Derecho
La aprobación se formalizó mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000097-2026-MIGRACIONES, la cual establece que el referido Plan de Trabajo entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del dispositivo normativo que apruebe el reglamento modificado de la Ley N.° 27891.En ese sentido, se dispuso que la Unidad de Imagen y Comunicación realice la publicación del Plan de Trabajo en el Portal Institucional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) April 15, 2026