Derecho
Para tal fin, por Resolución Viceministerial 049-2026-Minedu, aprobó la norma técnica “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Formación y Capacitación Permanente durante el año 2026”, que se aplicará para el portafolio; las direcciones regionales de educación (DRE) o las que hagan sus veces; las unidades de gestión educativa local (UGEL); y las instituciones y programas educativos públicos de gestión directa de educación básica.
Oferta formativa
El documento precisa que el programa tiene como propósito brindar una oferta formativa para fortalecer las competencias profesionales del docente en servicio, a partir de los requerimientos de formación identificados, así como las necesidades de aprendizaje de los estudiantes y el sistema educativo.
La norma enfatiza que el bienestar socioemocional, el enfoque inclusivo y la competencia digital se integrarán de manera transversal en los programas formativos. El público objetivo son los docentes en servicio nombrados y contratados de las instituciones educativas de las modalidades, niveles y ciclos de la educación básica, subraya.
Las modalidades del programa son las formas de ejecución de las acciones formativas, las cuales se adaptan de acuerdo con la necesidad del maestro: a distancia y semipresencial, según lo establecido en los lineamientos de la formación docente en servicio, aclara.
La norma técnica señala que la organización de las acciones formativas comprenderá los programas formativos focalizados; programas o cursos formativos abiertos y masivos; así como la comunidad profesional de aprendizaje.
Los primeros, explica, se encargan de brindar un conjunto de estrategias formativas y recursos complementarios dirigidos a un público específico de acuerdo con las características de intervención establecidas por el programa, los cuales se orientarán al fortalecimiento de las competencias profesionales priorizadas.
Se desarrollarán mediante la integración de estrategias formativas, en diversas modalidades, respondiendo a las necesidades de los participantes para la mejora de la práctica pedagógica, remarca.
Mientras, los programas o cursos formativos abiertos y masivos son acciones autoformativas, su implementación es a escala nacional, la modalidad es a distancia (virtual), previa inscripción mediante el Sistema Integrado de Formación Docente en Servicio (Sifods), según interés o necesidad formativa, indica.
El documento menciona que la comunidad profesional de aprendizaje constituye un espacio en el que los profesores de la institución educativa o de otras participantes del ciclo de formación interna se reúnen para compartir, intercambiar y analizar sobre su experiencia de modo continuo y reflexivo, con la finalidad de mejorar los aprendizajes de los estudiantes a su cargo.
Constancias
Los docentes obtendrán una constancia o certificado, según el plan de estudio de cada acción formativa. En el marco de convenios o acuerdos que se firmen con una institución de formación docente, para la implementación de una acción formativa, los documentos se emitirán en coordinación con esa entidad formadora.
Además, las constancias o certificados emitidos desde el Sifods u otras plataformas se registrarán de manera automática en el legajo docente del Sistema Integrado de Gestión de Personal en el Sector Educación-AYNI. La norma precisa que se desarrollarán acciones de seguimiento y evaluación orientadas a garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos y fortalecer la calidad de las acciones formativas implementadas. La Dirección de Formación Docente en Servicio efectuará el seguimiento operativo del programa, puntualiza.