Política
Entre las restricciones dispuestas está la denominada ley seca. Esta rige desde las 08:00 horas de hoy hasta las 08:00 horas del lunes 13 de abril, lapso en el que no está permitido el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase.
Asimismo, se dispone el cierre de los establecimientos, o los espacios de los establecimientos comerciales, dedicados exclusivamente a dicho expendio.
Su incumplimiento se sanciona con cárcel no mayor de seis meses y multa no menor del 10 % del ingreso mínimo vital multiplicado por treinta días de multa (S/ 3,390 soles).
Al respecto, la abogada experta en temas electorales y exsecretaria del JNE Alexandra Marallano explicó que la Ley Orgánica de Elecciones dispone las multas que deberán imponerse ante la ocurrencia del incumplimiento.
“La Ley Orgánica de Elecciones tiene un capítulo especial que habla acerca de estas infracciones o estas conductas que podrían acarrear infracciones; pero no solamente multas, también hay pena de cárcel, aunque estas últimas están en el Código Penal”, dijo en declaraciones a Andina Canal Online.
Servicios
Por otro lado, la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), anunció que mañana los servicios del Metropolitano ampliarán su atención hasta las 23:00, una hora más de lo habitual para dicho día.
En ese sentido, la entidad señaló que los buses de los servicios regulares A, B y C operarán desde las 05:00 hasta las 23:00 horas; mientras que el servicio Expreso 1 operará de las 06:00 a 21:00 horas, y el servicio Expreso 5 de las 06:30 a 17:00 horas. Los buses alimentadores también operarán hasta las 23:00 horas.
En cuanto a los corredores complementarios Rojo, Morado y Azul, estos atenderán a los usuarios desde las 05:00 hasta las 23:00 horas.
Asimismo, el Aerodirecto operará en sus rutas y horarios habituales.
Cancelación de licencia
La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec) informó que está prohibido portar armas de fuego en todo el país desde hoy hasta el lunes 13 de abril, en cumplimiento de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones.
El superintendente nacional de la Sucamec, Rafael Ríos, precisó que, según el artículo N.° 352 de la mencionada ley, esta restricción comprende un día antes, durante y hasta un día después de la jornada electoral, y su incumplimiento constituye una falta grave.
“Las personas que porten armas durante este periodo, incluso contando con licencia vigente, serán sancionadas con el decomiso del arma y la cancelación definitiva de la licencia, sin perjuicio de las sanciones penales correspondientes”, indicó.