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MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Modifican la Norma Técnica E.030 “Diseño Sismorresistente” del Reglamento Nacional de Edificaciones para incrementar la seguridad estructural de las edificaciones
Con la finalidad de incrementar la seguridad estructural de las edificaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento modificó la Norma Técnica E.030 “Diseño Sismorresistente” del Reglamento Nacional de Edificaciones, mediante la Resolución Ministerial N° 183-2026-VIVIENDA.
Para tal efecto, la norma modificatoria incorpora nuevos criterios para la clasificación de perfiles de suelo, basados en la velocidad de propagación de ondas de corte (Vs), el número de golpes corregido (N60) y la resistencia al corte no drenada (Su), más acordes con el comportamiento dinámico real de los depósitos de suelo, y alineadas con estándares internacionales.
A su vez, incluye el periodo predominante de vibración del terreno (Ts), como parámetro obligatorio para edificaciones de categorías A y B ubicadas en la zona sísmica Z4 y su metodología de cálculo.
También, incorpora el análisis sísmico, considerando la acción sísmica en simultáneo en ambas direcciones, en el análisis estructural reforzando el principio de que el diseño estructural debe considerar la acción simultánea del sismo en dos ejes ortogonales, conforme a la práctica internacional.
A esto suma que la norma modificatoria actualiza los criterios para edificaciones con muros de ductilidad limitada, sustentada en estudios experimentales y normativa comparada, que justifican la revisión del número máximo de niveles, el coeficiente básico de reducción R0 y los límites de distorsión máxima de entrepiso.
Por último, incorpora lineamientos mínimos, para la ejecución de estudios de microzonificación sísmica, con el fin de unificar criterios técnicos a nivel nacional y reducir la variabilidad en los estudios realizados por diferentes consultoras.
Los proyectos de edificación comprendidos en los alcances de la Norma Técnica E.030 “Diseño Sismorresistente”, que a la entrada en vigencia de la Resolución Ministerialmodificatoria, cuenten con expediente técnico aprobado en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe, o que respecto de los cuales se haya iniciado el procedimiento para obtener la licencia de edificación ante la municipalidad competente, o que se haya iniciado la fase de ejecución mediante la modalidad “ejecución Fast Track”, se regirán hasta su culminación con el texto de la Norma Técnica anterior a las modificaciones efectuadas.
Brindan respuesta favorable a la ONPE señalando que resulta posible la apertura excepcional del Registro de Elecciones Primarias para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, hasta el 2 de mayo del 2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 2 de mayo del 2026)
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) brindó respuesta favorable a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) indicando que resulta posible la apertura del Registro de Elecciones Primarias (REP) en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales, de manera excepcional, hasta el día sábado 2 de mayo del 2026.
Fue mediante el Acuerdo del Pleno (29/4/2026) con el cual se dispone notificar dicha respuesta a la ONPE, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), a los Jurados Electorales Especiales ERM2026 y a las unidades orgánicas del JNE que corresponda. Conozca la norma aquí
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— Diario El Peruano (@DiarioElPeruano) May 2, 2026