La medida adecua algunos mecanismos normativos que permitirá que posesiones informales constituidas hasta el 31 de diciembre de 2021 sean incorporadas al proceso de formalización y tengan la oportunidad de acceder a un título de propiedad en el marco de la Ley N.° 32267.
“Esta decisión representa un avance clave para cerrar la brecha de informalidad predial urbana, que aproximadamente comprende más de 1.2 millones de lotes a nivel nacional, esta modificación del reglamento permitirá que más familias accedan a seguridad jurídica, servicios básicos y oportunidades de desarrollo”, señaló el director ejecutivo de Cofopri, Carlos Reátegui Sánchez.
Procesos más rápidos y simples
Según Cofopri, la norma no solo amplía la cobertura, sino que también acelera los procedimientos. Entre los cambios más relevantes, se reduce a 10 días hábiles el plazo para presentar oposiciones a la formalización por prescripción, lo que permitirá destrabar expedientes y avanzar con mayor rapidez en la entrega de títulos.
Este plazo aplica en procesos donde se busca formalizar predios en terrenos privados que han sido ocupados por largos años, en contextos ya consolidados y de difícil reversión. En estos casos, la norma mantiene el derecho de los terceros a presentar observaciones, pero en un plazo más acotado, con el fin de evitar dilaciones y dar una salida ordenada a situaciones históricas de informalidad, explicaron voceros de la institución.
Asimismo, se optimizan los mecanismos de notificación, priorizando su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en plataformas digitales, reduciendo tiempos y costos en los procesos.
Trabajo articulado para llegar a más familias
La norma fortalece el rol de las municipalidades provinciales y distritales como entidades responsables de la formalización en sus jurisdicciones, mientras que el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) brindará asistencia técnica y ejecutará intervenciones en zonas no atendidas.
Esta articulación permitirá ampliar la cobertura territorial y acelerar la intervención del Estado en zonas con alta demanda de titulación.
De igual manera, se establecen mecanismos para facilitar la gestión del suelo, como la posibilidad de permutar terrenos del Estado para viabilizar la formalización en zonas ocupadas.
El reglamento también establece nuevas disposiciones para el tratamiento de lotes vacíos, abandonados o que no cumplen condiciones de habitabilidad, los cuales podrán ser transferidos a familias que acrediten posesión, contribuyendo así a un uso más eficiente del suelo urbano.