• SÁBADO 2
  • de mayo de 2026

Derecho

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Mimp aprueba salvaguardias y apoyos para personas con discapacidad

Estrategia contiene objetivos y líneas de acción destinados a garantizar que este segmento poblacional ejerza su capacidad jurídica con la mayor autonomía posible.


Editor
Percy Buendia Quijandría 

Periodista

pbuendia@editoraperu.com.pe


El documento, que se oficializó por Resolución Ministerial N.° 214-2026-Mimp, explica que los apoyos son formas de asistencia libremente elegidas por un mayor de edad para facilitar el ejercicio de sus derechos en la comunicación, comprensión de los actos jurídicos y consecuencias de estos, y la manifestación e interpretación de su voluntad.

Facultades

El apoyo no tiene facultades de representación, salvo en los casos en que se establezca expresamente por decisión de la persona con necesidad de apoyo o por el juez, aclara.

Mientras, indica, las salvaguardias son las medidas dirigidas a asegurar que la persona designada como apoyo actúe conforme al mandato encomendado, respetando los derechos, la voluntad y las preferencias de que quien cuenta con esa asistencia y asegurando que no exista influencia indebida.

Esas medidas deben constar en la escritura pública o en la sentencia de designación de apoyo, indicándose el período de su ejecución, detalla el documento del Mimp.

En el caso de los OE, la estrategia precisa que son cuatro: Restituir la capacidad jurídica de las personas con discapacidad que cuentan con sentencia de interdicción y nombramiento de un curador; y Gestionar el acceso a los apoyos que requieran las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica y el desarrollo de su autonomía.

Figuran, también, Fortalecer las capacidades de los actores intervinientes para la designación de apoyos y salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad; y Promover la eliminación de estereotipos y la generación de cambios culturales en las entidades públicas y privadas, así como en las familias, sobre el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

A la par, el documento establece cuatro líneas de acción que conforman los medios operativos mediante los cuales se cumplirá cada uno de los objetivos específicos antes planteados: Ejecutar intervenciones para la restitución de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad; e Implementar mecanismos que faciliten el acceso a los apoyos y salvaguardias que requieran las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica.

Se suman Desarrollar programas de capacitación dirigido a los jueces, y notarios, así como a defensores públicos que intervienen en el proceso de designación de apoyos y salvaguardias; e Implementar intervenciones para la toma de conciencia sobre el reconocimiento de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad.

Acompañamiento

La primera línea de acción prevé desarrollar actividades orientadas a informar, acompañar y brindar apoyo legal a las personas con discapacidad y sus familias en el proceso de restitución de la capacidad jurídica ante las instancias judiciales; así como el tránsito al sistema de apoyos y salvaguardias, en caso de que corresponda.

Además, se incorporarán acciones de supervisión para verificar que las entidades públicas y/o privadas hayan adecuado sus procedimientos administrativos a fin de eliminar el requisito de interdicción para realizar cualquier trámite a cargo de las personas con discapacidad, recalca.

La segunda línea de acción considera que es necesario que este segmento poblacional tenga acceso a información completa, clara y accesible respecto a los procesos de designación de apoyos y salvaguardias; y sus implicancias a futuro; a fin de que se encuentre en posibilidad de formular sus decisiones de manera libre e informada.

Para tal fin, plantea mecanismos como la elaboración y puesta a disposición de información completa y accesible; identificación y orientación de la población que puede requerir apoyos; y el diseño y desarrollo de herramientas para evaluar necesidades de apoyo y criterios para el establecimiento de salvaguardias.

Incluye la elaboración conjunta del plan de apoyos y salvaguardias, la asesoría legal, capacitación y otras herramientas que se requieran para que las personas con discapacidad formulen decisiones de forma libre e informada.

Procesos

En los procesos para la designación de apoyos y salvaguardias intervienen diversos actores de cuya actuación, criterio e interpretación jurídica dependerá que las personas con discapacidad reciban un trato adecuado que respete su voluntad, necesidades y preferencias. 

Así también que los apoyos y salvaguardias que se les asignen no se sustenten únicamente en criterios o diagnósticos médicos, ni se les requiera dichos documentos como prerrequisito. 

Por ello, es de suma importancia que la actuación de los operadores intervinientes en los procesos de apoyo y salvaguardias se enmarque en los enfoques señalados en la estrategia: derechos humanos, perspectiva de discapacidad, intercultural, de desarrollo humano, de interseccionalidad, generacional, de familia, gerontológico y de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. 

Por estas consideraciones se plantea capacitar a los operadores de los órganos intervinientes, a fin de asegurar que conozcan el marco normativo, y que su actuación esté enmarca da bajo el modelo social de la discapacidad, precisa la tercera línea de acción.

Respeto

La línea de acción 4 resalta que la concientización desempeña un papel fundamental en la promoción del respeto de los derechos humanos, pues se centra en actitudes, valores y creencias preexistentes que constituyen la causa fundamental de las violaciones de los derechos humanos, incluidas leyes, políticas, discursos y comportamientos discriminatorios. 

Así, es importante la participación de las personas con discapacidad en los programas de toma de conciencia, pues el contacto directo es clave para dar una dimensión humana a las experiencias vividas por las personas y contribuir a corregir ideas erróneas y estereotipos. 

Esta línea implica acciones de sensibilización, mediante campañas comunicacionales para reconocer la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, con énfasis en sus familias, los operadores de las entidades que brindan servicios públicos y la ciudadanía; a efecto de que se eliminen las ideas erróneas y los estereotipos que generan barreras para ejercer la capacidad jurídica.

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