Día del Trabajo 2026: ¿cuál es la remuneración por trabajar el 1 de mayo?
El Centro Legal de la CCL precisa que los trabajadores que presten servicios ese día podrán recibir pago adicional o triple remuneración, dependiendo si cuentan con descanso sustitutorio.
Según el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), en esa fecha, los trabajadores tienen derecho a descanso pagado, sin que ello implique descuentos, recuperación de horas ni compensación posterior.
¿Cómo se paga el feriado?
Si el trabajador no labora el 1 de mayo, el empleador debe pagar la remuneración ordinaria del día, como si hubiera asistido normalmente a sus labores. Sin embargo, si el trabajador presta servicios durante el feriado, el pago dependerá de si recibe o no un descanso sustitutorio.
Si trabaja y descansa otro día
Cuando el trabajador labora el 1 de mayo y la empresa le otorga posteriormente un descanso sustitutorio, solo corresponde el pago de su remuneración mensual habitual, sin sobretasa ni pago adicional. Esto se debe a que el descanso compensatorio reemplaza el beneficio del feriado no gozado.
Si trabaja y no recibe descanso sustitutorio
En caso el trabajador labore el feriado y no se le otorgue otro día de descanso, tendrá derecho a percibir tres conceptos:
-Pago por el feriado (ya incluido en su remuneración).
-Pago por el día efectivamente trabajado.
-Sobretasa del 100 % por laborar en día feriado.
-De esta manera, recibirá el equivalente a una triple remuneración diaria. Por ejemplo, si percibe S/100 diarios, deberá recibir S/ 300 por esa jornada: S/100 por el feriado incluido en el sueldo y S/200 adicionales por el trabajo realizado.
Casos especiales
Si el descanso semanal del trabajador coincide con el 1 de mayo, el feriado no se pierde. En ese supuesto, se considera únicamente como feriado y no genera pago doble automático, salvo que labore ese día.
En cuanto a los trabajadores con remuneración mensual, el pago del feriado ya está incorporado en su sueldo y solo se genera un adicional si trabajan.
Para quienes perciben pago diario o jornal, también corresponde el pago del feriado, siempre que cumplan con los requisitos legales de asistencia previa.
Teletrabajo también aplica
La normativa también alcanza al trabajo remoto o teletrabajo. Si el trabajador labora desde casa el 1 de mayo, rigen las mismas reglas: descanso sustitutorio o pago triple si no se compensa con otro día.