• DOMINGO 3
  • de mayo de 2026

Derecho

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DERECHO

Revise las principales normas legales publicadas del 26 de abril al 2 de mayo del 2026


Domingo 26 de abril del 2026

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Crean Concurso de Preincubación para un Turismo Innovador “Emprende Turismo TEC”

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo creó el Concurso de Preincubación para un Turismo Innovador “Emprende Turismo TEC”, con el objetivo de fortalecer el ecosistema turístico nacional mediante la formación y acompañamiento de emprendimientos en etapa temprana orientados al desarrollo de soluciones tecnológicas innovadoras, que aporten a la transformación digital, gestión inteligente de destinos y mejora de la competitividad del turismo peruano. 

De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 113-2026-MINCETUR, dicho concurso se realizará de manera periódica como mínimo una vez al año.

El equipo organizador del concurso, que contará con una secretaría técnica, estará compuesto por el Director General de la Dirección General de Estrategia Turística, quien lo presidirá, el Director de la Dirección de Facilitación y Cultura Turística y el Director de la Dirección de Asuntos Ambientales Turísticos.

Los integrantes de este equipo organizador contarán con un representante alterno, designado por el integrante titular mediante correo electrónico dirigido a la secretaría técnica del concurso.

Entre las funciones de la secretaría técnica del concurso figura proponer al jurado evaluador para su designación.

El jurado evaluador del concurso que se designe será autónomo e independiente. Los criterios o condiciones de su conformación se establecerán en las bases del concurso.

Dicho jurado se encargará de la evaluación de los participantes, a fin de determinar a los ganadores del concurso. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) aprobó el Manual de Operaciones del
Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI, mediante la Resolución Ministerial N° 164-2026-JUS.

Por ende, dispuso que dicho manual se publique en sede digital del Minjusdh (www.gob.pe/minjus). Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables participará en la XIII Conferencia Iberoamericana de Ministras, Ministros y Responsables de Infancia y Adolescencia
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del sábado 25 de abril del 2026)

La señora EDITH BETZABETH PARIONA VALER, Ministra de Estado en el Despacho de la Mujer y Poblaciones Vulnerables participará en la XIII Conferencia Iberoamericana de Ministras, Ministros y Responsables de Infancia yAdolescencia, a llevarse a cabo los días 28 y 29 de abril
del 2026, en la ciudad de Zamora, Reino de España.

Para tal efecto, el Poder Ejecutivo autorizó su viaje a la ciudad de Zamora, Reino de España, del 27 al 30 de abril de 2026, mediante la Resolución Suprema Nº 138-2026-PCM.

Por ende, se encarga el Despacho Ministerial de la Mujer y Poblaciones Vulnerables al señor Felipe César Meza Millán, Ministro de Estado en el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego, en tanto dure la ausencia de la titular. Conozca la norma aquí


Lunes 27 de abril del 2026

OSINERGMIN
Aprueban el Factor de Descuento Aplicable (FDA) a la Tarifa de Transporte de la Red Principal de Camisea para el periodo mayo 2026 - abril 2027

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó el valor del Factor de Descuento Aplicable (FDA), que debe aplicarse a la Tarifa de Transporte de la Red Principal de Camisea, para el periodo comprendido entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril 2027, mediante la Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Osinergmin N° 71-2026-OS/CD.

Dicho valor del FDA es como sigue:

Empresa

FDA

Transportadora de Gas del Perú S.A.

0,95096



Conozca la norma aquí


OSINERGMIN
Publican Proyecto de resolución que fija la Tarifa Eléctrica Rural para Suministros No Convencionales (Sistemas Fotovoltaicos) y sus condiciones de aplicación, aplicable al periodo comprendido entre el 17 de agosto de 2026 y el 16 de agosto de 2030

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) dispuso la publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional: www.gob.pe/osinergmin del proyecto de resolución que fija la Tarifa Eléctrica Rural para Suministros No Convencionales (Sistemas Fotovoltaicos) y sus condiciones de aplicación, aplicable al periodo comprendido entre el 17 de agosto de 2026 y el 16 de agosto de 2030, así como de la relación de la información que sustenta dicha propuesta.

Fue mediante la Resolución de Consejo Directivo Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería Osinergmin N° 74-2026-OS/CD con la cual se convoca a Audiencia Pública para la sustentación y exposición, por parte de Osinergmin, de los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en el Proyecto de Resolución de Fijación de la Tarifa Eléctrica
Rural para Suministros No Convencionales (Sistemas Fotovoltaicos), que se realizará en la fecha, hora y modalidad siguientes:

Fecha: Martes, 12 de mayo de 2026
Hora: 9:00 am
Lugar: Iquitos, Hotel Victoria Regia, Calle Ricardo Palma 252
Plataforma: YouTube - en directo (https://www.youtube.com/@osinergmin)

Además, se establece hasta el 9 de junio del 2026 como plazo máximo para que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias al proyecto de resolución, vía la ventanilla electrónica de Osinergmin (VVO): https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o, mediante las
mesas de partes físicas de Osinergmin a nivel nacional.

Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas a la siguiente dirección de correo electrónico: distribucionelectrica@osinergmin.gob.pe, citando en el asunto lo siguiente: “Tarifa rural sistemas fotovoltaicos 2026”. La recepción de los comentarios estará a cargo de la señora Ana Paola Quispe Huanca.

La Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin se encargará del análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el referido proyecto de resolución así como de la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin. Conozca la norma aquí


Martes 28 de abril del 2026

PODER EJECUTIVO
Aprueban la “Guía Práctica de Consulta Pública en el marco de los instrumentos de mejora de la calidad regulatoria”

El Poder Ejecutivo aprobó la “Guía Práctica de Consulta Pública en el marco de los instrumentos de mejora de la calidad regulatoria”, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2026-PCM-SGP.

Dicha guía contribuirá en el fortalecimiento de la legitimidad de las decisiones regulatorias y asegurará que las nuevas normas sean más efectivas y respondan a las necesidades y expectativas
de la ciudadanía, garantizando la participación ciudadana y promoviendo la transparencia en todo el proceso de producción normativa.

Será de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública que desarrollan normas de carácter general que se encuentran dentro del ámbito de aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, de acuerdo con el artículo 33 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM.

