• LUNES 13
  • de abril de 2026

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¿Quieres vender o repartir tu propiedad? Aprende cómo independizar un inmueble paso a paso

Si el deseo del propietario es repartir los pisos de su inmueble entre sus hijos, lo que debe hacer es independizar dichos niveles como predios independientes.

Este proceso técnico-legal es el paso previo indispensable para que cada área independiente, o también denominada unidad inmobiliaria, cuente con autonomía propia ante la Sunarp, permitiendo una gestión patrimonial mucho más flexible, eficiente y libre de conflictos.

El trámite de independización de unidades inmobiliarias se realiza presentando su solicitud de inscripción de independización con reglamento interno ante la Sunarp, adjuntando los requisitos regulados en el TUO del reglamento de la Ley N° 27157 y el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios.

Beneficios de la independización

Facilita los actos de transferencia que se desee realizar sobre cada unidad inmobiliaria independizada.

Con la inscripción de la independización de unidades inmobiliarias, se genera una partida registral exclusiva para cada una de ellas, lo que permite al propietario adjudicar las mismas a sus herederos mediante el acto de anticipo de legítima. 

Posteriormente, los hijos, en su calidad de titulares registrales, podrán inscribir transferencias por compraventa, arrendamientos, hipotecas, etc., en las partidas registrales donde ostenten propiedad.

La independización de unidades inmobiliarias facilita la instalación de servicios básicos independientes, pues cada una contará con un medidor propio de agua o luz y, consecuentemente, pagará solo lo que consume.

Requisitos para inscribir una independización con reglamento interno

Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).

Documento privado con firma certificada del propietario o copropietarios ante notario, conteniendo el reglamento interno redactado conforme al artículo 153 del Decreto Supremo Nº 035-2006-Vivienda (T.U.O. del Reglamento de la Ley Nº 27157).


Memoria Descriptiva con firma certificada del propietario o copropietarios ante notario, en la que se describa el área, linderos y medidas perimétricas de las secciones de dominio exclusivo y de los bienes comunes regulados por el reglamento interno.

Planos de independización (por pisos o niveles) donde se grafique las unidades de dominio exclusivo y las zonas comunes, autorizado por profesional competente (ingeniero civil o arquitecto colegiado) con firma certificada ante notario.

Si ya cuenta con el certificado de numeración interna de las unidades inmobiliarias a independizar, debidamente expedido por la Municipalidad distrital podrá presentarlo para su inscripción.

Pago de la tasa registral:

Por modificación de la partida matriz: S/. 53.30 soles.

Por reglamento interno: S/. 53.30 soles.

Por cada unidad a independizar: S/. 106.70 soles (Sujeto a calificación).

El plazo de calificación es de 7 días hábiles contados a partir del día siguiente, prorrogables según la complejidad del título.

Tome en cuenta que para realizar este tipo de independización previamente deberá inscribirse la declaratoria de fábrica del inmueble.