El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, domingo 12 de abril del 2026
PODER EJECUTIVO
Declaran por 60 días el Estado de Emergencia en los distritos de Encañada y Chetilla de la provincia de Cajamarca; en el distrito de Cachachi de la provincia de Cajabamba; en los distritos de Sorochuco y Huasmin de la provincia de Celendín; en el distrito de Contumazá de la provincia de Contumazá; en el distrito de Chalamarca de la provincia de Chota; en los distritos de Hualgayoc, Chugur y Bambamarca de la provincia de Hualgayoc; en los distritos de San Ignacio y San José de Lourdes de la provincia de San Ignacio y en el distrito de Gregorio Pita de la provincia de San Marcos del departamento de Cajamarca
El Poder Ejecutivo declaró por el término de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia en los distritos de Encañada y Chetilla de la provincia de Cajamarca; en el distrito de Cachachi de la provincia de Cajabamba; en los distritos de Sorochuco y Huasmin de la provincia de Celendín; en el distrito de Contumazá de la provincia de Contumazá; en el distrito de Chalamarca de la provincia de Chota; en los distritos de Hualgayoc, Chugur y Bambamarca de la provincia de Hualgayoc; en los distritos de San Ignacio y San José de Lourdes de la provincia de San Ignacio y en el distrito de Gregorio Pita de la provincia de San Marcos del departamento de Cajamarca, para hacer frente a la afectación del orden interno y seguridad ciudadana por el incremento de la minería ilegal y delitos conexos y otras situaciones de violencia.
Fue mediante el Decreto Supremo Nº 052-2026-PCM con el cual se establece que la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determinará las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores,
estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.
Durante la declaratoria del Estado de Emergencia en las circunscripciones señaladas se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Aprueban actualización de la “Lista de enfermedades y pruebas diagnósticas aplicables a animales de producción que ingresan a establecimientos de producción de material genético”
El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, por intermedio del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó la actualización de la “Lista de enfermedades y pruebas diagnósticas aplicables a animales de producción que ingresan a establecimientos de producción de material genético” aprobada por la Resolución Jefatural N° 0058-2023-MIDAGRI-SENASA.
Fue mediante la Resolución Jefatural Nº D000049-2026-MIDAGRI-SENASA-JN con la cual se detalla la lista actualizada.
Dicha actualización se efectúa de acuerdo con las recomendaciones del Manual de Pruebas de Diagnóstico y Vacunas para los Animales Terrestre de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA). Conozca la norma aquí
COFOPRI
Aprueban “Directiva para la transferencia de propiedad a título gratuito a favor del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI”
El Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) aprobó la Directiva Nº 001-2026-COFOPRI, “Directiva para la transferencia de propiedad a título gratuito a favor del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI”, mediante la Resolución Gerencia General Nº D000025-2026-COFOPRI-GG.
Se trata de un documento de gestión que, regula la transferencia de propiedad a título gratuito, no solamente de comunidades campesinas, sino también de predios de personas naturales o jurídicas de derecho privado a favor de Cofopri; a través de la adecuada aplicación de la Décimo Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento del Título I de la Ley Nº 28687, referido a “Formalización de la Propiedad Informal de Terrenos Ocupados por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y Urbanizaciones Populares”, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA; cuyo contenido ha sido revisado y consensuado con la Dirección de
Normalización y Desarrollo mediante los documentos de vistos.
Por tanto, se dispone que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo; y, la Oficina de Sistemas de Cofopri realicen las acciones correspondientes a fin de que la citada directiva se publique en el Portal Institucional del Cofopri (www.gob.pe/cofopri).
En ese contexto, se deroga la Directiva Nº 002-2025-COFOPRI “Directiva para la Transferencia de Propiedad de Áreas de Terreno de Titularidad de Comunidades Campesinas a favor del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI con fines de formalización”, aprobada por Resolución de Gerencia General Nº 077-2025-COFOPRI-GG del 1 de setiembre del 2025. Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Multisectorial de Agua Potable y Saneamiento al 2050, y de su Exposición de Motivos, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 11 de abril del 2026)
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento dispuso la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Multisectorial de Agua Potable y Saneamiento al 2050, y de su Exposición de Motivos, en la sede digital de dicho portafolio
(www.gob.pe/vivienda), a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, dentro del plazo de quince (15) días calendario.
Fue mediante la Resolución Ministerial N° 139-2026-VIVIENDA con la cual se encarga a la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del mencionado ministerio, la recepción, sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten respecto del proyecto normativo, a través la mesa de partes virtual del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con atención a la Dirección de Saneamiento, o al correo electrónico consultadenormas-dns@vivienda.gob.pe.
? La formalización de la convivencia mediante la unión de hecho genera derechos, reconocimiento a los que se puede acceder mediante las vías notariales o judiciales, informó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (@MinjusDH_Peru).