instrumento sea publicado en el Portal Institucional del Cofopri (www.gob.pe/cofopri). Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Declaran por 60 días el Estado de Emergencia en 41 distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima y Pasco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 1 de abril del 2026)

El Poder Ejecutivo declaró el Estado de Emergencia en 41 distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima y Pasco, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones
pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 047-2026-PCM con el cual se establece que los Gobiernos Regionales de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima y Pasco y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. 

Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Disponen publicación de la propuesta denominada “Lineamientos para la identificación y actualización de ecosistemas frágiles para su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 1 de abril del 2026)

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, mediante el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), dispuso la publicación de la propuesta denominada “Lineamientos para
la identificación y actualización de ecosistemas frágiles para su incorporación en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles” a fin de recibir los comentarios y/o aportes de los interesados, por un plazo de quince (15) días calendarios.

Fue mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000087-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE con la cual se precisa que los comentarios y/o aportes a la propuesta deben remitirse de acuerdo con el formato establecido, y remitirse a la Sede Central del SERFOR, ubicada en Avenida Javier Prado Oeste Nº 2442, Urbanización Orrantia, Magdalena del Mar, Lima, a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, así como a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe.

La Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, se encargará de recibir, procesar y sistematizar los comentarios y aportes que se presenten y se dispuso la publicación de la propuesta en el Portal Institucional del SERFOR (https://www.gob.pe/serfor).
Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DEESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban la “Agenda de Trabajo 2026 del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 1 de abril del 2026)

El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó la “Agenda de Trabajo 2026 del Programa
Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano”, mediante la Resolución Ministerial Nº D000096-2026-MIDIS.

Dicho portafolio dispuso la publicación de la citada agenda en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis).
Conozca la norma aquí


Viernes 3 de abril del 2026

SBN: publican proyecto de directiva denominada 'Disposiciones para la transferencia de propiedad y otorgamiento de otros derechos reales sobre predios estatales en el marco del Decreto Legislativo N° 1192'

La publicación del proyecto de la directiva denominada “Disposiciones para la transferencia de propiedad y otorgamiento de otros derechos reales sobre predios estatales en el marco del Decreto Legislativo N.° 1192”, dispuso la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN).

La Resolución N.° 0024-2026/SBN precisa que la propuesta se encuentra en la sede digital de la SBN (www.gob.pe/sbn) a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, así como de las personas interesadas, dentro de los 15 días calendario, período que se inicia a partir de mañana.

Las entidades públicas y privadas, así como las personas interesadas podrán presentar sus aportes a través de la mesa de partes presencial de la entidad, ubicada en calle Chinchón N.° 890, distrito de San Isidro, Lima, o la mesa de partes virtual (mpv.sbn.gob.pe), mediante el formato “Comentarios, aportes u opiniones al Proyecto Normativo”.

La Subdirección de Normas y Capacitación de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales se encargará de la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten. Conozca la norma aquí.


ONPE: conformación de 26 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Regionales y Municipales 2026

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó la conformación de 26 Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) para la organización y ejecución de las elecciones primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.

La Resolución Jefatural N.° 000051-2026-JN/ONPE detalla que las ODPE serán las de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín y La Libertad.

Figuran también Lambayeque, Lima Provincias (9 provincias), Lima Cercado (43 distritos), Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes y Ucayali. Conozca la norma aquí.


Ceplan: aprueban el Plan de Capacitación para operadores del Sinaplan

El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan) aprobó el Plan de Capacitación para operadores del Sinaplan, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.° 021- 2026/Ceplan/PCD.

La norma subraya que el documento se elaboró sobre la base de un diagnóstico técnico de capacidades y brechas del sistema, evidenciándose, entre otros aspectos, niveles significativos de brechas en la formulación, articulación y seguimiento de los instrumentos de planeamiento estratégico en los tres niveles de gobierno.

Por lo tanto, recalca, se justifica la implementación de acciones sistemáticas de fortalecimiento de capacidades orientadas a mejorar su calidad y coherencia con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050. Conozca la norma aquí.


Sábado 4 de abril del 2026

Mincetur: prorrogan vigencia del grupo de trabajo multisectorial sobre la laguna de Huacachina

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) prorrogó por 180 días calendario el plazo de vigencia del grupo de trabajo multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el desarrollo turístico seguro en el ámbito del Área de Conservación Regional Laguna de Huacachina”.

El nuevo período del citado grupo de trabajo, dependiente del mencionado portafolio y que se creó por Resolución Ministerial N.° 293-2025-Mincetur, se contabilizará a partir del 6 de abril de 2026, precisa la Resolución Ministerial N.° 0084-2026-Mincetur.

El objeto es seguir con la labor de diseño e impulsar medidas articuladas para mejorar la seguridad, formalización y fiscalización de los servicios brindados en vehículos tubulares en el Área de Conservación Regional Laguna de Huacachina, en el contexto de las competencias de cada entidad participante. Conozca la norma aquí.

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