La Secretaría de Gestión Pública, a través de la Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio, supervisará con enfoque progresivo el cumplimiento de la aplicación de la citada guía, y gestionará la plataforma de consulta pública donde se optimiza el desarrollo de la consulta pública en el proceso de producción normativa por parte de las entidades de la Administración Pública y su interacción con los ciudadanos.

La guía será publicada en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) (www.gob.pe/pcm). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO
Declaran la implementación del Registro Nacional de Proveedores del Servicio de Extensión Agropecuaria

El Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego declaró la implementación del Registro Nacional de Proveedores del Servicio de Extensión
Agropecuaria (RNPSEA), como el sistema informático para la acreditación y registro de los proveedores del servicio de extensión agropecuaria a nivel nacional, en el marco de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 31368, Ley que regula el servicio de extensión agropecuaria, aprobado con Decreto Supremo N° 015-2025-MIDAGRI.

Fue mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2026-MIDAGRI-INIA con la cual se encarga a la Subdirección de Normatividad de la Innovación Agraria de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria la administración del RNPSEA, debiendo cumplir con
lo siguiente:

Velar por el cumplimiento del contenido del mismo, en el marco de lo dispuesto en el artículo 22
del Reglamento de la Ley N° 31368, Ley que regula el servicio de extensión agropecuaria, aprobado con Decreto Supremo N° 015-2025-MIDAGRI.

Ejercer las acciones técnicas, administrativas y operativas necesarias para el funcionamiento del
RNPSEA, en coordinación con las unidades de organización competentes. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Adecúan reglamento del Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Pública del Estado a las modificaciones legales efectuadas por esta norma con rango de ley

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) modificó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo
Nº 018-2019-JUS, para adecuarlo a lo dispuesto en la Ley Nº 31778, Ley que modifica el Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, para restablecer la autonomía constitucional del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos, con relación al procedimiento de designación de los procuradores públicos.

Fue mediante el Decreto Supremo N°Nº 005-2026-JUS con lo cual se busca también asegurar la autonomía del Poder Legislativo y del Poder Judicial, así como de los organismos constitucionales autónomos y la rectoría funcional de la Procuraduría General del Estado en el ámbito de sus competencias, con el propósito de fortalecer la eficiencia, uniformidad y
modernización en la defensa de los intereses del Estado. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Autorizan la realización de la XXXVIII Convención de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “La conservación del acto administrativo como herramienta en favor de la eficiencia y promoción del interés público

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) autorizó la realización de la XXXVIII
Convención de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las entidades del Sector Público: “La conservación del acto administrativo como herramienta en favor de la eficiencia y promoción del interés público”, que se llevará a cabo, de manera
presencial, el viernes 5 de junio de 2026, en el horario de 08:00 horas a 17:30 horas, en la ciudad de Lima.

Fue mediante la Resolución Ministerial N°166-2026-JUS con la cual se encarga a la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria la organización y realización de dicha convención.

Corresponderá a la Secretaría General, la Oficina General de Administración, el Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos; la Oficina General de Tecnologías de Información y la Oficina General de Imagen y Comunicaciones brindar el apoyo y colaboración necesaria para la realización del citado certamen. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban la “Estrategia para la adecuada implementación del sistema de apoyos y salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad”

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables aprobó la “Estrategia para la adecuada
implementación del sistema de apoyos y salvaguardias para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad”, mediante la Resolución Ministerial Nº 000214-2026-MIMP.

Dicho documento será publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en las sedes digitales del Ministerio de la Mujer
y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) y del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS (www.gob.pe/conadis). Conozca la norma aquí


FONAFE
Apruebana Política de Propiedad de Empresas del Estado

La Junta de Representantes del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) aprobó la Política de Propiedad de Empresas del Estado, mediante Acuerdo de Junta de Representantes de FONAFE N° 001-2026/002-JR-FONAFE, adoptado en la Sesión N° 002-2026, del 16 de marzo del 2026.

Esto de conformidad con el inciso 3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1693 y el inciso 1 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1693.

Dicha política podrá descargarse en el siguiente enlace: https://www.fonafe.gob.pe/centrocorporativo/politicadepropiedaddeempresasdelestado.
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PODER JUDICIAL
Prorrogan por tres meses el funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, de la Corte Suprema de Justicia de la República

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) prorrogó por el término de tres meses, a partir del 1 de mayo del 2026, el funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social
Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante la Resolución Administrativa N° 000124-2026-CE-PJ.

Con dicha resolución también prorroga a partir de esa fecha, con carácter de exclusividad y por el plazo de tres meses, los siguientes órganos jurisdiccionales, para el juzgamiento de los funcionarios comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política del Estado; artículo 34, numeral 4), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y artículo 454 del Código Procesal Penal, cuyos procesos sean tramitados bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales y Código Procesal Penal:

a) La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República; y
b) El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria  Conozca la norma aquí


MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Declaran en situación de Emergencia ór 180 días el tránsito en las vías del Sistema Vial Metropolitano

La Municipalidad Metropolitanade Lima declaró como medida excepcional en SITUACIÓN DE EMERGENCIA el tránsito en las vías del Sistema Vial Metropolitano de Lima, comprendidas en la Ordenanza N° 341, sus modificatorias y ratificada mediante Ordenanza N° 2590, con el objeto de priorizar acciones inmediatas de control, fiscalización, intervención vial y recuperación de la operatividad de la red metropolitana, por el plazo de 180 días calendarios. 

Fue mediante la Ordenanza N° 2817, con la cual se encarga a la Empresa Municipal de Apoyo a Proyectos Estratégicos S.A. (EMAPE S.A.), a la Gerencia de Movilidad Urbana, al Fondo Metropolitano de Inversiones (INVERMET) y al Gobierno Regional Metropolitano de Lima, desarrollar las acciones, en el marco de sus competencias, para el cumplimiento de dicha declaratoria, acorde con la normativa vigente.

Además, se encarga a estas unidades de organización desarrollar las coordinaciones con la Policía Nacional del Perú y con la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, para la adecuada implementación de la declaratoria de emergencia.  Conozca la norma aquí


ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN
Aprueban la “Directiva de supervisión archivística a los integrantes del Sistema Nacional de Archivos”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 27 de abril del 2026)

El Archivo General de la Nación aprobó la Directiva Nº 001-2026-AGN/DDPA, denominada “Directiva de supervisión archivística a los integrantes del Sistema Nacional de Archivos”, mediante la Resolución Jefatural Nº 000113-2026-AGN/JEF.

