Derecho
Fue mediante la Resolución Ministerial N.° 183-2026-Vivienda, a propuesta del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal que se creó para la actualización de aquella norma técnica, y luego de recabar comentarios sobre el proyecto de actualización de esa norma.
Directrices
De acuerdo con las modificaciones efectuadas, se incorpora a la mencionada norma técnica nuevos criterios para la clasificación de perfiles de suelo, basados en la velocidad de propagación de ondas de corte (Vs), el número de golpes corregido (N60) y la resistencia al corte no drenada (Su), más acordes con el comportamiento dinámico real de los depósitos de suelo, y alineados con estándares internacionales.
A su vez, se incluye el periodo predominante de vibración del terreno (Ts), como parámetro obligatorio para edificaciones de categorías A y B ubicadas en la zona sísmica Z4 y su metodología de cálculo.
También, se incorpora el análisis sísmico, considerando la acción sísmica en simultáneo en ambas direcciones, en el análisis estructural reforzando el principio de que el diseño estructural debe considerar la acción simultánea del sismo en dos ejes ortogonales, conforme a la práctica internacional.
A esto se suma que se actualizan los criterios para edificaciones con muros de ductilidad limitada, con sustento en estudios experimentales y normativa comparada, que justifican la revisión del número máximo de niveles, el coeficiente básico de reducción R0 y los límites de distorsión máxima de entrepiso.
Por último, con las modificaciones efectuadas a la citada norma técnica se incorporan lineamientos mínimos, para la ejecución de estudios de microzonificación sísmica, con el propósito de unificar criterios técnicos a escala nacional y reducir la variabilidad en los estudios realizados por diferentes consultoras.
Proyectos
Los proyectos de edificación comprendidos en los alcances de la Norma Técnica E.030 “Diseño Sismorresistente”, que a la entrada en vigencia de la mencionada resolución ministerial cuenten con expediente técnico aprobado en el contexto
del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones-Invierte.pe, o que respecto de los cuales se haya iniciado el procedimiento para obtener la licencia de edificación ante la municipalidad competente, o que se haya iniciado la fase de ejecución mediante la modalidad “ejecución Fast Track”, continuarán rigiéndose hasta su culminación con el texto de la norma técnica anterior a las modificaciones. Esto en aplicación de la única disposición complementaria transitoria de la citada resolución ministerial.