• MIÉRCOLES 15
  • de abril de 2026

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Amazonía: nueva norma redefine beneficios tributarios y amplía su alcance territorial. Infórmate

Alcances de la Ley N.° 32582.

La norma incorpora dentro del ámbito de la Amazonía a las provincias de Cutervo, Jaén y San Ignacio, en el departamento de Cajamarca, con excepción del distrito de Cutervo, perteneciente a la provincia del mismo nombre, el cual se encuentra bajo el alcance de la Ley N.° 29482, Ley de Promoción para el Desarrollo de Actividades Productivas en Zonas Altoandinas.

Asimismo, se establece que para acceder a los beneficios tributarios previstos en los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Ley N.° 27037, los contribuyentes deberán cumplir con los requisitos que establezca su reglamento. Este deberá considerar, entre otros criterios, el domicilio de la sede central, la inscripción en los Registros Públicos y que los activos fijos o actividades se desarrollen en la Amazonía en un porcentaje no menor al 70% del total.

En ese marco, los contribuyentes que desarrollen principalmente actividades agrarias o de transformación de productos calificados como cultivos nativos y alternativos estarán exonerados del impuesto a la renta.

Entre dichos productos se incluyen, entre otros, la yuca, camu camu, sacha inchi, piña, plátano, aguaje, cacao, café, ajíes en todas sus variedades, maíz amarillo duro, castaña, guanábana, limón Tahití, naranja, sacha inchi y otros cultivos propios de la Amazonía.

Finalmente, la norma modifica el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3, el artículo 6, el numeral 11.2 del artículo 11 y el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N.° 27037.