Por ende, se encarga a la Oficina de Tecnologías de la Información y Estadística, una vez difundida la citada resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, la publicación de la directiva y su exposición de motivos. en el portal institucional del Archivo General de la Nación
(www.agn.gob.pe) y en el portal de transparencia estándar de la entidad. Conozca la norma aquí


Miércoles 29 de abril del 2026

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban Reglamento del Mecanismo de Intercambio de Información Social

El Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobó el Reglamento del Mecanismo de Intercambio de Información Social (MIIS), mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000039-2026-OFIS-PE.

La norma  reglamentaria establece las disposiciones que regulan la organización, gobernanza, arquitectura, operación, procedimientos, estandarización, aseguramiento de la calidad, verificación del cumplimiento de obligaciones y responsabilidades vinculadas al MIIS, administrado por el OFIS; con lo cual fija el marco normativo que hace posible el funcionamiento ordenado, seguro, trazable, progresivo y sostenible del MIIS.

El reglamento consta de ocho (8) títulos, cincuenta y seis (56) artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias Finales, y cuatro (4) Disposiciones Complementarias Transitorias.

Las Disposiciones Complementarias Finales y Transitorias del Reglamento del MIIS, aprobado entrarán en vigencia al día siguiente de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano.

La vigencia integral del reglamento se producirá al culminar la ejecución del Plan de Implementación Progresiva del MIIS, al que hace referencia la Primera Disposición Complementaria Transitoria.

El OFIS dispuso la publicación de la norma reglamentaria en su sede digital (www.gob.pe/ofis).
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley que establece mecanismos excepcionales para garantizar la continuidad formativa de estudiantes de universidades asociativas sin fines de lucro, creadas por ley, con licencia institucional denegada

El Ministerio de Educación dispuso la publicación en su sede digital (www.gob.pe/minedu) del proyecto de Reglamento de la Ley N° 32494, Ley que establece mecanismos excepcionales para  garantizar la continuidad formativa de estudiantes de universidades asociativas sin fines de lucro, creadas por ley, con licencia institucional denegada, así como de su exposición de motivos, mediante la Resolución Ministerial N° 251-2026-MINEDU.

De acuerdo con la norma se establece el plazo de quince (15) días calendario, contado desde el día siguiente de la publicación de la citada resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, para recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas, y de la ciudadanía en general.

Los comentarios, aportes u opiniones que se reciban al proyecto normativo deberán ser formulados utilizando el “Formato de comentarios, aportes u opiniones” y deberán remitirse a la dirección electrónica ofertaeducativa@minedu.gob.pe.

La Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, dependiente de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, se encargará de la recepción, procesamiento, sistematización, evaluación y atención de los comentarios, aportes u opiniones que se presenten al proyecto normativo.

Por ende, se dispone la publicación del proyecto normativo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu). Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Conforman el mecanismo de articulación intergubernamental denominado “Mesa Nacional para el Seguimiento, Coordinación y Concertación del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)”

El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conformó el mecanismo de articulación intergubernamental denominado “Mesa Nacional para el Seguimiento, Coordinación y Concertación del Sistema Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)”, con la finalidad de coadyuvar en la implementación de políticas en materia de discapacidad en las jurisdicciones de los Gobiernos Regionales y la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Fue mediante la Resolución de Presidencia N° D000088-2026-CONADIS-PRE con la cual se establece que dicha mesa nacional, que estará presidida por el presidente del Conadis e integrada además por los presidentes de los gobiernos regionales más el alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima, sesionará de manera ordinaria dos (02) veces al año, bajo la modalidad presencial o virtual; siendo obligatoria la realización de al menos una (1) sesión presencial en el año, en el lugar que establezca la Presidencia.

La Presidencia de la citada mesa nacional podrá convocar sesiones extraordinarias, en las modalidades presencial o virtual cuando las circunstancias lo ameriten, para atender asuntos urgentes o de especial relevancia en materia de discapacidad.

El Conadis encarga a la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, a través de la Subdirección de Políticas Públicas, la elaboración de las disposiciones normativas que regulen la convocatoria, quórum, desarrollo de sesiones, vigencia de acuerdos previos, adopción de acuerdos nuevos, seguimiento de compromisos y demás reglas necesarias para la operatividad de la “Mesa Nacional para el Seguimiento, Coordinación y Concertación del Sistema Nacional
para la Integración de la Persona con Discapacidad (SINAPEDIS)”, en un plazo no mayor de diez (10) días calendarios contados a partir del día siguiente de la publicación de la mencionada resolución. Conozca la norma aquí


PRODUCE
Aprueban normas temporales para la aplicación de un régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, y establece otras disposiciones

El Ministerio de la Producción (Produce) aprobó normas temporales para la aplicación de un régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, en el contexto de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31749, Ley que reconoce la pesca tradicional ancestral y la pesca tradicional artesanal e impulsa su preservación dentro de las cinco millas marítimas peruanas, y estableció disposiciones sobre el aplazamiento y fraccionamiento de dichas deudas, inclusive respecto de aquellas que se encuentren en etapa de cobranza coactiva.

Fue mediante el Decreto Supremo Nº 005-2026-PRODUCE con el cual se establece que este régimen excepcional es de naturaleza temporal, y de aplicación a las personas naturales o jurídicas que cuenten con sanciones de multa impuestas por el Produce hasta el 31 de diciembre del 2025 en materia pesquera y acuícola, que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Multas pendientes de pago.
b) Multas en plazo de impugnación.
c) Multas impugnadas en vía administrativa o judicial.
d) Multas en ejecución coactiva, aún si estas se encuentran en proceso de revisión judicial, salvo aquellos casos en los que existe una comunicación de retención efectiva por parte del agente retenedor.
e) Saldo pendiente de las multas fraccionadas, que se encuentran en trámite, en el marco del artículo 42 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE.

El plazo para acogerse al citado régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura es hasta el 30 de junio del 2026.

El régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura está sujeto a las siguientes escalas de descuento:

Ítem

Multas impuestas en los periodos comprendidos

Escalas de descuento

1

De marzo 2019 a diciembre 2021

50%

2

Periodos no contemplados en el ítem 1 y hasta el 31 de diciembre de 2025

40%


Las personas naturales o jurídicas que se acojan al régimen excepcional para el pago de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura, pagarán el cincuenta por ciento (50%) o sesenta por ciento (60%), según sea el caso, por la imposición de multas administrativas en el sector pesca y acuicultura.

Como resultado de la aplicación del régimen excepcional, el saldo de la deuda a pagar, denominada deuda total, comprenderá la multa reducida, los intereses, las costas y los gastos generados en el procedimiento sancionador y de ejecución coactiva. Conozca la norma aquí


SUNAT
Disponen la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica los sujetos obligados a emitir la guía de remisión remitente, incorpora un documento relacionado con el traslado de mercancía extranjera, establece nuevos supuestos para emitir la guía de remisión electrónica por evento y otros

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dispuso la publicación del proyecto de resolución de superintendencia que modifica los sujetos obligados a emitir la guía de remisión remitente, incorpora un documento relacionado con el traslado de mercancía extranjera, establece nuevos supuestos para emitir la guía de remisión electrónica por evento y otros, así como su exposición de motivos, en la sede digitat de esta entidad recaudadora (www.sunat.gob.pe), por el plazo de quince (15) días calendario, para recoger los comentarios, aportes u opiniones de los sujetos involucrados en dicho proyecto y del público en general.

Fue mediante la Resolución de Superintendencia N° 000074-2026/SUNAT con la cual se dispone que los referidos comentarios, aportes u opiniones podrán presentarse en la Mesa de Partes de la Sunat, ubicada en la avenida Garcilaso de la Vega N.º 1472, Cercado de Lima; en los Centros de Servicios al Contribuyente de la Sunat a escala nacional y en la Mesa de Partes Virtual - SUNAT; o enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico: mvasquezpac@sunat.gob.pe.
La Intendencia Nacional de Gestión de Procesos estará a cargo de su recepción, sistematización y análisis. Conozca la norma aquí


JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA
Aprueban convocatoria a Concurso Público de Méritos para la Selección y Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) aprobó la Convocatoria N° 001-2026-SN-JNJ: Concurso Público de Méritos para la Selección y Nombramiento del Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), mediante la Resolución N° 283-2026-JNJ.

A la par, la JNJ aprobó las bases del Concurso Público de Méritos para la Selección y Nombramiento del Jefe de la ONPE,

Además, dispuso la publicación de la referida convocatoria en el Boletín Oficial de la Magistratura así como en la página web de la JNJ. Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el “Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones”

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el “Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones” en la sede digital de esta entidad supervisora (www.sbs.gob.pe).

Fue mediante la Resolución SBS N° 01250-2026 con la cual se establece que el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto normativo es de noventa (90) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la citada resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el “Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito”

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que modifica el “Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo por Riesgo de Crédito” en la sede digital de esta entidad supervisora (www.sbs.gob.pe).

Fue mediante la Resolución SBS N° 01255-2026 con la cual se establece que el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto normativo es de noventa (90) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la mencionada resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


PODER EJECUTIVO
Prorrogan por 60 días el Estado de Emergencia declarado en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 28 de abril del 2026)

El Poder Ejecutivo prorrogó por el término de sesenta (60) días calendario, a partir del 29 de abril del 2026, el Estado de Emergencia declarado en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao, para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia. 

Fue mediante el Decreto Supremo N° 062-2026-PCM con el cual se establece que la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determinará las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos. 

Durante la prórroga del Estado de Emergencia y en las circunscripciones señaladas, se aplicará lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 9), 11), 12) y 24), apartado f), del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.  Conozca la norma aquí


ONPE
Aprueban el Plan de Medios Franja Electoral de las Elecciones Primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del martes 28 de abril del 2026)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el Plan de Medios Franja Electoral de las Elecciones Primarias de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, mediante la Resolución Jefatural Nº 000070-2026-JN/ONPE.

Dicho plan se encuentra contenido en el siguiente enlace: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9877913/8066285-plan-de-medios-de-la-franja-electoral-ep-erm-2026.pdf?v=1777337007. Conozca la norma aquí


Jueves 30 de abril del 2026

MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
Aprueban “Metodología para la Determinación de la Clasificación Socioeconómica”

El Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobó el Documento Técnico N° 002-2026-OFIS-DDMFGIS, que contiene la “Metodología para la Determinación de la Clasificación Socioeconómica”.

Dicho documento establece el marco conceptual, metodológico y operativo para la determinación de la Clasificación Socioeconómica (CSE) de los hogares a nivel nacional, en el contexto del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO). 

Además, organiza de manera sistemática los elementos necesarios para la implementación de la referida metodología, incluyendo el objetivo, alcance, base legal, definiciones conceptuales y los componentes metodológicos que intervienen en el proceso de determinación de la CSE. 

Asimismo, establece las responsabilidades de las unidades orgánicas del OFIS involucradas en su implementación, seguimiento y mejora continua.

De acuerdo con la  Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000041-2026-OFIS-PE la Dirección de Sistemas de Información Social, en coordinación con las demás unidades orgánicas del OFIS, elaborará el Plan de trabajo para la implementación de la mencionada metodología, en el plazo de treinta (30) días calendario. 

Aquel plan deberá contar con el visto bueno de las unidades orgánicas responsables de su ejecución. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL INTERIOR
Establecen normas reglamentarias para la incorporación de personas con discapacidad dentro de los alcances de la Alerta Amber

El Ministerio del Interior estableció las normas reglamentarias para la incorporación de las personas con discapacidad dentro de los alcances de la Alerta Amber y garantizar la atención policial inmediata de las denuncias por desaparición de estas personas.

Fue mediante la adecuación del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2019-IN, conforme a las modificaciones y disposiciones establecidas en la Ley Nº 32305, efectuada por intermedio del Decreto Supremo Nº 004-2026-IN.

Así, se establece que para la activación de la Alerta Amber (sistema nacional e internacional de difusión rápida para la búsqueda y localización de niñas, niños y adolescentes desaparecidos que corren riesgo inminente de sufrir daño grave) por desaparición de una persona con discapacidad, el personal policial receptor de la denuncia coordinará, bajo responsabilidad y en un plazo no mayor de tres horas de recibida la denuncia, con la División de Investigación y Búsqueda de Personas Desaparecidas de la Dirección contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de la Policía Nacional del Perú o la que haga sus veces, para la evaluación de su activación. 

