• MIÉRCOLES 8
  • de abril de 2026

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Nueva norma sobre lavado de activos para casinos y apuestas online: verifica si eres sujeto obligado

Impacto de la Resolución SBS N.º 01015-2026.

Esta disposición actualiza la norma previamente aprobada mediante la Resolución SBS N.º 1695-2016, adecuándola al marco normativo vigente en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, así como a los estándares internacionales y mejores prácticas en la lucha contra dichos delitos.

Asimismo, la nueva norma introduce modificaciones al Reglamento de Infracciones y Sanciones en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a las empresas que explotan juegos de casino y/o máquinas tragamonedas, aprobado por Resolución SBS N.º 5389-2013. 

En particular, se amplía su ámbito de aplicación para incorporar a las personas jurídicas que explotan juegos a distancia y/o apuestas deportivas a distancia, así como a las que operan salas de apuestas deportivas a distancia mediante internet u otros medios de comunicación. En ese marco, se tipifican infracciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

De igual modo, se modifica el Anexo N.º 1 del Reglamento de Infracciones y Sanciones en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, aprobado por Resolución SBS N.º 8930-2012, con la finalidad de incorporar a los nuevos sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, conforme a lo dispuesto en los Decretos Supremos N.º 004-2025-JUS y N.º 008-2025-JUS.

En esa línea, se realizan precisiones respecto de la información que debe presentarse para la autorización del oficial de cumplimiento corporativo, conforme a lo establecido en: (i) la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), aprobada por Resolución SBS N.º 02648-2024; y (ii) la Norma para la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo aplicable a los sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú, aprobada por Resolución SBS N.º 789-2018.

Finalmente, la SBS modifica los procedimientos TUPA N.º 142 y N.º 213 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA, aprobado mediante Resolución SBS N.º 01581-2023). El primero referido a la solicitud para contar con un oficial de cumplimiento corporativo en grupos económicos; y el segundo, a la solicitud para contar con dicho oficial sin dedicación exclusiva, en ambos casos respecto de grupos conformados por sujetos obligados bajo supervisión de la UIF-Perú y/o de otros organismos supervisores.