• DOMINGO 19
  • de abril de 2026

Derecho

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Entidades y empresas públicas

Estado fortalecerá gestión de sus recursos humanos

En forma progresiva, Servir implementará una plataforma integrada digital para facilitar también las actividades de supervisión y brindar soporte a los procesos de manejo del personal estatal.
Servir es la responsable del diseño, construcción y desarrollo de la arquitectura digital de la plataforma.

El cuerpo normativo, que se oficializó mediante el Decreto Supremo N.° 054-2026-PCM, establece las disposiciones de la Ley que promueve el fortalecimiento, transparencia y meritocracia del servicio civil a través de la implementación de la Plataforma Integrada para la Gestión Electrónica de Recursos Humanos.

Características

De acuerdo con la norma, la plataforma integrada se constituye como un sistema electrónico que contribuye a fortalecer el planeamiento y diseño de políticas en materia de recursos humanos del sector público, así como facilitar las actividades de supervisión y brindar soporte a los procesos de gestión de recursos humanos.

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) es la responsable del diseño, construcción y desarrollo de la arquitectura digital de la citada herramienta; así como de su administración y mantenimiento, para lo cual desplegará los mecanismos tecnológicos (hardware/software) necesarios, precisa.

El reglamento indica que la plataforma integrada incluye, como mínimo, los documentos de gestión de las entidades y empresas públicas, según corresponda, elaborados en el contexto del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (SAGRH); y otros que sirvan como base para su manejo.

Entre la documentación requerida figuran el reglamento interno de los servidores civiles; el cuadro de puestos de la entidad; el manual de perfiles de puestos; y el cuadro para asignación de personal provisional.

Se suman el manual de clasificador de cargos; el presupuesto analítico de personal; el plan de desarrollo de las personas; el manual de operaciones; y otros documentos que disponga Servir, en el marco de su rectoría, detalla.

Además, la plataforma integrada consignará la información producida durante los procesos de selección de postulantes, la cual incluirá la convocatoria, las bases, los resultados de las evaluaciones, así como el registro de audio y video de las entrevistas realizadas en modalidad presencial o virtual.

Figurará también el legajo digital de los servidores civiles desde su incorporación hasta el cese en cualquier entidad o empresa pública, lo cual detallará los datos de identidad, formación educativa, experiencia laboral, antecedentes policiales, penales y judiciales, sanciones administrativas y/o disciplinarias, y otras, conforme a las disposiciones que emita Servir, entre otros.

La norma aclara que los documentos de gestión bajo competencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) formarán parte de la plataforma integrada en el contexto de la interoperabilidad de la información de recursos humanos, en los casos que corresponda.

Funcionalidades

La plataforma integrada tiene como funcionalidades administrar los documentos de gestión elaborados por las entidades y empresas públicas en el contexto del SAGRH, e interoperar sobre la materia con los sistemas de información administrados por el MEF.

Así también gestionar los procesos de selección de los postulantes al servicio civil; y almacenar la información producida durante las etapas correspondientes, incluyendo el registro de audio y video de las entrevistas en modalidades presencial o virtual, garantizando la seguridad de la información y el tratamiento de datos personales.

Se encargará, además, de administrar el legajo digital de los servidores desde su vinculación hasta su desvinculación en cualquier entidad estatal, así como del personal de las empresas públicas. A la par, gestionará las actividades y los productos de los procesos del SAGRH; generará reportes de los procesos implementados y gestionados; y brindará soporte a la gestión de recursos humanos de las entidades y empresas públicas.

Además, interoperará con los bloques básicos disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado y otras de especial interés para la gestión o la digitalización del SAGRH; y será repositorio de los contenidos mínimos indicados en el artículo 3 de la ley, puntualiza la norma.

Acceso

El acceso a la información incluida en la plataforma integrada se sujetará a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N.° 021-2019-JUS; el reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, oficializado por el Decreto Supremo N.° 007-2024-JUS; y la Ley N.° 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2024-JUS. 

El Congreso tendrá acceso a la plataforma integrada, de conformidad con la implementación progresiva de esta, en tiempo real, evitando cualquier tratamiento contrario a la Ley N.° 29733 y su reglamento, y en observancia con el marco constitucional y legal vigente sobre acceso a la información pública. 

Servir, las entidades y empresas públicas, para asegurar las condiciones de confianza y seguridad digital de la plataforma integrada, aplicarán las disposiciones en la materia fijadas en el Decreto Legislativo N.° 1412, que aprueba la Ley de Gobierno Digital; su reglamento, oficializado por el Decreto Supremo N.° 029-2021-PCM; y el Decreto de Urgencia N.° 007-2020, que aprueba el Marco de Confianza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento.

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