La activación de la alerta por desaparición de personas con discapacidad requerirá de la evaluación y determinación de una situación de alto riesgo, de conformidad con lo establecido en la ley. Para tales efectos se deberá tener en cuenta los siguientes criterios de manera concurrente:

a) Que el período transcurrido desde la fecha y hora de ocurrida la desaparición, hasta la fecha y hora del registro de la denuncia policial, no haya excedido las cuarenta y ocho horas.
b) Que la denuncia por desaparición se encuentre registrada en los Sistemas Informáticos Policiales disponibles, tales como SIRDIC, SIDPOL, entre otros, y cuente con la Nota de Alerta generada.

Además, que se presente alguno de los supuestos que se señalan a continuación:

a) La desaparición corresponde a una persona con discapacidad intelectual y/o psicosocial, así como personas autistas.
b) Que la desaparición corresponda a una persona con discapacidad severa.
c) Que la persona con discapacidad tenga difi cultades significativas para comunicarse, ya sea verbalmente o por otros formatos y medios accesibles, que dificulta su capacidad de pedir ayuda o de ser localizada. Esto incluye, pero no se limita a personas con discapacidad auditiva, visual, así como personas con sordoceguera y personas autistas.

De esta manera se incorpora el artículo 13-C en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1428.

A la par, con el Decreto Supremo Nº 004-2026-IN se modifican los artículos 4, 5, 7, 9, y 13-A, del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1428. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban nuevo Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprobó el nuevo Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS.

La aprobación de este nuevo TUO obedece a que posteriormente al TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019 JUS, se efectuaron diversas modificaciones a dicha ley.

Así, este nuevo TUO compila, ordena y sistematiza todas las modificaciones normativas efectuadas a la citada ley, a fin de que las entidades de la Administración Pública y los administrados, cuenten con un único texto como fuente informativa que facilite su manejo.


MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Disponen la publicación de proyecto denominado “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”, en la plataforma digital única del Estado Peruano y en la sede digital del Conadis

El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dispuso la publicación del proyecto denominado “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la Sede Digital del Conadis (www.gob.pe/CONADIS).

Fue mediante la Resolución de Presidencia N° D000091-2026-CONADIS-PRE, con la cual se establece un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de dicha Resolución, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios por parte de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.

La Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia del Conadis se encargará de publicar el plan de consulta, realizar las acciones de difusión, así como de recepción, sistematización y evaluación de los aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten con
relación al proyecto de “Modelo de Servicio de Cuidado Diurno para Personas con Discapacidad”.

Además, se habilita la Mesa de Partes Virtual del Conadis, la dirección de correo electrónico:
derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe, la Plataforma de Consulta Ciudadana en Discapacidad: https://sistemas.CONADISperu.gob.pe/dpdnormativos/ y otros canales que se estimen pertinentes para recoger los aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas. Conozca la norma aquí


PRODUCE
Aprueban Norma Técnica Peruana sobre sistemas de gestión ambiental

El Instituto Nacional de Calidad (INACAL), adscrito al Ministerio de la Producción (Produce) aprobó la siguiente Norma Técnica Peruana: NTP-ISO 14001:2026 Sistemas de gestión ambiental,  Requisitos con orientación para su uso. 

Fue mediante la Resolución Directoral N° 000007-2026-INACAL/DN con la cual se deja sin efecto las versiones anteriores de dicha Norma Técnica Peruana. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DE SALUD
Crean Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de elaborar la propuesta del Plan Multisectorial para la prevención y reducción de la mortalidad materna y neonatal 2026-2030

El Ministerio de Salud (Minsa) creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente de dicho portafolio, con el objeto de elaborar la propuesta del Plan Multisectorial para la prevención y reducción de la mortalidad materna y neonatal 2026-2030.

Fue mediante la Resolución Ministerial Nº 445-2026/MINSA con el cual se precisa que este Grupo de Trabajo, que contará con una Secretaría Técnica, estará presidido por un representante del Despacho Viceministerial de Salud Pública.

Los representantes titulares y alternos del citado Grupo de Trabajo se acreditarán mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la referida Resolución Ministerial en el
Diario Oficial El Peruano.

El Grupo de Trabajo creado se instalará previa convocatoria de su Secretaría Técnica, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la acreditación de los respectivos representantes titulares y alternos y, tendrá una vigencia de sesenta (60) días hábiles contados desde el día hábil siguiente de su instalación, plazo que podrá ser ampliado considerando el avance de las actividades y requerimientos para el cumplimiento de su objeto. Conozca la norma aquí


OSIPTEL
Aprueban publicación para comentarios del proyecto de Normas complementarias
para la aplicación del artículo 35-A de la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones
y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL


El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Teleccomunicaciones (Osiptel) aprobó la publicación para comentarios del proyecto de Normas complementarias para la aplicación del artículo 35-A de la Ley N° 27336, Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL.

De acuerdo con la Resolución N° 000051-2026-CD/OSIPTEL se encarga a la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Institucionales del citado organismo disponer las acciones necesarias para la publicación del proyecto de Normas Complementarias en la sede digital del OSIPTEL (https://www.gob.pe/osiptel).

A tono con ello, se establece un plazo de quince (15) días calendario para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto del proyecto de Normas Complementarias.

Los comentarios se deberán presentar a través de la Mesa de Partes Virtual del OSIPTEL, para lo cual se deberá adjuntar un archivo en formato Word establecido.

La Oficina de Asesoría Jurídica se encargará del acopio, procesamiento y sistematización de
los comentarios que se presenten al proyecto de Normas Complementarias, así como de la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones. Conozca la norma aquí


SERVIR
Formalizan acuerdo mediante el cual se aprueba la “Directiva que regula la planificación y la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”

La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) formalizó el acuerdo de su Consejo Directivo adoptado en la Sesión N° 10-2026-CD, mediante el cual se aprueba la Directiva N° 01-2026-SERVIR GDSRH, “Directiva que regula la planifi cación y la gestión de los procesos de selección en el régimen de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”.

