El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, miércoles 29 de abril del 2026
MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban Reglamento del Mecanismo de Intercambio de Información Social
El Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó el Reglamento del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS), mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000039-2026-OFIS-PE.
La norma reglamentaria establece las disposiciones que regulan la organización, gobernanza, arquitectura, operación, procedimientos, estandarización, aseguramiento de la calidad, verificación del cumplimiento de obligaciones y responsabilidades vinculadas al MIIS, administrado por el OFIS; con lo cual fija el marco normativo que hace posible el funcionamiento ordenado, seguro, trazable, progresivo y sostenible del MIIS.
El reglamento consta de ocho (8) títulos, cincuenta y seis (56) artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, y cuatro (4) Disposiciones Complementarias Transitorias.
Las Disposiciones Complementarias Finales y Transitorias del Reglamento del MIIS, aprobado entrarán en vigencia al día siguiente de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.
La vigencia integral del reglamento se producirá al culminar la ejecución del Plan de Implementación Progresiva del MIIS, al que hace referencia la Primera Disposición Complementaria Transitoria.
El OFIS dispuso la publicación de la norma reglamentaria en su sede digital (www.gob.pe/ofis).
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley que establece mecanismos excepcionales para garantizar la continuidad formativa de estudiantes de universidades asociativas sin fines de lucro, creadas por ley, con licencia institucional denegada
El Ministerio de Educación dispuso la publicación en su sede digital (www.gob.pe/minedu) del proyecto de Reglamento de la Ley N° 32494, Ley que establece mecanismos excepcionales para garantizar la continuidad formativa de estudiantes de universidades asociativas sin fines de lucro, creadas por ley, con licencia institucional denegada, así como de su exposición de motivos, mediante la Resolución Ministerial N° 251-2026-MINEDU.
De acuerdo con la norma se establece el plazo de quince (15) días calendario, contado desde el día siguiente de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, para recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general.
Los comentarios, aportes u opiniones que se reciban al proyecto normativo deberán ser formulados utilizando el “Formato de comentarios, aportes u opiniones” y deberán remitirse a la dirección electrónica ofertaeducativa@minedu.gob.pe.
La Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, dependiente de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, se encargará de la recepción, procesamiento, sistematización, evaluación y atención de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten al proyecto normativo.
Por ende, se dispone la publicación del proyecto normativo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí
MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Conforman el mecanismo de articulación intergubernamental denominado “Mesa Nacional para el Seguimiento, Coordinación y Concertación del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)”
El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conformó el mecanismo de articulación intergubernamental denominado “Mesa Nacional para el Seguimiento, Coordinación y Concertación del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)”, con la finalidad de coadyuvar en la implementación de políticas en materia de discapacidad en las jurisdicciones de los Gobiernos Regionales y la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Fue mediante la Resolución de Presidencia N° D000088-2026-CONADIS-PRE con la cual se establece que dicha mesa nacional, que estará presidida por el presidente del Conadis e integrada además por los presidentes de los gobiernos regionales más el alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sesionará de manera ordinaria dos (02) veces al año, bajo la modalidad presencial o virtual; siendo obligatoria la realización de al menos una (1) sesión presencial en el año, en el lugar que establezca la Presidencia.
La Presidencia de la citada mesa nacional podrá convocar sesiones extraordinarias, en las modalidades presencial o virtual cuando las circunstancias lo ameriten, para atender asuntos urgentes o de especial relevancia en materia de discapacidad.
El Conadis encarga a la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, a través de la Subdirección de Políticas Públicas, la elaboración de las disposiciones normativas que regulen la convocatoria, quórum, desarrollo de sesiones, vigencia de acuerdos previos, adopción de acuerdos nuevos, seguimiento de compromisos y demás reglas necesarias para la operatividad de la “Mesa Nacional para el Seguimiento, Coordinación y Concertación del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)”, en un plazo no mayor de diez (10) días calendarios contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución. Conozca la norma aquí
PRODUCE
Aprueban normas temporales para la aplicación de un régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y establece otras disposiciones
El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó normas temporales para la aplicación de un régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, en el contexto de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31749, Ley que reconoce la pesca tradicional ancestral y la pesca tradicional artesanal e impulsa su preservación dentro de las cinco millas marítimas peruanas, y estableció disposiciones sobre el aplazamiento y fraccionamiento de dichas deudas, inclusive respecto de aquellas que se encuentren en etapa de cobranza coactiva.
Fue mediante el Decreto Supremo Nº 005-2026-PRODUCE con el cual se establece que este régimen excepcional es de naturaleza temporal, y de aplicación a las personas naturales o jurídicas que cuenten con sanciones de multa impuestas por el Produce hasta el 31 de diciembre del 2025 en materia pesquera y acuícola, que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:
a) Multas pendientes de pago. b) Multas en plazo de impugnación. c) Multas impugnadas en vía administrativa o judicial. d) Multas en ejecución coactiva, aún si estas se encuentran en proceso de revisión judicial, salvo aquellos casos en los que existe una comunicación de retención efectiva por parte del agente retenedor. e) Saldo pendiente de las multas fraccionadas, que se encuentran en trámite, en el marco del artículo 42 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE.
El plazo para acogerse al citado régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura es hasta el 30 de junio del 2026.
El régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura está sujeto a las siguientes escalas de descuento:
Ítem
Multas impuestas en los periodos comprendidos
Escalas de descuento
1
De marzo 2019 a diciembre 2021
50%
2
Periodos no contemplados en el ítem 1 y hasta el 31 de diciembre de 2025
40%
Las personas naturales o jurídicas que se acojan al régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, pagarán el cincuenta por ciento (50%) o sesenta por ciento (60%), según sea el caso, por la imposición de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura.
Como resultado de la aplicación del régimen excepcional, el saldo de la deuda a pagar, denominada deuda total, comprenderá la multa reducida, los intereses, las costas y los gastos generados en el procedimiento sancionador y de ejecución coactiva. Conozca la norma aquí
SUNAT
Disponen la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica los sujetos obligados a emitir la guía de remisión remitente, incorpora un documento relacionado con el traslado de mercancía extranjera, establece nuevos supuestos para emitir la guía de remisión electrónica por evento y otros
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica los sujetos obligados a emitir la guía de remisión remitente, incorpora un documento relacionado con el traslado de mercancía extranjera, establece nuevos supuestos para emitir la guía de remisión electrónica por evento y otros, así como su exposición de motivos, en la sede digitat de esta entidad recaudadora (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones de los sujetos involucrados en dicho proyecto y del público en general.
Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000074-2026/SUNAT con la cual se dispone que los referidos comentarios, aportes u opiniones podrán presentarse en la Mesa de Partes de la Sunat, ubicada en la avenida Garcilaso de la Vega N.º 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la Sunat a escala nacional y en la Mesa de Partes Virtual - SUNAT; o enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: mvasquezpac@sunat.gob.pe.
La Intendencia Nacional de Gestión de Procesos estará a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí
JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA
Aprueban convocatoria a Concurso Público de Méritos para la Selección y Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales
La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó la Convocatoria N° 001-2026-SN-JNJ: Concurso Público de Méritos para la Selección y Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), mediante la Resolución N° 283-2026-JNJ.
A la par, la JNJ aprobó las bases del Concurso Público de Méritos para la Selección y Nombramiento del Jefe de la ONPE,
Además, dispuso la publicación de la referida convocatoria en el Boletín Oficial de la Magistratura así como en la página web de la JNJ. Conozca la norma aquí