Trabajadores y vigilantes que laboren de pie tendrá derecho al descanso sentado
Dictamen aprobado en el Congreso busca alternar la postura durante la jornada laboral, en resguardo de su salud y dignidad.
La iniciativa legislativa se sustenta en el Proyecto de Ley 13572/2025-CR, cuya autora es la congresista Maricarmen Alva Prieto (bancada AP). Fue exonerada de segunda votación.
El dispositivo legal aprobado contiene 8 artículos y 4 disposiciones complementarias finales.
El objeto es que se brinde a las personas trabajadoras que realizan actividades en posición de pie de manera prolongada, sea trabajadores de atención al cliente o vigilantes, contar con sillas o asientos adecuados que les permita “alternar la postura durante la jornada laboral, en resguardo de su salud, dignidad y productividad”.
Su ámbito de aplicación “son aplicables a todos los centros de trabajo públicos y privados, en los que las personas trabajadoras deban permanecer de pie por periodos continuos iguales o mayores a tres horas durante la jornada”.
El artículo sexto especifica que la “obligación de proveer sillas o asientos para descanso no implica necesariamente que cada persona trabajadora cuente con una silla individual en todo momento.