Fue por intermedio de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000064-2026-SERVIR-PE, con lo cual Servir actualiza las normas técnicas, métodos, procedimientos y responsabilidades de cumplimiento obligatorio para la planificación y la gestión de los procesos de selección y progresión en la carrera, bajo el régimen laboral de la Ley del Servicio Civil.

Por ende, se dispuso la publicación de la mencionada directiva en la sede digital de Servir (www.gob.pe/servir), así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano  (www.gob.pe). Conozca la norma aquí


OECE
Aprueban Tabla de Aranceles de Costas y Gastos para los Procedimientos de Ejecución
Coactiva seguidos por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes 

El Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientess (OECE) aprobó la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos para los Procedimientos de Ejecución Coactiva seguidos por este organismo, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000080-2026-OECE-PRE.

Dicha tabla de aranceles se detalla a continuación:

TABLA DE ARANCELES DE COSTAS Y GASTOS APLICABLES

A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA SEGUIDOS

POR EL ORGANISMO ESPECIALIZADO PARA LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS EFICIENTES

ACTO PROCEDIMENTAL

Tasa
% UIT(*)

1

Emisión de resolución de ejecución coactiva.

0.19%

2

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de retención.

2.71%

3

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de secuestro conservativo vehicular.

3.24%

4

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de depósito con extracción.

4.30%

5

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de inscripción de bienes muebles e inmuebles.

1.74%

6

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de intervención en información.

3.93%

7

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de intervención en recaudación.

3.93%

8

Emisión de medidas cautelares por embargo en forma de intervención en administración de bienes.

3.93%

9

Otras resoluciones y Cartas.

0.37%

10

Gastos de publicación en el diario oficial El Peruano y/u otros de mayor circulación.

Según honorarios o tarifario de la entidad donde se efectúe el gasto.

11

Gastos en derechos registrales (tasas registrales liquidadas).

12

Gastos por peritos, tasadores, martilleros públicos, traslados, etc. Que intervengan en la ejecución (previo sustento).

(*) UIT: Unidad Impositiva Tributaria.

El cálculo de las costas deberá realizarse considerando el valor de la UIT vigente a la fecha en la que se emite el acto procedimental.




BANCO CENTRAL DE RESERVA
Ponen en circulación una moneda de plata alusiva al bicentenario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre el Perú y los Estados Unidos de América

El Banco Central de Reserva (BCR) puso en circulación una moneda de plata alusiva al bicentenario del establecimiento de relaciones diplomáticas entre el Perú y los Estados Unidos de América, mediante la Circular N° 0009-2026-BCRP.

Las características de la moneda son:

Denominación: S/ 1,00
Aleación: Plata 0,925
Peso fino: 1 onza troy
Diámetro: 37,00 mm
Calidad: Proof
Canto: Estriado
Año de acuñación: 2026
Emisión máxima: 5,000 unidades

En el reverso de la moneda se muestra al lado izquierdo, la ciudad Inca de Machu Picchu y debajo de esta, el año 1826; al lado derecho figura la Torre de la Libertad (Freedom Tower) ubicada en Miami, y al lado de la torre el año 2026. Circundando la parte superior se aprecia el texto “200 AÑOS DE RELACIONES DIPLOMÁTICAS” y debajo “PERÚ - USA”.

En el anverso de la moneda fi gura el Escudo de Armas, el texto “BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ”, el año de acuñación y la denominación “UN SOL”.

El BCR otorga curso legal a esta moneda, la misma que estará en circulación desde el 30 de abril de 2026, difundiendo el precio de esta moneda en el portal del Banco (https://tiendavirtual.bcrp.gob.pe/tiendabcrp/), el cual será reajustado de acuerdo con la evolución de los costos. Conozca la norma aquí


SUNAT
Amplían la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica 
para los sujetos obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) a través del Sistema Integrado de Registros
Electrónicos (SIRE) al período diciembre del 2025.

Esto con la finalidad de que continúen las acciones inductivas para promover la oportuna anotación de las operaciones en el SIRE y se cumpla con uno de los principios institucionales, consistente en dar servicios de calidad que comprendan y satisfagan las necesidades de los
contribuyentes, detalla la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos N° 000019-2026-SUNAT/700000.

En ese contexto, se establece que la aplicación de la citada facultad comprende a las infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica cuando se configuren por los períodos abril y mayo de 2026, prorrogándose el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes que correspondan en el SIRE hasta el 30 de junio del 2026. Conozca la norma aquí


SBS
Autorizan la difusión en consulta pública del proyecto normativo del “Reglamento del
Proceso de Gestión del Patrimonio Efectivo de las Empresas del Sistema Financiero”

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo del “Reglamento del
Proceso de Gestión del Patrimonio Efectivo de las Empresas del Sistema Financiero” en su sede digital (www.sbs.gob.pe).

Fue mediante la Resolución SBS N° 01257-2026, con la cual se establece que el plazo para que el público en general pueda remitir a la SBS sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado es de treinta (30) días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la mencionada resolución en el Diario Oficial El Peruano. Conozca la norma aquí


MINISTERIO DEL INTERIOR
Crean el Programa Nacional denominado “Programa de Reducción de Cultivos Ilegales en el Perú (PRECIP)”
(Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del miércoles 29 de abril del 2026)

El Ministerio del Interior (MININTER) creó el Programa Nacional denominado “Programa de Reducción de Cultivos Ilegales en el Perú” (PRECIP), en el ámbito de dicho portafolio, dependiente del Despacho Viceministerial de Orden Interno, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2026-IN.

El PRECIP tiene por objetivo reducir y erradicar los cultivos ilegales en las Zonas Estratégicas de Intervención (ZEI).

En esa medida, tiene por finalidad contribuir a la seguridad y al desarrollo sostenible del país mediante la reducción y erradicación de los cultivos ilegales, coadyuvando a la mejora de las  condiciones ambientales, culturales, sociales y económicas, en el ámbito de sus competencias,
con respeto de las características de la población presente en el ámbito de intervención del programa.

El PRECIP intervendrá en las ZEI para la implementación de la Política Nacional contra las Drogas. Conozca la norma aquí


Viernes 1 de mayo del 2026

Gobierno aprueba Estrategia Nacional de IA 2026–2030 para modernizar el Estado

La Presidencia del Consejo de Ministros aprobó oficialmente la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial 2026–2030 (ENIA) mediante la Resolución Ministerial N.° 152-2026-PCM, estableciendo un marco integral para el desarrollo, adopción y supervisión de esta tecnología en el sector público. 

