• MARTES 5
  • de mayo de 2026

Derecho

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AL RECONOCER DERECHO AL CUIDADO

TC proscribe aislamiento

En la sentencia del Expediente N.º 02031-2024-PHC/TC, el TC precisó que este derecho garantiza la atención necesaria por parte de la familia en un entorno solidario y de corresponsabilidad, orientado a preservar, en lo posible, la autonomía del beneficiario.

Asimismo, el tribunal advirtió que las medidas de cuidado no pueden implicar enclaustramiento, confinamiento o aislamiento permanente, ni separación física o emocional de sus familiares.

Así, el colegiado remarcó que nadie, ni siquiera una persona adulta mayor con discapacidad mental, puede ser privado de su libertad en razón de su discapacidad.

hechos

El caso se tramitó por Rosa Morales y Rosaura Morales, quienes denunciaron que la conviviente y el hijo del beneficiario colocaban un candado en la puerta del domicilio.

Ello le impedía salir libremente y recibir visitas de sus hijas, restringiendo su contacto familiar.