La norma dispone que la ENIA será de aplicación obligatoria para entidades de la administración pública y empresas estatales, mientras que actores como la academia, el sector privado y la sociedad civil podrán adoptarla de manera referencial.

La estrategia busca articular el uso de la inteligencia artificial con políticas de transformación digital, seguridad de la información, protección de datos personales y principios éticos. En ese sentido, la PCM, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, asume el rol de ente rector, encargado de conducir, supervisar y actualizar su implementación.

Uno de los ejes centrales de la ENIA es la obligación de que cada entidad pública formule un Plan de Acción de Inteligencia Artificial, alineado a sus objetivos institucionales y a los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Dichos planes deberán incluir diagnóstico, objetivos, indicadores, cronogramas y recursos, con un horizonte mínimo de tres años.

Asimismo, se crea la figura del Oficial de Inteligencia Artificial (OIA), responsable de coordinar la gestión de esta tecnología, supervisar el cumplimiento de estándares éticos y asegurar la correcta implementación de los proyectos. Este rol será clave tanto a nivel sectorial como regional e institucional.

La norma también establece la creación del Catálogo IA Perú, una plataforma colaborativa que reunirá modelos, datos y métricas bajo estándares de transparencia y acceso abierto. Finalmente, se prevé la supervisión continua de la estrategia y la generación de espacios de diálogo multisectorial para su mejora progresiva, consolidando así la gobernanza de la inteligencia artificial en el país.


Ministerio de Cultura aprueba estímulos económicos 2026 para el sector editorial

El Ministerio de Cultura aprobó el “Plan Anual de Estímulos Económicos para el Libro y Fomento de la Lectura 2026”, mediante la Resolución Ministerial N.° 000142-2026-MC, consolidando una política pública orientada a fortalecer el ecosistema del libro en el país. 

La medida contempla una asignación total de S/ 4,656,000 destinados a financiar iniciativas que impulsen la producción, circulación y acceso al libro, así como la promoción de la lectura y la escritura.

El plan, que será publicado en las plataformas oficiales del Estado, se sustenta en un marco normativo que incluye la Ley N.° 29565, que crea el Ministerio de Cultura, y la Ley N.° 31893, orientada al fortalecimiento del ecosistema del libro. 

Asimismo, incorpora disposiciones de la Ley N.° 32309, que establece incentivos económicos para las industrias culturales, reforzando la articulación intersectorial.

De acuerdo con el Ministerio, los estímulos serán otorgados mediante concursos públicos y se financiarán con recursos del FONDOLIBRO, conforme a lo establecido en la Ley N.° 31053. El reglamento vigente dispone que estos incentivos deben aplicarse bajo un enfoque intercultural y alineados al Programa Presupuestal 0140, dedicado al desarrollo de las artes e industrias culturales.

La propuesta fue elaborada por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con respaldo técnico, presupuestal y legal de las instancias correspondientes. Con esta decisión, el Ejecutivo busca consolidar una política sostenida de apoyo al sector editorial y promover el acceso equitativo a la lectura en el país.


Nueva regulación aclara tratamiento de mercancías en tránsito y transbordo

El Poder Ejecutivo incorporó diversas modificaciones al Reglamento de la Ley General de Aduanas y a la Tabla de Sanciones aplicables a sus infracciones, mediante el Decreto Supremo N.º 076-2026-EF. La norma tiene como finalidad adecuar el marco reglamentario a los cambios dispuestos por el Decreto Legislativo N.º 1711, así como optimizar el control aduanero y facilitar las operaciones de comercio exterior.

Entre las principales novedades, se incorporan los artículos 145-A y 145-B, que regulan la posibilidad de sustituir la sanción de comiso por el pago de una multa en determinados supuestos. Esta opción procede cuando la mercancía no manifestada o con discrepancias es detectada a bordo durante acciones de control extraordinario, siempre que no se trate de bienes excluidos y se cumplan requisitos específicos, como acreditar su destino al exterior y presentar la solicitud dentro de plazos establecidos. No obstante, quedan excluidas mercancías prohibidas, peligrosas, armas, bienes que afecten la salud, el ambiente o el patrimonio cultural, entre otros.

Asimismo, se modifican diversos artículos del reglamento vinculados a mercancías vigentes, salida de equipos, tratamiento de bienes del patrimonio cultural, transmisión del manifiesto de carga y rectificación de declaraciones. Destaca la digitalización de procedimientos y la precisión de supuestos en los que se mantienen sanciones.

La norma también ajusta la Tabla de Sanciones, incorporando nuevos códigos de infracción y reemplazando supuestos vinculados al comiso. Con ello, se busca un sistema más proporcional, eficiente y alineado con las dinámicas actuales del comercio internacional.


Estado otorga alta condecoración póstuma a mártir laboral Irene Salvador Grados

El Estado peruano otorgó, de manera póstuma, la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de “Comendador” a Irene Salvador Grados, mediante la Resolución Suprema Nº 009-2026-TR, en reconocimiento a su destacada trayectoria y sacrificio en la defensa de los derechos laborales.

De acuerdo con la normativa vigente, este galardón constituye la más alta distinción que concede la Nación a quienes han realizado acciones meritorias en el ámbito del trabajo, la seguridad social y la promoción del empleo. La decisión fue adoptada por el Consejo de la Orden del Trabajo, órgano encargado de evaluar las candidaturas y determinar los grados de condecoración.

La figura de Irene Salvador Grados destaca por su rol como dirigente social en la provincia de Huaura, donde en 1917 participó activamente en las protestas de jornaleros que exigían la jornada laboral de ocho horas y condiciones dignas de trabajo. Durante estas manifestaciones, perdió la vida, convirtiéndose en la primera víctima mortal registrada en dicho contexto y en una de las primeras mujeres mártires de las luchas sociales en el Perú.

Su sacrificio ha sido considerado una acción distinguida de especial relevancia histórica, al evidenciar el protagonismo de las mujeres en la defensa de los derechos laborales. Asimismo, su legado contribuyó al proceso que culminó con el reconocimiento oficial de la jornada de ocho horas en 1919.

Diversas instituciones han reconocido su memoria, consolidando su figura como símbolo de justicia social y lucha por la dignidad laboral.


Estado otorga condecoración póstuma a Manuela Díaz por su lucha laboral histórica

El Poder Ejecutivo dispuso otorgar, de manera póstuma, la Condecoración de la Orden del Trabajo en el grado de “Comendador” a Manuela Díaz Chaflojo, mediante la Resolución Suprema N.º 010-2026-TR. 

La distinción, una de las más altas que concede el Estado peruano en materia laboral, reconoce sus acciones distinguidas y su contribución histórica a la defensa de los derechos de los trabajadores.

De acuerdo con el Decreto Ley N.º 20585 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 011-2015-TR, esta condecoración se entrega a personas que destacan por méritos excepcionales en el ámbito laboral, la seguridad social y la promoción del empleo. 

Asimismo, se considera acción distinguida todo acto realizado con desinterés, compromiso y vocación de servicio en favor de mejores relaciones laborales y condiciones de trabajo.

La trayectoria de Díaz Chaflojo cobra especial relevancia por su activa participación en las movilizaciones sociales de 1917 en la provincia de Huaura, donde respaldó a los jornaleros en su lucha por la jornada laboral de ocho horas y la dignidad en el trabajo. Su fallecimiento, producto de la represión durante dichas protestas, la convirtió en símbolo de la lucha social y del rol de las mujeres en la reivindicación de derechos laborales.

El Consejo de la Orden del Trabajo, presidido por el Ministro de Trabajo y conformado por representantes del sector público, privado y académico, aprobó por mayoría calificada esta distinción el 24 de abril de 2026, en el marco de las celebraciones por el Día del Trabajo.

Gobierno otorga distinción póstuma a luchador sindical Cayetano Romero Chinga

El Poder Ejecutivo otorgó la Condecoración de la Orden del Trabajo, de manera póstuma y en el grado de “Comendador”, al señor Cayetano Romero Chinga, conforme a la Resolución Suprema N.º 011-2026-TR, refrendada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

La distinción se sustenta en el Decreto Ley N.º 20585, que establece que esta condecoración se otorga a personas con méritos calificados y acciones distinguidas en el ámbito laboral o de la seguridad social, constituyendo el más alto reconocimiento del Estado a trabajadores, empleadores, académicos y especialistas.

Asimismo, el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 011-2015-TR precisa que la Orden del Trabajo es el máximo reconocimiento a quienes realizan acciones distinguidas en favor del trabajo, el empleo, la capacitación laboral y la seguridad y salud en el trabajo.

De acuerdo con la norma, el Consejo de la Orden del Trabajo evaluó la propuesta y aprobó por unanimidad la condecoración, tras la deliberación realizada el 24 de abril de 2026, conforme a la Resolución Ministerial N.º 077-2026-TR que lo conforma.

La candidatura póstuma de Cayetano Romero Chinga destaca su participación en las luchas obreras de la provincia de Huaura en 1916, donde perdió la vida en manifestaciones sindicales en defensa de la jornada laboral de ocho horas y la dignidad del trabajador.

Su sacrificio constituye un antecedente histórico relevante en el proceso que condujo al reconocimiento de la jornada de ocho horas en 1919, consolidándose como una acción de especial significación para el derecho laboral peruano en el país.


Sábado 2 de mayo del 2026

Cultura: aprueban Plan Operativo Institucional (POI) Plurianual 2027-2029

El Ministerio de Cultura del Perú aprobó su Plan Operativo Institucional (POI) Plurianual 2027-2029, instrumento de gestión que orientará la asignación de recursos y el cumplimiento de metas prioritarias del sector durante ese período.

La medida se oficializó mediante la Resolución de Secretaría General N.° 000058-2026-SG/MC, la cual señala que el documento se alinea con el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030 del sector Cultura y se formuló conforme a la metodología establecida por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan), en el contexto del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.

El documento recoge los aportes de la alta dirección, órganos de línea, direcciones desconcentradas de cultura y unidades ejecutoras del ministerio, consolidando las acciones y metas que se deberán ejecutar en los próximos tres años.

Asimismo, la resolución dispone que todas las dependencias incluidas en el plan deberán cumplir estrictamente con su contenido bajo responsabilidad. 

En tanto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante su Oficina de Planeamiento, se encargará de realizar el seguimiento y evaluación de su ejecución. Conozca la norma aquí .


Midagri: oficializan “II Feria Internacional de Cacao de Excelencia del Perú-FICACAO 2026”

La “II Feria Internacional de Cacao de Excelencia del Perú-FICACAO 2026”, que se realizará del 3 al 6 de septiembre de 2026, en la ciudad de Quillabamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco, oficializó el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri).

La Resolución Ministerial N.° 0148-2026-Midagri resalta la relevancia del certamen para el desarrollo del sector cacaotero, la promoción del cacao chuncho como producto emblemático, y el posicionamiento de la provincia de La Convención como referente del cacao de excelencia en el Perú.

Además, indica, contribuirá al fortalecimiento de la cadena de valor del cacao y posicionamiento del productor local en mercados internacionales, cumpliendo así con los objetivos de desarrollo del sector agrario y de riego. Conozca la norma aquí .
 

PCM: nuevo director ejecutivo del Programa MAC

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) designó a José Luis Gómez Sánchez como director ejecutivo del Programa de Mejor Atención al Ciudadano (Programa MAC), instancia encargada de articular y optimizar los servicios estatales dirigidos a la población.

La Resolución Ministerial Nº 154-2026-PCM indica que el cargo se encontraba vacante, por lo que resultaba necesario nombrar al funcionario responsable de conducir este programa, considerado clave para mejorar la accesibilidad y calidad de la atención en las entidades públicas.

El Programa MAC se creó mediante el Decreto Supremo N.° 106-2025-PCM y depende de la Secretaría General de la PCM. Su objetivo principal es facilitar el acceso de los ciudadanos a diversos servicios del Estado en un solo lugar, promoviendo una atención más eficiente e integrada.

De acuerdo con el marco normativo vigente, el director ejecutivo constituye la más alta autoridad administrativa y ejecutiva del programa, por lo que es responsable de su dirección, supervisión y regulación. Conozca la norma aquí


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